Metalúrgicos: Nuevo Ingreso mínimo global de referencia (IMGR) para abril y julio 2014.
El nuevo acuerdo salarial para empleados metalúrgicos, firmado el viernes pasado, establece un nuevo ingreso mínimo global de referencia (en adelante denominado a todos los efectos de este Acuerdo como “IMGR”) por el cumplimiento completo de la jornada legal de trabajo durante el mes completo, por un importe mensual no inferior a:
- $ 5.750 a partir del 1° de abril de 2014
- $ 6.400 a partir del 1° de julio de 2014.
Estos importes se abonarán proporcionalmente a los trabajadores que cumplan jornadas inferiores a la
legal. bajo modalidad de trabajo a tiempo parcial.
Los valores correspondientes al IMGR son referenciales y, a los efectos de su cómputo, se entenderá que lo conforman todos los ingresos que, por cualquier concepto remuneratorio o no, reciba el trabajador de su empleador, con la única exclusión de las horas extras.
La determinación del IMGR no implica modificación ni alteración alguna de las bases de cálculo, condiciones. modalidades y/o pautas de cálculo o blanquición que los actuales sistemas remuneratorios de las empresas. que se mantienen íntegramente vigentes e inalterables en las condiciones de su vigencia.
En ningún caso afectará el derecho de los trabajadores a continuar percibiendo las remuneraciones no previstas e en el CCT N° 260/75, de acuerdo con los criterios y condiciones en cada caso aplicables, sin perjuicio de su cómputo a los efectos del IMGR.
Asimismo, se explicita que el IMGR de ningún modo se identifica con los salarios básicos del CCT N° 260/75, ni afecta en manera alguna los valores d estos últimos, por lo que en ningún sistema remuneratorio vigente en las empresas, sea que su cuantificación tenga o no relación alguna con el valor de los salarios básicos de convenio, se verá alterado o influido por el IMGR.
El IMGR en ningún caso implicará una reducción del nivel i É de ingresos de aquellos trabajadores que, con anterioridad al 1 de abril de 2014, estuvieran recibiendo ingresos mayores, a condición de que concurran las
respectivas condiciones para acceder a cada concepto.
Queda expresamente establecido que el IMGR no afectará la base de de ningún concepto remuneratorio, cualquiera sea su modalidad de cuantificación y devengo, ni incidirá en la determinación de los promedios de remuneraciones a los efectos del cálculo de los topes indemnizatorios para los casos de extinción contractual según lo previsto en el artículo 245 de la LCT.
Angélica dice
Por lo que dice el punto quinto del acuerdo, solo tienen derecho a cobrar el IMGR aquellos empleados que trabajaron todo el mes. Por inasistencias injustificadas se pierde el IMGR.
Silvia dice
Pagando IMGR termina cobrando lo mismo un ingresante que un oficial especializado……..no me parece justo
Por favor me lo podrian aclara , por si tengo equivocado el concepto de como liquidarlo
Desde ya muchas gracias
Es así. El IMGR nivela la gente capacitada, con titulo, la responsable, la con antiguedad y/o trabaja en viajes, con la que recién entra, trabaja lo justo o falta seguido y justifica las ausencias.
Usualmente son los empleadores los que terminan agregando conceptos que marquen una diferencia, pero queda supeditado a éstos ya que por CCT no están obligados a reconocer nada.
Hice el planteo a los chicos UOM (que no parecen ser muy lúcidos) y no responden.
Sólo queda que te alegres por tus compañeros y/o hacer tu trabajo si considerar lo que le paguen a otros.
Salud!
se pierde el IMG cuando la falta es injustificada o igual se le paga proporcional a las horas que trabajó ??
Entiendo que sí. Se liquida el IMGR proporcional a los días y horario trabajados habituales, y se descuentan las inasistencias injustificadas.
Pagando IMGR termina cobrando lo mismo un ingresante que un oficial especializado……..no me parece justo
buenas me podría decir que pasaría con imgr cuando el trabajador es jornalizado? se debe calcular del imgr, un proporcional sobre las horas trabajadas? O si se toma el total del imgr, y el trabajador tiene una inasistencia injustificada ¿pierde el derecho del imgr? gracias por su atención
¿el IMGR es No remunerativo? Aguardo respuesta. Saludos!
Ignacio, los 6400 son brutos o en mano?
hola tengo una consulta en mi caso estoy trabajando de noche mucho no me conviene ya q me pagan un 13.3% mas la hora.. aclaro no me conviene por q mi salario esta debajo del minimo ya q si no alcanzo los 6400 me pagarian el global.
solo por trabajar de noche me acerco mas al global pero el redondeo es menor( espero me entiendas ya q es dificil expresartelo por escrito). " en fin la pregunta es la siguiente , no tendria q haber un plus por trabajar de noche?
Este mes en una empresa que trabaja de lunes a viernes 8 horas diarias. hay 20 días hábiles y 2 feriados. Para un operario calificado sin antigüedad el salario bruto es de $ 4.514,40 osea 1.235,60 por debajo del IMGR.¿es esto asi? y esos 1200 se les debe liquidar y pagar como remunerativo o como no remunerativo. La verdad es que no me queda claro.
el metalurgico trabaja 9 hs diarias, igual no llega al minimo ni siquiera en bruto
EL IMGR es REMUNERATIVO.
HOLA IGNACIO
PODRIAS PONER UN EJEMPLO DE RECIBO DE UN EMPLEADO METALURGICO DE MEDIA JORNADA, CATEGORIA MEDIO OFICIAL (HERRERIA DE OBRA) COMO SERIA EL IMGR…. GRACIAS… SALUDOS
Hola Ignacio, te consulto el IMG se puede calcular para la categoría Operario ccalificado tambien? Porque las quincenas son cortas y no llegan a cobrar por mes $5000 al día de hoy. Espero tu respuesta. Gracias