Con fecha 03/01/2013 la Cámara Argentina de la Industria Plástica (CAIP) ha firmado con la Unión Obreros y Empleados Plásticos (UOYEP) el pago – por única vez – de una Gratificación Extraordinaria No Remuneratoria.
En el mencionado acuerdo las partes convinieron que el personal recibirá una Gratificación Extraordinaria No Remuneratoria de $ 1500.-, por única vez, la cual se abonará según el siguiente detalle:
- $ 450.- juntamente con los haberes correspondientes al mes de febrero de 2013,
- $ 500.- juntamente con los haberes correspondientes al mes de marzo de 2013 y
- $ 550.- juntamente con los haberes correspondientes al mes de abril de 2013.
La Gratificación tendrá carácter no remuneratorio, y se tomará en cuenta a los fines de los aportes y contribuciones que determina el régimen de Obras Sociales y el Art. 43 del CTT 419/05.
En el acuerdo suscripto se establece lo siguiente:
PRIMERO: Ambas partes y los firmantes del presente acta, declaran que son integrantes en representación de las entidades nombradas precedentemente, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05, conforme a lo determinado en el expediente Nº 1.252.511/07, de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Empleo, de fecha 17 de diciembre de 2007.
SEGUNDO: POR UNICA VEZ Y EN CONCEPTO DE GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA NO REMUNERATORIA:
En ejercicio de su facultad negociadora, las partes que firman el presente acta convienen que las empresas del sector abonarán – por ésta única vez – y como “Gratificación Extraordinaria No Remuneratoria” la suma de $ 1.500.= que se liquidará conforme al siguiente detalle: $ 450.= juntamente con los haberes correspondientes al mes de Febrero de 2013, $ 500.= juntamente con los haberes correspondientes al mes de Marzo de 2013 y $ 550.= juntamente con los haberes correspondientes al mes de Abril de 2013.
El importe de la Gratificación Extraordinaria aquí pactada en ningún caso se incorporará a los salarios básicos ni se considerará como base de cálculo de los mismos para futuras negociaciones.
Dada su naturaleza y excepcionalidad, este importe tendrá carácter no remuneratorio y no será contributivo a ningún efecto ni generará aportes y contribuciones a los subsistemas de la seguridad social, salvo los aportes y contribuciones que determina el régimen de Obras Sociales y Art. 43º del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05, correspondiendo dicho aporte mensual por cada trabajador convencionado a las sumas que se consignan en el Anexo I del presente acuerdo.
TERCERO: El pago de la Gratificación Extraordinaria No Remuneratoria establecida en el apartado segundo se liquidará por cada trabajador convencionado en forma proporcional al tiempo trabajado durante el año 2012. Para dicha proporcionalidad se tomará como valor de referencia $ 125,00 por mes calendario trabajado o fracción de 20 días o más.
CUARTO: La bonificación por antigüedad contemplada en el art. 6º del Convenio, será liquidada sobre el salario o sueldo básico, de la categoría en la que revista el trabajador. En cuanto a los premios o incentivos que puedan existir en las empresas, los mismos se liquidarán conforme a los sistemas vigentes en cada una de ellas o en su caso, a los que surjan de acuerdos que se puedan negociar a nivel de las mismas, con las respectivas representaciones de los trabajadores.
QUINTO: A los fines de la liquidación de los haberes que correspondan por aplicación del presente acta, las partes ratifican en su contenido lo dispuesto por el Art. 25º de la Convención, que será aplicable en cada caso en particular, conforme a las modalidades existentes en cada empresa. El régimen de dicho artículo será aplicable también al adicional no remuneratorio convenido en la presente acta.
Las partes se comprometen a elevar el presente acuerdo al Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Empleo a los fines de su homologación y registro.
ANEXO I
Conforme a lo acordado en el apartado Segundo del Acta-Acuerdo de fecha 03/01/13 en lo que concierne al Art. 43º del C.C.T. Nº 419/05, la base de cálculo de dicho aporte es el siguiente:
Mes Base de cálculo
Enero de 2013 $ 31.29
Febrero de 2013 (31,29 + 2,36) $ 33,65
Marzo de 2013 (31,29 + 2,63) $ 33,92
Abril de 2013 (31,29 + 2,89) $ 34,18
Mayo de 2013 $ 31,29
Anónimo dice
Hoy llamamos al sindicato, dicen que es 1300 no remunerativo en junio, 12% julio, 6 en septiembre, 6 enero y tambien en enero 1200. Eso dijeron los fenomenos genios del sindicato. Que lo homologuen, aprueben, manden una carta a tu trabajo… eso es otro tema. Si alguien se entera de algo mas, avisen por aca, porque en la pagina de uoyep lo van a anunciar en 2014….
