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Cuántos días de vacaciones tienen los Empleados de comercio. Cómo se liquidan, cómo se calculan los días, y otras cuestiones a tener en cuenta.
El Convenio Colectivo de Empleados de Comercio establece que los empleadores concederán la licencia vacacional a sus trabajadores según determinadas pautas, que se analizarán en el siguiente artículo.
Primero, recordemos que las vacaciones son un derecho de los trabajadores establecido en la ley de contrato de trabajo, por lo tanto son obligatorias. Y se trata de un período de descanso anual para la integridad física y psíquica del trabajador.
Vacaciones Empelados de Comercio
El artículo 74 del CCT 130/75, establece que los empleadores concederán las vacaciones fijadas por la ley 20.744, de acuerdo con sus disposiciones.
Por lo tanto:
El trabajador gozará de un período mínimo y continuado de descanso anual remunerado por los siguientes plazos:
Días de vacaciones | Antigüedad en el empleo |
14 días corridos | cuando la antigüedad en el empleo no exceda de 5 años. |
21 días corridos | cuando siendo la antigüedad mayor de 5 años no exceda de 10. |
28 días corridos | cuando la antigüedad siendo mayor de 10 años no exceda de 20. |
35 días corridos | cuando la antigüedad exceda de 20 años. |
Importante
Los días son CORRIDOS, por lo tanto no descuentan, sábados, domingos ni feriados.
Además, para determinar la extensión de las vacaciones atendiendo a la antigüedad en el empleo, se computará como tal aquélla que tendría el trabajador al 31 de diciembre del año que correspondan las mismas.
Por ejemplo, para las vacaciones del 2019, se toma la antigüedad al 31/12/2019, no importa que se tome las vacaciones en octubre de 2019 o en marzo de 2020,
Otro punto a tener en cuenta, es que el periodo de vacaciones, va del 1° octubre del año al que corresponden las vacaciones hasta el 30 de abril del año siguiente.
Por ejemplo, para las vacaciones del año 2019, el período en el que se pueden otorgar las vacaciones, va del 1° de octubre de 2019 al 30 de Abril de 2020.
Calculadora de días de vacaciones
Pueden calcular los días de vacaciones que corresponden según la fecha de ingreso en la ?? Calculadora de días de Vacaciones online.
Cónyuges e Hijos menores
En los casos de que se trate de cónyuges e hijos menores de 18 años, que trabajen en el mismo o distinto establecimiento, se les propondrá que gocen su período de licencia en fechas coincidentes, siempre que ello no perjudique notoriamente el normal desenvolvimiento del o de los establecimientos.
Prioridad hijos en edad escolar
El personal que tenga hijos en la escuela primaria, tendrá preferencia con relación al resto, para que el otorgamiento de las vacaciones tenga lugar durante la época de receso de las clases, sin perjuicio de cumplir las disposiciones legales vigentes.
Días por examen. Acumulación a las vacaciones
También, el CCT 130/75 establece que la licencia por examen, a solicitud del empleado/a, podrá acumularse al período ordinario de vacaciones anuales. Los días de licencia anual para exámenes es de 10 días para estudiantes secundarios y 20 días para estudiantes universitarios.
Más sobre licencia por días de estudio aquí
Licencia por casamiento. Acumulación a las vacaciones
El empleado tendrá derecho a 12 días de licencia corridos por casamiento, con goce total de sus remuneraciones, en la fecha en que el mismo determine, pudiendo, si así lo decidiera, adicionarlo al período de vacaciones anuales.
Comunicación
En todos los casos, se comunicará a los interesados la fecha en que gozarán las vacaciones con 60 días de anticipación. En este caso, el Convenio de Comercio aumenta el plazo, ya que el previsto por la LCT es de 45 días.
Días corridos
Como vimos más arriba, los días de vacaciones son corridos, por lo tanto si durante las mismas hay feriados, sábados, domingos, no se tienen en cuenta, ni se paga extra por los mimos.
Comienzo de la licencia
La licencia de vacaciones debe comenzar en día lunes o el siguiente hábil si fuese feriado. Tratándose de trabajadores que presten servicios en días inhábiles, las vacaciones deberán comenzar al día siguiente a aquél en que el trabajador gozare del descanso semanal o el subsiguiente hábil si aquél fuese feriado.
