Unos días antes de la celebración del día del Día del gremio, con fecha 1 de febrero la Unión de Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles (UTEDYC) y la Federación de Empleadores de Entidades Deportivas y Asociaciones Civiles (FEDECAC) acordaron un aumento salarial para los trabajadores del CCT 462/06 del 28% que se aplicará en cuatro tramos.
En efecto, las partes acordaron otorgar sobre los básicos vigentes al 31/12/2010 del CCT 462/06, los siguientes incrementos salariales, no acumulativos:
a) 10% a partir del 1 de febrero de 2011,
b) 6% a partir del 1 de mayo de 2011,
Y sobre los básicos reajustados vigentes al 31/07/2011 según el punto anterior, los siguientes incrementos salariales, no acumulativos:
c) 6% a partir del 1 de agosto de 2011,
d) 6% a partir del 1 de noviembre de 2011,
Cláusula de absorción
Las entidades que hubieren otorgado con posterioridad al 1/12/2010, incrementos salariales voluntarios a cuenta de futuros aumentos legales y/o convencionales y así estuvieren identificados en las respectivas liquidaciones de haberes, podrán absolverlos y compensarlos hasta su concurrencia con los incrementos salariales pactados en el presente acuerdo.
Modificaciones al CCT 462/06
Además del acuerdo salarial, el acta firmada por las partes, que aún no está homologada por el Ministerio de Trabajo, se modificaron los siguientes artículos del CCT 462/06:
Artículo 1: Se extendió hasta junio de 2012 la vigencia del convenio colectivo de trabajo, antes era hasta junio de 2006.
Artículo 14: Se agregó el inciso f a las licencias otorgadas a los empleados:
f) por enfermedad de cónyuge o familiares de primer grado debidamente acreditada con certificado médico hasta un máximo de diez días con goce de sueldo por año calendario, debiendo el trabajador acreditar que es la única persona disponible para atender al familiar enfermo
Para los casos de fallecimiento, se agregará un día a la licencia prevista anteriormente en los casos que el familiar fallecido se encuentre a más de 400km.
Artículo 25: Uso de idioma, títulos tecnicos y/o profesionales: Se excluye del adicional a los títulos de nivel secundario o polimodal.
Artículo 42. 1: Se incorpora el punto 2, que ratifica lo establecido en el artículo 92 ter de la LCT 20744 (modificado por la ley 26.747) sobre el pago de la obra social en contratos a tiempo parcial, que se debe calcular sobre jornada completa.
Artículo 41. 1: Se establece que la cuota sindical para los trabajadores afiliados a UTEDYC será de 2,5%
Por último, las partes acuerdan que hasta tanto se establezca el Régimen definitivo de trabajo para cobradores, se fija lo siguiente:
a) los cobradores percibirán una remuneración mínima y mensual equivalente al sueldo básico de la 2da categoría de administración del CCT 462/06
b) Los cobradores percibirán en concepto de falla de caja, un importe mensual y mínimo del 10% de la 2da categoría administrativa del CCT 462/06 y mientras permanezca en esa función.
c) Las instituciones facilitarán mensualmente a los cobradores una suma que en ningún caso podrá se menor a %200 para cambio, cantidad que se les debitará a los cobradores debiendo estos rendir cuentas mensualmente por el uso de la misma.
Lo acordado no deroga ni permite modificar aquellos mayores beneficios salariales que los cobradores estén percibiendo.
Con fecha 13/04/2011 se publicó la Resolución 219/11 en el Boletín Oficial que homologa el acuerdo.
Anónimo dice
Estimado Ignacio, ante todo feliz año.
Soy abogada y debo practicar una liquidacion final por despido incausado de mi hermana, y por ello necesitaria un poco de orientacion de tu parte.
Esta comprendida en el marco del CCT496/07 3°categoria, cobrando un bruto de $3775, mas presentismo.
Ahora revisando los recibos de sueldo, advierto: 1)en referencia a las vacaciones que les correponderian 16 dias, o sea dos adicionales a lo establecido por la LCT??
