Índice de Contenidos
Caso práctico de liquidación del sueldo de julio 2021 metalúrgicos CCT 260/75 nuevo acuerdo, suma no remunerativa.
Hace unos meses vimos como aplicar el último acuerdo salarial de la UOM para la liquidación abril 2021, en esta ocasión, veremos como es el segundo tramo aumento que se aplica desde julio 2021.
Recodemos, que el aumento salarial 2021 de la UOM se divide en dos, por un lado una incremento remunerativo del 35,2% que se abonará en 4 tramos, y por otro lado un total de 3 sumas no remunerativas.
Incremento salarial del 35.2%
Los trabajadores metalúrgicos de te todo el país encuadrados en el CCT 260/75, con exclusión de las ramas Electrónica y (8) y Autopartes (4) de Tierra del Fuego, tendrán un incremento salarial del 35,2%.
El incremento del 35.2% se aplicará en cuatro tramos, según el siguiente cronograma:
- 15 % a partir del 1º de julio 2021
- 10% a partir del 1º de octubre de 2021
- 10,2% a partir del 1° de enero 2022.
La base de cálculo en todos los casos serán los salarios básicos de cada categoría al 31 de marzo 2021 del CCT 260/75 metalúrgico.
Sumas no remunerativas
Además, se acordó un pago extraordinario de naturaleza no remunerativa ni contributiva a los efectos de la retención y pago de los aportes y contribuciones con la excepción de la obra social, cuota sindical y aporte solidario a cargo de los trabajadores.
El pago de esta suma no remunerativas, se pagará de la siguiente manera:
- 13.5% de abril a junio 2021 (ya aplicado)
- 9% de julio a septiembre 2021
- 9% de octubre a diciembre 2021
La base de cálculo en todos los casos serán los salarios básicos de cada categoría más los adicionales de convenio al 31 de marzo 2021.
Entonces, desde julio debemos liquidar el primer tramo de aumento remunerativo del 15%, y comenzar a pagar la segunda suma no remunerativa del 9%, siempre tomando como base de cálculo los salarios básicos y demás adicionales del CCT 260/75 vigentes al 31 de marzo 2021.
Veamos como aplicarlo en un ejemplo, con los siguientes datos:
- Categoría: Operario Especial Múltiple
- Valor hora marzo 2021: $241,85
- Valor hora julio 2021: $278,13
- Adicional título marzo 2021: $969,69
- Adicional título julio 2021: $1.115,14
- Modalidad: mensualizado
- CCT 260/75
Al igual que en la liquidación de abril, para liquidar julio 2021, vamos a necesitar marzo como referencia, que es la base de cálculo, tanto para el aumento del básico como de la suma no remunerativa.
Para el caso de un trabajador mensual con estos datos, el recibo de marzo 2021 sería:
Con marzo como referencia, podemos liquidar Julio 2021, y el recibo quedaría de esta manera:
Cálculos
15% Remunerativo
El 15% remunerativo se calcula sobre los valores vigentes a marzo 2021.
48.370 + 15% = 55.625,50
El monto mensual sale de multiplicar el valor hora de marzo por 200. De todos modos, la escala está publicada por la UOM:
Sobre esta suma calculamos el adicional de antigüedad, que para este caso son 10 años, entonces:
55.625,50 x 10 x 1% = 5.625,50
Además, tenemos que aplicar el aumento del 15% sobre los adicionales de convenio, en este caso es el de Adicional Título:
969,69 + 15% = 1.115,14
De todos modos, estos valores están actualizados en las escalas publicadas por la UOM.
(En el recibo no está calculado el feriado del 9 de julio, pero también deberíamos tenerlo en cuenta.)
9% No remunerativo
Luego, tenemos el pago de una suma no remunerativa del 9%, que se aplica sobre básico y adicionales, pero la base de cálculo recordemos que es marzo 2021.
Para este caso, tenemos dos adicionales: Antigüedad y Adicional por título. Entonces, el cálculo sería:
(48.370 + 4.837 + 969.69) x 9% = $4.875,90
Sobre esta suma, sólo se realizan los aportes la obra social de la UOM y al Sindicato.
Recordemos que esta suma se aplica de julio a septiembre 2021, por lo tanto en los siguientes dos meses la liquidación será la misma.
De todos modos, de octubre a diciembre se pagará una suma también del 9%. También, hay que tener en cuenta que el gremio solicitó la reapertura de la negociación salarial, por lo tanto pude haber modificaciones pronto.
Puden ver la escalas salarial que ya fueron publicadas por la UOM.
Mario dice
La suma no remunerativas se tienen en cuenta para calcular el IMGR es decir lo del 9%del acuerdo
Adrian dice
Hola.. trabajo en una metalurgica en san martin BS AS.. trabajo de ayudante y queria saber cuanto tendria q estar cobrando ala actualidad
Hector Jorge dice
Porque en el recibo no tenes en cuenta el ingreso minimo normal de referencia, siempre tengo dudas de como calcularlo, desde ya gracias.-
Eugenia dice
Buenos días, me dirías como queda el básico para un oficial técnico de 4ta categoría mensualizado a partir de octubre 2021? gracias