Por ejemplo, si el lunes comienzan las vacaciones y es día feriado, comenzará el día siguiente.
Requisitos para las vacaciones
El trabajador, para tener derecho cada año a la licencia vacacional de manera completa, deberá haber prestado servicios durante la mitad, como mínimo, de los días hábiles comprendidos en el año calendario o aniversario respectivo.
En el caso de no cumplir con este requisito, la licencia será de 1 día de vacaciones por cada 20 trabajados.
A este efecto se computarán como hábiles los días feriados en que el trabajador debiera normalmente prestar servicios.
Por último, para gozar de este beneficio no se requerirá antigüedad mínima en el empleo.
Fecha de pago de las vacaciones
El pago de las vacaciones debe realizarse antes del comienzo de las mismas. Es decir que antes de comenzar la licencia deberá recibir el pago en concepto de adelanto por vacaciones.
Forma de cálculo del pago de vacaciones
Remuneración Fija: Según la ley de contrato de trabajo, la retribución de las vacaciones se calcula para los mensualizados, tal es el caso de Empleados de Comercio, dividiendo por 25 el sueldo mensual que percibe el Empleado al momento de su otorgamiento.
De este manera, por lo días de vacaciones se cobra un poco más, llamado “plus vacacional,” que ronda el 20% de la remuneración normal.
Remuneración Variable: para el caso de remuneración variable (como comisiones, porcentajes etc), la forma de cálculo tomando el promedio de los sueldos devengados durante los 12 meses devengados en el período al que corresponden las vacaciones ó durante los últimos 6 meses, el mayor valor.
¿Vacaciones empleados de comercio se pueden fraccionar?
En principio, la ley de contrato de trabajo 20744, no permite el fraccionamiento de las vacaciones, pero si establece una excepción, que está contempla en el artículo 164 de la misma:
Así es que, el mencionado artículo admite que “Podrá acumularse a un período de vacaciones la tercera parte de un período inmediatamente anterior que no se hubiere gozado en la extensión fijada por esta ley.
La acumulación y consiguiente reducción del tiempo de vacaciones en uno de los períodos, deberá ser convenida por las partes.”
Por lo tanto, como esta es es la única excepción que hace la ley, otros supuestos de goce de vacaciones fraccionadas, aún cuando surja de un pedido del empleado y haya sido acordado expresamente con el trabajador, quedan fuera de la normativa laboral vigente.
Caso práctico de liquidación de vacaciones
Pueden ver un caso práctico de liquidación de vacaciones para Empleados de Comercio en el siguiente enlace.
Ver más licencias Laborales para Empleados de Comercio
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Gabriela dice
que sucede en el caso de una empleada que trabaja de lunes a viernes se toma la semana..que computo como dias de vacaciones 5 dias o siete (hasta el domingo)
Claudia dice
Hola cuanto corresponde una semana de vacaciones yo tengo 15 años de trabajo
NILDA MABEL dice
]De 10 a 20 años de antiguedad corresponden 28 dias corridos
Abel dice
Si uno opta por no tomar vacaciones, además del plus vacacional se las tienen que pagar, si es así como es el calculo???? Gracias por responderme
Diego dice
Hola que tal….
El cálculo del “Plus Vacacional” se hace con el sueldo que te pagan en mano (total) o el básico
VALERIA dice
Se calcula sobre la remuneración bruta, no sobre el neto de bolsillo
Julian Mareco dice
Hola Ignacio, consulta con respecto a nuestra situación laboral en una empresa Es legal o ilegal nuestro reclamo. Resulta que somos empleados de comercio estamos todos en el convenio 130/75, pero a un grupo nos hacen trabajar 48 horas semanales y quien ellos quieren solo 40 horas semanales. Encima con llegar 5 minutos tarde nos descuentan media hora. El gremio local no considera nuestro reclamo. pero no hay nunca un fundamento legal. Es mas nosotros entendemos que solo debemos trabajar 4 horas los días sábados., y si trabajamos mas por horas, nos deben pagar horas extras Esperamos respuesta.-
Patricia Diaz dice
Buenas noches Ignacio ,quisiera saber si mi fecha de ingreso es el 16/01 /2016 cuantos dias de vacaciones me corresponderían ?
