Se renovó el acuerdo salarial de los viajantes de comercio y la remuneración mínima garantizada se fijará en $ 5.353. El convenio se extenderá hasta agosto de 2013.
En el ámbito del Ministerio de Trabajo, la Cámara Argentina de Comercio (CAC) en su carácter de Entidad negociadora del Convenio Colectivo 308/75 para Viajantes de Comercio, Industria y Servicios, firmó ayer la renovación del Acuerdo paritario con la Federación Única de Viajantes de Comercio y la Asociación Viajantes Vendedores de la Argentina de Industria, Comercio y Servicios.
Según informa la CAC en un comunicado, las partes consensuaron elevar el mínimo garantizado a $5.353 a partir del 01 de septiembre de 2012.
a) Las partes acuerdan establecer, a cargo del empleador, el pago de una suma fija no remunerativa de $ 750 por única vez, a todo el personal comprendido en el Convenio Colectivo 308/75 (viajantes exclusivos y no exclusivos), que tengan contrato de trabajo vigente al 30/11/12, que se deberá abonar conjuntamente con los salarios del citado mes.
b) El pago de una suma fija no remunerativa de $ 750, por única vez, que se abonará con los haberes del mes de mayo de 2013, que sólo tendrá derecho a percibir el personal comprendido en el Convenio Colectivo 308/75, que tengan contrato de trabajo vigente al 31/05/13 que en el período septiembre 2012 a mayo 2013 inclusive, o en el lapso menor laborado, hubiera percibido una suma promedio mensual superior a la garantía mínima correspondiente a dicho período.
Finalmente, se acordó un aporte solidario, pagadero en noviembre de 2012, a cargo del trabajador, por única vez, equivalente al 1,5% sobre las remuneraciones totales brutas que se abonan a los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo 308/75 y un aporte solidario pagadero en mayo 2013 equivalente al 1,5% a retener sobre las remuneraciones totales brutas que se abonan a los trabajadores comprendidos en el presente Acuerdo. El monto resultante de su aplicación será retenido por los empleadores y depositado en la cuenta recaudadora CCT 308/75 del Banco de la Nación Argentina Nº 223991-74, sucursal 050, Congreso, la que será aplicada a fines gremiales y sociales.
El acuerdo suscripto tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de 2013.
El acuerdo suscripto tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de 2013. Ver el texto del acuerdo
Anónimo dice
Buenas, cual sería el salario minimo para un trabajdor que realiza jornada de 5 horas? gracias
Buenas, cual sería el salario minimo para alguien que realiza jornada de 5 horas? gracias
Alguna novedad sobre las paritarias de este año para empleados de comercio? Gracias.
Hasta abril creo que ninguna
Mi experiencia me conduce a definir que los empleados que actúan como viajantes de comercio siempre han sido maltratados laboralmente y que esto obviamente orada la función del mismo y lo vuelve improductivo. Las sumas que figuran en los recibos de sueldo no tienen que ver con el verdadero salario de bolsillo y las sumas no remunerativas rara vez llegan a manos del trabajador, aunque este firme el conforme. La realidad y la ficción juegan juntas en lo laboral.
coincido con usted!
HOLA TENGO UNA CONSULTA: EL MINIMO GARANTIZADO, CUANDO EL VIAJANTE TIENE REMUNERACION FIJA Y VARIABLE, SE APLICA SOLO A LA VARIABLE O SE TIENE QUE TENER EN CUENTA LA SUMA DE LAS DOS,A LOS EFECTOS DE CALCULAR LA DIFERENCIA CUANDO NO ALCANCE A COBRAR DICHO MINIMO.