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UTEDYC: Nueva Escala salarial CCT 462/06 – 2009/2010

6 diciembre, 2009 Por Ignacio 346 comentarios

La UNION DE TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC) y la FEDERACION EMPLEADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y ASOCIACIONES CIVILES (FEDECAC), acordaron otorgar sobre los básicos vigentes al 31/12/2009 un incremento salarial del 10%, aplicado de la siguiente manera:
  • 5% en enero de 2010.
  • 5% en Febrero del 2010

La nueva escala salarial, que ha sido publicada en la página oficial de UTEDYC, es la siguiente:

 

Absorción del item “a cuenta de futuros aumentos”

Para las entidades que en el transcurso del período comprendido entre el 01 de agosto de 2009 y el 31 de diciembre de 2009 hubieran otorgado incrementos salariales voluntarios a cuenta de futuros aumentos legales y/o voluntarios y así estuvieran identificados en las respectivas liquidaciones de haberes, podrán absorberlos y compensarlos hasta su concurrencia con los incrementos pactados en en el presente acuerdo. Lo mismo ocurrirá con los aumentos que pudiere otorgar el Poder Ejecutivo Nacional o por leyes sancionadas por el Congreso de la Nación, en ambos casos, durante el año 2010.

La nueva reunión será en abril de 2010
Las partes también acordaron reunirse en la primera semana el mes de abril de 2010 para continuar con las negociaciones salariales. El acuerdo está pendiente de Homologación.

Descargar el Acuerdo
   

Descargar Escala Salarial 2009-2010 -CCT 462/06

Actualización:
El acuerdo se homologó con fecha 2 de marzo de 2010 mediante la resolución ST 219 de la secretaría de trabajo. VER

Fuente: UTEDYC

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Acuerdos Salariales, Escala Salarial, UTEDYC

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Comentarios

  1. -
  2. Ignacio dice

    8 mayo, 2011 a las 3:53 pm

    Hola Verónica, si, están pagas, pero no están tomadas o gozadas las vacaciones, por lo que deberían pagarle esos 14 días que no se tomó.

    Responder
  3. Anónimo dice

    4 mayo, 2011 a las 5:29 pm

    hola Ignacio, muy bueno el blog, te hago una consulta, un amigo trabaja en una mutual y le pagaron en una liquidación aparte un concepto de anticipo vacacional. Le hicieron los siguientes pagos:
    – Al momento te tomarse 10 días de vacaciones (NOv-2010) un adicional correspondiente a 24 dìas de vacaciones (le corresponden esos dias porque tiene 7 años de antiguedad),
    – en el recibo de sueldo DE nOV-10 le descontaron 10 días de vacaciones
    – en el recibo de suedo de dic-10 le descontaron 14 dias de vacaciones, pero estos nunca se los tomó efectivamente (en diciembre trabajó todo el mes)
    la pregunta es la siguente, este procedimiento surge del convenio colectivo? porque ahora quiere renunciar y le dicen que las vacaciones 2010 ya estàn pagas. Pero los 14 días nunca los gozó, tiene que pedir que le vuelvan a liquidar con los valores del mes que renuncia? (el sueldo de abril-11 es mucho mayor y cobraría mas?)
    Disculpa la extensión del comentario, desde ya muchas gracias Maria Veronica .-

    Responder
  4. Anónimo dice

    16 marzo, 2011 a las 4:43 am

    hola, necesitaria saber cuanto tendria q estar ganando soy secretario administrativo hace 3 años q trabajo 4 horas x dias y gano un sueldo de $600… le agradeceria su respuesta

    Responder
  5. Anónimo dice

    23 febrero, 2011 a las 2:41 pm

    http://www.elchubut.com.ar/despliegue-noticias.php?idnoticia=152065

    "La titular de la entidad gremial indicó además que «los cobradores percibirán una remuneración mínima mensual equivalente al básico también de la categoría administrativa de segunda y en concepto de falla de caja, del quince por ciento del básico de la misma categoría y los empleadores correspondientemente deberán facilitarle una suma que no podrá ser inferior a los $ 200 pesos»."

    El manejo de caja es del 10 o del 15 %.
    GRACIAS Ignacio

    Responder
  6. Anónimo dice

    21 febrero, 2011 a las 11:27 pm

    Hola, quisiera saber si el paso de una categoría a otra es facultad del empleador o si transcurrido determinado lapso de tiempo deben ascenderte? espero alguien me pueda ayudar, gracias¡

    Responder
  7. Anónimo dice

    14 febrero, 2011 a las 7:50 pm

    Hola Ignacio, quisiera saber si me podes informar i decir cual es la escala salarial vigene para los años 2007 y 2008 de las categorias Administrativo del C.C.T. 462/06. Muchas Gracias.-

    Xavier V.