Sandra dice
Toman desiciones sin haber preguntado a los más interesados en el asunto. El trabajador. En pandemia hubo personal que cubrió por casi dos años a los de riesgo sin se tomados en consideración con bonos en dinero ni vacaciones pagadas antes de salir de vacaciones. Les otorgaron las vacaciones a los que se reincorporaron después de casi dos años de estar en sus casas y a los que les cubrieron haciendo el trabajo de tres personas se las asignaron para el 2022. No son un sindicato parece ser que son sicarios de los empresarios,matan de cansancio a unos y a otros les dan sobres como premio. La obra social no atiende y suben los aranceles el mil por mil y los sueldos no aumentaron el 50% que si aumentaron los alquileres de las casas que habitan la mayoría de los empleados. Son un sindicato perverso y siempre favorecen a los empresarios.
Gabriela dice
Hola Ignacio, en el caso de las vacaciones ahora en septiembre, se debe tomar como base de calculo el concepto no remunerativo?
Muchas gracias, Saludos
Facundo dice
Buenas tardes
Soy cajero, mi empleadot me quiere descontar de mi sueldo errores que tenga en la carga de valores al recibo de cobro de cliente. Por ejemplo, si el cliente pago con tarjeta de debito y yo por error en el sistema cargo que pago con tarjeta de credito. Pretende descontarme el valor del pago con tarjeta
Mario dice
hola buen dia soy Mario me corresponde 28 dias el empleador me puede fraccionar 14 y 14 esta escrito en algun lugar pregunto .
que puedo hacer para poder llegar a un acuerdo conveniente
Ignacio dice
Hola, no, los días de vacaciones son corridos
Fraccionamiento de las vacaciones
Débora dice
Buenos días en caso de querer febrero cada cuántos años me corresponde??? Y en caso de querer fraccionarias ,se puede ?
Veronica dice
Hola! Yo empecé a trabajar el 1 de noviembre de 2015. Este verano qué pasó me dieron 14 días. Es eso lo que corresponde? O me corresponden 21 días?
Gracias
Mari dice
Buenos días, en el mes de marzo tomé 5 días de vacaciones, en primera instancia no me los liquidaron y cuando hice el reclamo me hicieron los recibos nuevos, uno por los días trabajados y otro por las vacaciones. Resulta que en la nueva liquidación en los días de vacaciones no me liquidan antigüedad, zona desfavorable ni los adicionales no remunerativos del acuerdo 2020 y la revisión y en el recibo de los días trabajados el adicional de la revisión me lo hacen proporcional a esos días. En definitiva teniendo 5 días de vacaciones cobro $200 menos que si no me las hubiese tomado, es correcto?
Yamila dice
Buen día.. consulta. Yo estuve trabajando casi cinco años. Renuncie. Y ahora volví hace casi un año.cuanto días de vacaciones me corresponde? X la antigüedad me corresponde 21dias. ?
Gisel dice
Hola todos los años me pagan las vacaciones con el sueldo del mes siguiente y todo en un solo recibo, eso es correcto? Por ejemplo, este año me dieron las vacaciones desde 1/3-14/3, y todavía no me han pagado nada en concepto de vacaciones… Desde ya muchas Gracias
Ariel dice
Buenos días, en el caso del mes de febrero,, si salgo 14 días de vacaciones, cuántos días de trabajo debo cobrar, ejemplo 14 días de licencia y 16 trabajados.. gracias
Paula dice
Buenas tardes le consulto! El dia 3 de marzo salgo de vacaciones. Por cuenta de mi empleador dice que me tocan 7dias solamente…
Me quede en espera del pago…(porque me paga el no cobro por vanco ni nada…) Y me dijo qie las vacaciones al ser rubro comercio se paga despues de la vuelta de las vacaciones…. No entiendo,el porque de cuando vuelvo de las vacaciones me paga si por ende son vacaciones pagas me tendria que pagar ahora no despues que vuelvo de ellas…me podria sacar esa duda usted? Gracias