UTEDYC: Liquidación de sueldo para el mes de enero de 2010 – Caso Práctico
En el mes de noviembre del año pasado, se otorgó un aumento salarial a los empleados de UTEDYC CCT 462/06 del 10% sobre los básicos al 31/012/2009, de manera escalonada: 5% en enero y 5% en febrero.
A manera de ejemplo, dejo esta liquidación para el mes de enero de 2010, para un empleado bajo el CCT 462/06 de UTEDYC, con la nueva escala.
Datos:
Convenio: CCT 462/06 U.T.E.D.Y.C.
Categoría: Administrativo de 3ra
Tipo de Contratación: A tiempo completo
Antigüedad: 1 año.
Liquidación:
Referencias para la liquidación
Básico
Según escala vigente a fecha, acordada en el acuerdo de noviembre de 2009. Ver
Según escala vigente a fecha, acordada en el acuerdo de noviembre de 2009. Ver
Adicionales (Art 20)
a) Antigüedad: 1% de la remuneración básica fijada para la 1ra. Categoría de Supervisión (1% de $ 2.827. – $ 27,27), por cada año aniversario de servicios que registre el trabajador, continuos o discontinuos, en la misma institución.
b) Presentismo: 10% de la remuneración básica de la categoría en la que revista el trabajador. Este adicional se abonará mensualmente, juntamente con la liquidación de haberes y sobre base de la reglamentación que se establece en el artículo siguiente.
c) Zona desfavorable: a los trabajadores comprendidos en este convenio cuyos lugares permanentes de trabajo se encuentren en las provincias de La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego se les abonará un “adicional por zona desfavorable” equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la remuneración total que perciba y mientras permanezcan en dichos lugares.
Administrativo 3ra Categoría:
Comprende al personal que realiza tareas administrativas en general, ya sea en forma manual, mecánica, electrónica y/o computarizada, asignadas y bajo la supervisión de su superior, tales como: auxiliares administrativos en general; cajero auxiliar; recepcionista; telefonista; cadete.
Cuota y contribuciones sindicales (Art 41)
1. Cuota sindical: Las instituciones empleadoras procederán a descontar mensualmente a los trabajadores afiliados a UTEDyC la cuota sindical fijada por ésta, actualmente equivalente al dos por ciento (2%), o la que se fije en el futuro, la cual se calculará sobre todos los conceptos remunerativos mensuales que perciba el trabajador.
2. Contribución de los trabajadores para el cumplimiento y desarrollo de los fines culturales, gremiales, sociales y de capacitación de UTEDyC: las instituciones retendrán mensualmente a todos los trabajadores comprendidos en el ámbito de aplicación del presente convenio, el dos por ciento (2%) de la remuneración bruta total percibida en cada período, en concepto de contribución solidaria con destino a UTEDyC. Los fondos en cuestión serán afectados al cumplimiento de los fines culturales, gremiales, sociales y de capacitación establecidos en los estatutos sociales de la entidad firmante, conforme lo habilita el art. 9 de la Ley 14.250 (t.o.) y sus modificatorias.
3. Eximición de la contribución solidaria establecida en el artículo 41.2 del presente: Los trabajadores que a la entrada en vigencia del presente convenio colectivo se encuentren afiliados a UTEDYC o se afilien en el futuro, quedan exentos del cumplimiento de la contribución solidaria establecida en el art. 41.2 del presente. Este beneficio para los trabajadores afiliados se establece con arreglo a lo dispuesto en el art. 9 de la Ley 14.250 (t.o.) y sus modificatorias
alvaro dice
o sea perdon que te pregunte
deberia figurar si o si el AUMENTO, y el presentismo Tambien
alvaro dice
mira estos datos corresponden al mes de feb 10
no yo no veo el presentismo liquidado decime que puedo hacer si es que sabes, mi intencion es llegar a las ultimas consecuencias.
Donde puedo sacar algo que diga que realmente me corresponde eso????
espero tu respuesta
muchas gracias
alvaro
Hola Esteban, así es!