    Responder
  8. Anónimo dice

    7 febrero, 2011 a las 5:49 pm

    Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, Soy Empleada Administrativa, en mi recibo de Sueldo Figuro como: Administrativo "A". Es la categoría con sueldo mas bajo en el rubro Administrativo. Aparte de tener muchas responsabilidades tengo una antigüedad de 5 años. El año me recibi de Técnico en Administración de Empresa con Orientación en RRHH, carrera Terciaria. Quisiera saber cuanto debo cobrar por el titulo porque hace del año pasado me lo prometen y no pasa nada. Muchas gracias.

    Responder
  9. Anónimo dice

    31 enero, 2011 a las 11:20 am

    HOLA pertenecemos al C.C.T. Nº 462/06 favor de indicarme si la patronal puede cambiar de horario de trabajo. Siempre trabajamos horarios corrido. Ahora quieren hacerlo en doble jornada (por la mañana y por la tarde)
    Agradecere informacion a la direccion: circulomedicooran@yahoo.com.ar

    Atentamente.
    Ramon Dominguez.

    Responder
  10. Anónimo dice

    22 enero, 2011 a las 12:21 am

    hola ignacio quiero saber a que gremio pertenecemos los maestranza privados y cual deberia ser mi sueldo con 17 años de antiguedad y 25 horas semanales.gracias

    Responder
  11. Anónimo dice

    21 enero, 2011 a las 6:11 pm

    Hola Ignacio necesitaría que me digas cual sería mi sueldo si trabajo 30hs. semanales, manejo caja chica con 7 años de antiguedad.
    Desde ya muchas gracias.

    Responder
  12. Anónimo dice

    26 noviembre, 2010 a las 10:45 pm

    EN QUE PARTE DEL CONVENIO 462/06 DICE QUE LA ANTIGUEDAD PARA VACACIONES DEBE CONTARSE POR AÑO DE SERVICIO? ES DECIR QUE SI YO ENTRE EN FEBRERO 2001 CUATOS DÍAS ME CORRESPONDEN DE VACACIONES 2010

    Responder
  13. Maria Florencia dice

    14 noviembre, 2010 a las 8:19 pm

    Hola quería hacer una consulta hace un mes que empecé un nuevo empleo como administrativa, en el recibo de sueldo aparece que estoy abonando a UTEDyC el 2 %, pero quiero saber cual es el sueldo que me corresponde ? porque en mi recibo de sueldo aparece en "Calificación profesional: Servicios" y en "Escala: Categoria 5º". Entonces no estoy segura si me están pagando por mi trabajo de administrativa. Trabajo de Lunes a Viernes desde las 8 hasta las 17 hs., con una hora de almuerzo. Muchas gracias y espero su pronta respuesta.

    Responder
  14. Anónimo dice

    31 octubre, 2010 a las 6:40 pm

    hola queria hacer una consulta . mi padre fallecio y todavia no me pagaron la liquidacion lo cual q entiendo que se tarda , la pregunta es es que solo mi papa solo tenia un solo seguro es decir el de por ley para todo trabajador , yo tengo entendido que del trabajo otro seguro debe de haber , bueno espero su respuesta algo que me oriente por que me cierran todas las puerta el tiene utedy

    Responder
  15. mabel dice

    5 octubre, 2010 a las 5:26 pm

    Hola . Con todos los aumentos de este año , mis empleadores aumentaron mi básico como lo pide la ley pero disminuyeron mi adicional dejando en realidad mi cobro en el mismo monto. Esto esta bien ?? y si lo fuera significa q mi sueldo estará congelado hasta q se agote mi adicional¡¡??
    saludos Mabel

    Responder
  16. Anónimo dice

    2 octubre, 2010 a las 2:17 pm

    Hola Ignacio: quería hacerle una consulta. Mi madre trabaja en una pensión donde se hallan albergados jugadores de fútbol dependientes de un club de la Asoc. Rosarina de Fútbol. Ella vive ahí junto con su actual pareja; se encargas de todo (cocina, limpieza, etc) incluso de la salud y educación de los jugadores en su mayoría menores de edad (concurre a reuniones, firma cuadernos, los lleva al médico), etc. Quería saber que CCT le corresponde y cuál es su categoría.
    Desde ya muchisimas gracias. Mariana

    Responder
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