Es 24%en tres partes un 12% en julio un 6% en septiembre y un 6% en noviembre,mas 1300 en junio y 1200 en enero..
Hola compañeros es cierto 24% en tres veces y $ 2500 no rremunerativos en 2 cuotas y se detallan de la siguiente manera, con el mes de junio $1300, julio y agosto 12%, septiembre y octubre 6% y noviembre, diciembre 6%, y en enero $ 1200, esto fue lo que llego esta tarde a nuestra empresa de parte del gremio y en los proximos dias van a dar a conocer los valores de hora correspondiente a cada categoria.
Alguien sabe si es verdad esto,lo del 24 o es otro verso?
Niños no especulemos sin fundamentos la cosa es que tienen que dejar pasar el feriado por la visita de la cris aya en rosario.
ya arreglaron un 24% en 3 cuotas .y 1300 en julio y 1200 en enero
ojala sea cierto
Como se dividen esas tres cuotas?
Aumento+aguinaldo= amnesia. Mañana sale el aumento y nos olvidamos todo. Hace 15 años que le doy de comer al sindicato y vinieron una sola vez a mar del plata. Le tenemos que andar mendigando que manden un mail o un fax; o llamarlos una vez por semana para ver cuanto arreglaron con sus amigos empresarios. Pero no hay drama, esta semana me olvido todo hasta junio del año que viene. #memoria
tal cual!!!
ya arreglaron un 24% en 3 veces.y una suma fija no renumerativa de 1300 en julio y otra de 1200 en enero
Aumento (retroactivo) + no remunerativo + aguinaldo. Quien te dijo eso. Ey amigo seamos realistas.
Hola compañeros si algo parecido nos dijeron hoy los delegados, que para mañana o el miercoles ya hay algo concreto, pero es casi un hecho que no pasa del 25% y seguramente que va a ser en 3 o 4 cuotas como lo hacen todos los años estos insuficientes por que no se les cae una idea para mejorar el aumento.
Che alguna vez nos van a dar aumento?
Buen dia gente se sabe algo de las paritarias?
llamamos hoy al sindicato y nos dijeron que mañana se reunen y para el miercoles deberia haber respuestas….ojalá sea cierto asi sabemos de una buena vez
Al parecer es un 28% en 3 veces
si el cara dura de murua y asociados llega a conseguir un 28% me hago pinchar por un burro no seas tan ignorante!
no seas tan perejil si murua y asociados (chorros) consigue un 28 va a ser en 30 cuotas mas o menos
Hola temino la semana y no paso nada con las paritarias, se puede saber que estan esperando para sacar el aumento, si ya casi han cerrado todos y esta gente del plastico no da noticias alguna al respecto.
Y Nachito q pasa q ni noticias hay del aumento igual ya se ve q es del 24% en comodas cuotas como siempre!yo trabajo en una empresa q nos tiene prohibido afiliarse q puedo hacer?
En el 2001 estábamos todos cagados de hambre no se de qe qejan todos vivían en calle de tierra y ninguno tenia cable,suerte tenían los q tenían un trabajo,ahora todos tienen asfalto cloacas tienen sus led y seguramente un auto en la puerta de su casa!y ahora critican.hagan memoria muchachos dejen de mirar lanata y miren todo lo q tienen a su alrededor,aguante cristina!
Es barbaro que tengamos paritarias 1 vez al año. pero no seria bueno que se adecue a la inflación de otra manera. Digo, la luz aumento 28%, el agua un 25%, el tranporte 36%, y ni hablar de la canasta.
Ahora no se podrá tomar esto en consideracion .
Perdón no creo le a los que no estamos afiliados logremos un 5%. Hace 6 años trabajo en negro me cago de risa de los choritos baratos del "sindicato" yo arregle x 40$$$ la hora y me sobra. tienblan los cristinos.