Hola Alvaro, para enero el básico es de $2155 y para febrero de $2258.
No se a cuando corresponde esos números que me pasas. Y otra cosa, el presentismo te lo liquidan?
hola ignacio muy buena la pagina queria saber si mi sueldo esta bien o no me estan pasando los aumentos que me corresponden
te menciono lo que dice mi recibo
Trabajo para Fundacion Alianza Cultural Hebrea
Convenio UTEDYC con contrib solidaria
Categoria Administrativo 3a
1 Sueldo basico 2052.00 UNIDADES 30.00
el tema es que yo trabajo 8hs diarias eso esta bien???
el total con retenciones es aprox 1670 pesos
sabes si va a haber algun aumento, o si hubo y no me lo pasaron????
es posible eso?
desde ya te agradezco un monton sos de mucha utilidad
gracias
Ignacio, entonces seria el 8% de $ 2.962.- = $ 236.96?
Esteban, está explicado en el artículo.
Hola soy Esteban empleado UTEDyC 2º cat. adm. y quiero saber como calculo la antiguedad. Tengo 8 años de antiguedad y mi basico es de 2191. Saludos.
Hola Gloria, siempre debe haber confidencialidad por parte del empleado, no hay ningún plus por eso, tal vez por la responsabilidad, pero tampoco está estipulado por un plus en el convenio. En todo caso, es algo que deberías reclamar al empleador. Con respecto a los títulos, solo lo pagan si lo utilizas en el trabajo:
"Art. 25 – Cuando un trabajador, en el desempeño de las tareas habituales que integran su puesto de trabajo, deba utilizar un idioma extranjero o se le requiera un título técnico y/o profesional expedido por instituto de enseñanza terciaria o superior no universitaria, habilitado por autoridad competente, la remuneración total que se le fije por el empleador deberá tomar en cuenta tales especialidades y no ser inferior en un quince por ciento (15%) por sobre el básico de la 2da. categoría de “administrativos”."
Lamentablemente las cosas son así, las normas de trabajo en nuestro país son muy precarias.
Hola Ignacio, soy empleada en un colegio profesional, soy la única empleada en el Tribunal de Ética de ese Colegio hace 11 años y estoy en la 2da. categoría administrativa, estoy pidiendo la lra. categoría por que mi trabajo es muy confidencial y llevo todo el trabajo sola, actas, reuniones, resoluciones, caja chica,etc. y supongo que la confidencilidad también tiene un plus. Soy profesional universitaria aunque no tiene que ver el rubro de mi profesión con lo laboral, debo cobrar título? Gracias espero tu respuesta.Soy Gloria L.
Hola, eso es algo que tienen que reclamar, primero al empleador, si no hay respuesta, lo que queda es ir al sindicato o al ministerio de trabajo.
De todos modos, no es algo fácil de solucionar, es algo muy generalizado lamentablemente.
hola ignacio,mi problema es el siguiente trabajo en una empresa de telefonia movil,y lo que dice mi recibo de sueldo no el lo que cobro,me pagan 600 pesos menos(en el mojor de los casos)las comiciones de venta que nos corresponden nunca me las pagaron…somos 8 locales con este problema y no sabemos como accionar adecuadamente…
graciass
Ignacio. Muchas gracias por la rapida respuesta
Hola, tenés que liquidarle los restantes días, en este caso se divide por 30, si tomás como restantes 16 días.
Ignacio. En primer lugar quiero agradecerte y felicitarte por la pagina es realmente muy util y muy actualizada. Te pregunto: como liquido en el mes de febrero el sueldo de un empleado que se tomo 14 dias de vacaciones y que tiene un basico de $2249? Las vacaciones no tengo problema: $2249/25×14 y como liquido los dias restantes?
Muchas gracias
Hola Damian, si, corresponde que te paguen por 30 días. Pero de todos modos, fijate bien como hicieron el cálculo, tal vez lo que hicieron fue tomar como base 28 para calcular el valor días, en ese caso, no habría diferencia en el pago.
Con respecto al presentismo, si, se toma.