Valores autónomos desde marzo 2010 abiertos en Aportes y Contribuciones para cada una de las categorías.
Cuando pagamos autónomos fuera de término debemos pagar intereses, pero para eso debemos que tener en cuenta la la discriminación de los dos importes que componen la cuota de cada categoría, que se divide en Aportes y Contribuciones. La discriminación es la siguiente:
Categoría
|
Aporte
|
Contribución
|
Total
|
|
I
|
57,08
|
108,98
|
166,06
|
|
I’
|
72,65
|
108,98
|
181,63
|
|
II
|
79,91
|
152,56
|
232,47
|
|
II’
|
101,71
|
152,56
|
254,27
|
|
III
|
114,16
|
217,95
|
332,11
|
|
III’
|
145,30
|
217,95
|
363,25
|
|
IV
|
182,66
|
348,72
|
531,38
|
|
IV’
|
232,48
|
348,72
|
581,20
|
|
V
|
251,16
|
479,48
|
730,64
|
|
V’
|
319,66
|
479,48
|
799,14
|
|
Jubilado
|
57,08
|
83,03
|
140,11
|
¿Cómo abono los intereses por el pago fuera de término de autónomos?
Para abonar intereses, deberá completar el Formulario 801/E. Se deben presentar dos formularios: uno para ingresar
los intereses de los aportes. Los códigos son:
los intereses de los aportes. Los códigos son:
- Impueto: 308
- Concepto: 019
- Subconcepto: 051
y otro para los intereses de las contribuciones. Los
códigos son:
- Impuesto: 358
- Concepto: 019
- Subconcepto: 051
El pago de dichos
conceptos se efectuará mediante depósito bancario, en cualquiera de las
instituciones bancarias habilitadas por este Organismo. No obstante lo
anteriormente indicado, el pago de los citados conceptos podrá
efectuarse mediante transferencia electrónica de fondos. A tal fin, se
deberá generar el correspondiente Volante
Electrónico de Pago (VEP).
conceptos se efectuará mediante depósito bancario, en cualquiera de las
instituciones bancarias habilitadas por este Organismo. No obstante lo
anteriormente indicado, el pago de los citados conceptos podrá
efectuarse mediante transferencia electrónica de fondos. A tal fin, se
deberá generar el correspondiente Volante
Electrónico de Pago (VEP).
Anónimo dice
hola soy ivana queria saber como hago para imprimir en la pagina
el formulario 1101 de afip para autonomos.
hola Ignacio,…si si! …eso es lo que pasó!
Hola Daiana, no entiendo bien, fuiste a pagar y te cobraron el importe viejo?
Hola Liliana, disculpá la demora, podés reimputar el pago en cuentas tributarias dentro de la página de la AFIP, te va a aparecer el pago repetido y lo vas a poder reasignar.
Cualquier duda, ya sabés.
saludos
Ignacio
hola ignacio soy liliana la que pague 2 vecs el monotributo, la categoria esta bien simplemente no repare que el ticket me habian puesto periodo 04/10 y yo ya lo habia pagado, ahora tengo que pedir que me lo compensen con el periodo de mayo. Asi que uso el 399?
gracias
Hola Ignacio!
cuando nos dispusimos a pagar marzo y fuimos con el nuevo importe…en las terminales no estaban actualizados los nuevos importes por lo que nos cobraron lo que venían cobrando hasta entonces.
Como debo pagar la diferencia? a traves de un volante?…con que conceptos?
por favor si podes contestarme….te lo agradeceré!
Si vas a dejar una consulta, procura dejar un nombre o tener habilitado el perfil en blogger para facilitar la respuesta.
Muchas Gracias.
Hola, para el monotributo el 399.
Pagaste otra categoría?
Queria saber con que formulario pago una diferencia por haber pagado de menos autonomos?
gracias
hola ignacio:
me podrias decir que formulario debo de usar para compensar monotributo ya que pague 2 veces el mismo periodo?
desde ya muchas gracias
el formulario 399 se utiliza para reimputacion de pagos. pero en el caso de monotributo lo podes hacer desde la pagina de afip.