2)hay un rubro en el CCT que es falla de caja por el 5%; ella hace manejo de caja de manera habitual,le corresponderia??
3)Por ultimo su titulo no fue requerido al momento de contratacion, pero posteriormente fue beneficioso y requerido para la actividad que realizada; la comprende??
Desde ya agradezco tu tiempo y dedicacion, no quiero pecar con la inerpretacion del Convenio.
Elisabet
Hola Ignacio!!
Mi pregunta es sobre el adicional básico sobre convenio que establece el ct 462/06 en el caso de los trabajadores que percibían una remuneración mayor.
Suponiendo que antes del actual convenio se pagaba un adicional por asistencia del 16% y ahora no está, esa diferencia se debería seguir actualizando y pagando???
Muchas gracias!!!
Hola Ignacio, quiciera saber si hay novedades o inicio de aumento salarial para el 2012, ya que esta forma de aumento anual que hicieron en el 2011 no es reabituable y mas que ahora la inflación complica a todos, por eso quiero saber si los delegados se ponen lo que se tiene que poner y ser logico a la situación de vida, gracias
Hola Ignacio soy una afiliada al convenio 462/06 y me pagan proporcional del sueldo mi pregunta es se toma del basico completo o por las horas de trabajo porque estuve mirando la escala salarial y lo que yo cobro ni se acerca espero me lo puedas explicar desde ya muchas gracias.
Hola Ignacio: Tengo el Convenio 462/06 y quería saber si hay alguna noticia de un reajuste salarial para fin de año ya que el aumento fue poco con respecto a la inflación que hubo.
Y saber si hay paritarias a principio del año entrante.
Gracias
trabajo en un club atendiendo 2 calderas y el funcionamiento de varias bombas de agua y el mantenimiento de una pileta me corresponde cobrar titulo por atender el funcionamiento de calderas si o no.
Hola Ignacio: Tengo el Convenio 462/06 y quería saber si hay alguna noticia de un reajuste salarial para fin de año ya que el umento con la inflación que hubo se quedó corto
Gracias
mi contrato es a tiempo parcial o media joranada, convenio 462/06. Trabajaba 4 horas x dia, de lunes a viernes, ahora me dicen que tengo que cumplir 4 horas y media de lunes a viernes.. mi pregunta es la siguiente. cuanto horas por semana debo cumplir? gracias
a esperar la escala salarial del 2012 😀 a ver que sucede con las paritarias.
Para un trabajador encuadrado bajo el convenio de Utedyc, la licencia por enfermedad psicologica es con goce de haberes y por cuanto tiempo'
La verdad que nos re-empernaron con este convenio… el 160/75 era mucho mejor. Alguien tiene material sobre la controversia que originó ese cambio de convenio?
Gracias!!!
Hola ignacio. Buen día.
Estoy por entrar a trabajar si Dios quiere bajo el convenio 462/06.
Quería saber cómo son los aumentos cada año…. Básicamente si se ajustan todos los años, no importa que importe precisamente… Mas bien me interesa saber si TODOS los años se ajustan
Desde ya gracias!
"CUANTO SERIA AHORA A FIN DE MES EL SUELDO NETO DE UN ADMINISTRATIVO 2 CATEGORIA CONVENIO 462/06"
Soy administrativo 2 del 462/06 y trabajo en una Asociación Civíl; mi sueldo neto de Agosto fué de $3.752.- con 44 horas semanales trabajadas.
Saludos.
CUANTO SERIA AHORA A FIN DE MES EL SUELDO NETO DE UN ADMINISTRATIVO 2 CATEGORIA CONVENIO 462/06
hola ignacio, me llamo mirena ,trabajo en un hogar de chicos , mi tarea es de enfermera, mis compañeras son maestras especiales y psicopedagogas .Todas estamos enmarcadas por el convenio 463/06 en maestranza 2y3 . quisiera saber por que estamos con ese convenio , si esta bien y si no esta bien que tenemos que hacer. gracias