UTEDYC: Liquidación de sueldo para el mes de enero de 2010 – Caso Práctico
En el mes de noviembre del año pasado, se otorgó un aumento salarial a los empleados de UTEDYC CCT 462/06 del 10% sobre los básicos al 31/012/2009, de manera escalonada: 5% en enero y 5% en febrero.
A manera de ejemplo, dejo esta liquidación para el mes de enero de 2010, para un empleado bajo el CCT 462/06 de UTEDYC, con la nueva escala.
Datos:
Convenio: CCT 462/06 U.T.E.D.Y.C.
Categoría: Administrativo de 3ra
Tipo de Contratación: A tiempo completo
Antigüedad: 1 año.
Liquidación:
Referencias para la liquidación
Básico
Según escala vigente a fecha, acordada en el acuerdo de noviembre de 2009. Ver
Según escala vigente a fecha, acordada en el acuerdo de noviembre de 2009. Ver
Adicionales (Art 20)
a) Antigüedad: 1% de la remuneración básica fijada para la 1ra. Categoría de Supervisión (1% de $ 2.827. – $ 27,27), por cada año aniversario de servicios que registre el trabajador, continuos o discontinuos, en la misma institución.
b) Presentismo: 10% de la remuneración básica de la categoría en la que revista el trabajador. Este adicional se abonará mensualmente, juntamente con la liquidación de haberes y sobre base de la reglamentación que se establece en el artículo siguiente.
c) Zona desfavorable: a los trabajadores comprendidos en este convenio cuyos lugares permanentes de trabajo se encuentren en las provincias de La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego se les abonará un “adicional por zona desfavorable” equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la remuneración total que perciba y mientras permanezcan en dichos lugares.
Administrativo 3ra Categoría:
Comprende al personal que realiza tareas administrativas en general, ya sea en forma manual, mecánica, electrónica y/o computarizada, asignadas y bajo la supervisión de su superior, tales como: auxiliares administrativos en general; cajero auxiliar; recepcionista; telefonista; cadete.
Cuota y contribuciones sindicales (Art 41)
1. Cuota sindical: Las instituciones empleadoras procederán a descontar mensualmente a los trabajadores afiliados a UTEDyC la cuota sindical fijada por ésta, actualmente equivalente al dos por ciento (2%), o la que se fije en el futuro, la cual se calculará sobre todos los conceptos remunerativos mensuales que perciba el trabajador.
2. Contribución de los trabajadores para el cumplimiento y desarrollo de los fines culturales, gremiales, sociales y de capacitación de UTEDyC: las instituciones retendrán mensualmente a todos los trabajadores comprendidos en el ámbito de aplicación del presente convenio, el dos por ciento (2%) de la remuneración bruta total percibida en cada período, en concepto de contribución solidaria con destino a UTEDyC. Los fondos en cuestión serán afectados al cumplimiento de los fines culturales, gremiales, sociales y de capacitación establecidos en los estatutos sociales de la entidad firmante, conforme lo habilita el art. 9 de la Ley 14.250 (t.o.) y sus modificatorias.
3. Eximición de la contribución solidaria establecida en el artículo 41.2 del presente: Los trabajadores que a la entrada en vigencia del presente convenio colectivo se encuentren afiliados a UTEDYC o se afilien en el futuro, quedan exentos del cumplimiento de la contribución solidaria establecida en el art. 41.2 del presente. Este beneficio para los trabajadores afiliados se establece con arreglo a lo dispuesto en el art. 9 de la Ley 14.250 (t.o.) y sus modificatorias
Ignacio dice
Si, así. Pero me estás preguntando por comercio o por UTEDYC?
Cristian dice
Ok Ignacio, muchas gracias.
En caso de que cumplas 2 años de antiguedad seria el 2% del sueldo bruto, 3 años de ant 3% y asi sucesivamente?
Hola Leo, no, no he leido ese acuerdo, buscaré información.
Hola Cristian, se calcula sobre el básico bruto.
Hola Ignacio, consulta respecto del aumento por antiguedad que se logro en este ultimo acuero:
Se va a llegar al 1% ….esto como se calcula…sobre el neto el 1% de lo que se cobra en mano? asi se saca la antieguedad?
a partir del 2do año como se calcula?
hola ignacio
tenes informacion sobre el gremio del vestido (soiva) el sueldo de un oficial cuanto seria ahora?
gracias
hola!!! muy buena informacion y muy útil. tenes idea de las contribuciones patronales?
muchas gracias
Si, eso es lo que puse. Saludos
Ignacio
Muy buena la información. Solo una observación, la cuota sindical de UTEDyC es del 2,5%, cuando el trabajador no esta afiliado se le retiene un 2% pero en concepto de contribucion solidaria
Marcelo
Hola Cristian, en febrero vas a cobrar el sueldo completo
Me tome una semana, del 25/01 al 1/02
Practicamente cobre lo mismo que meses anteriores….unos $100 mas que lo común
No se, depende cuanto te hayas tomado los días, cuanto días, no se, necesito mas información
Ignacio, respecto a las vacaciones te consulto lo siguiente:
en el recibo de sueldo en vez de figurarme 30 dias trabajados me figuran 23 (yo me tome una semana) y el resto me figuran como vacaciones, mi consulta es: el mes proximo me van a hacer algun descuento o voy a cobrar el sueldo completo de Febrero?
Gracias Ignacio, seguiremos esperando. saludos
Hola Andrés, no, no tengo información sobre que se haya homologado.
Buen día Ignacio, tenés alguna novedad sobre la homologación del convenio 462/06 de utedyc, yo estoy bajo ese convenio y no se ha hecho la homologación aún. Al menos no la encuentro, vos sabes algo?. Gracias. Andrés.