Caso práctico de liquidación del sueldo de febrero 2022 metalúrgicos CCT 260/75, incremento del 5%.
Seguimos con las liquidaciones de metalúrgicos, en el último artículo habíamos visto como aplicar el último acuerdo salarial de la UOM para la liquidación enero.
Ahora, veremos como aplicar el aumento acordado para en la última la última revisión de la paritaria 2021.
Acuerdo salarial UOM 2021
Recodemos, que si bien estamos en 2022, estamos aplicando el aumento salarial 2021 de la UOM en primera instancia se dividió en dos partes, por un lado un incremento remunerativo del 35,2% que se abona en 4 tramos, y por otro lado un total de 3 sumas no remunerativas.
Luego, en la revisión salarial del octubre pasado, se acordó un 15% adicional en tres tramos iguales de 5% cada uno. Veamos estos aumento en detalle:
Incremento salarial del 35.2%
Los trabajadores metalúrgicos de te todo el país encuadrados en el CCT 260/75, con exclusión de las ramas Electrónica y (8) y Autopartes (4) de Tierra del Fuego, acordaron un incremento salarial del 35,2%.
El incremento del 35.2% se aplicará en cuatro tramos, según el siguiente cronograma:
- 15 % a partir del 1º de julio 2021 ✓
- 10% a partir del 1º de octubre de 2021 ✓
- 10,2% a partir del 1° de enero 2022. ✓
La base de cálculo en todos los casos serán los salarios básicos de cada categoría al 31 de marzo 2021 del CCT 260/75 metalúrgico.
Sumas no remunerativas
Además, se acordó un pago extraordinario de naturaleza no remunerativa ni contributiva a los efectos de la retención y pago de los aportes y contribuciones con la excepción de la obra social, cuota sindical y aporte solidario a cargo de los trabajadores.
El pago de esta suma no remunerativas, se pagará de la siguiente manera:
- 13.5% de abril a junio 2021 ✓
- 9% de julio a septiembre 2021 ✓
- 9% de octubre a diciembre 2021 ✓
La base de cálculo en todos los casos serán los salarios básicos de cada categoría más los adicionales de convenio al 31 de marzo 2021.
Incremento salarial del 15%
Por último, en la revisión salarial del octubre, se pactó un aumento adicional sobre los básicos de convenio del 15%, el cual se abonará según el siguiente cronograma:
- 5 % a partir del mes de Enero del 2022. ✓
- 5% a partir del mes de Febrero del 2022. (se aplica ahora)
- 5% a partir del mes de Marzo del 2022.
Al igual que el 35.2%, la base de cálculo son los salarios básicos del mes de Marzo del 2021.
Liquidación febrero 2022 UOM
Entonces, en febrero 2022 debemos aplicar el segundo tramos de aumento previsto para este año, que es del 5%, siempre tomando como base los básicos vigentes a marzo 2021 del CCT 260/75.
Ahora, veamos como aplicarlo en un ejemplo, con los siguientes datos:
- Categoría: Operario Especializado Múltiple
- Valor hora marzo 2021: $241,85
- Valor hora febrero 2022: $351,17
- Modalidad: mensualizado
- CCT 260/75 rama 17
- Feriado: no trabajó
Cálculos
Al igual que con las liquidaciones de abril, julio, octubre 2021 y enero 2022, vamos a necesitar marzo como referencia, que es la base de cálculo para el aumento del básico.
Para el caso, el básico el valor hora a marzo 2021 para un “Operario Especializado Múltiple” era de $241.85, entonces, el aumento a aplicar para calcular febrero 2022 es:
241,85 + 45,2% = $351,17
¿Por qué 45,2 %? es la suma del 35.2% que aplicamos en 2021 más el 5% adicional de enero pasado y el 5% de febrero 2022 que aplicamos ahora.
De todos modos, en la escala publicada por la UOM están los valores para cada categoría.
Básico
En este caso, como es un trabajador mensualizado, para obtener el básico de febrero, multiplicamos el valor hora que determinamos arriba por 200:
351,17 x 200 = 70.234
Antigüedad
Sobre esta suma calculamos el adicional de antigüedad, que para este caso son 10 años, entonces:
70.234 x 10 x 1% = 7.023,40
Adicionales
Además, tenemos que aplicar el aumento del 45,2% sobre los adicionales de convenio, en este caso es el de Adicional Título, que a marzo 2021 era de $969,69:
969,69 + 45,2 % = 1.407,99
De todos modos, estos valores están actualizados en las escalas publicadas por escala UOM 2022.
¿Cuáles son los adicionales y cuando se cobran?
Artículo 53° Titulo de “técnico’’ en personal obrero: A los obreros que posean título de “técnico
industrial” ( Plan de estudio mínimo de seis años ), expedidos por escuelas Industriales o técnicas, nacionales, provinciales, Municipales o sus incorporados, se les pagará un “adicional” de (*)a partir de la fecha de presentación del mismo. Asimismo, a la presentación del título se les deberá asignar la categoría de “oficial” de acuerdo con su especialidad.
Artículo 54° Título de “estudios secundarios” en empleados: A los empleados que posean título de “estudios secundarios” completos (nacional, normal, industrial o comercial) expendidos por colegios nacionales, provinciales municipales o sus incorporados, se les pagará un “adicional” de (*) mensuales, a partir de la fecha de presentación del mismo, quedarán excluidos de este beneficio, los vendedores, los viajantes y los que tuvieren título universitario.
Artículo 55° Idiomas: A los empleados que dominen perfectamente fuera del castellano, uno o mas idiomas, y siempre que el uso de los mismos le sean requeridos para el desempeño de sus tareas habituales, se les pagará un “adicional” de (*)mensuales, por cada idioma que utilice.
(*) Los valores los puede ver en la escala UOM 2022.
Feriado
En febrero tenemos el feriado del 28 por carnaval, y para calcularlo, el procedimiento es el siguiente:
El primer paso es restar el monto de un día en base:
(70.234 + 7.023,40 + 1.407,99) / 30 = 2.622,18
Y luego, como los feriados son pagos, lo pagamos, pero en base 25:
(70.234 + 7.023,40 + 1.407,99) / 25 = 3.146,61
Lo que nos genera un plus por feriado trabajado de $524,44, que también lo podemos determinar de la siguiente manera:
(70.234 + 7.023,40 + 1.407,99) / 30 x 0,20 = 524,44
¿Qué sucede si trabaja el feriado? en ese caso no restamos el día, porque lo trabajó, y pagamos el día feriado trabajado en base 25:
(70.234 + 7.023,40 + 1.407,99) / 25 = 3.146,61
Recibo
El recibo nos quedaría de esta manera:
Ingreso Mínimo Global de Referencia (IMGR)
El Ingreso Mínimo Global de Referencia o IMGR, desde enero pasa a $63.888, en este caso particular no se aplica porque el total supera dicho importe.
Básico | $70.234,00 |
Antigüedad | $ 7.023,40 |
Adicional título | $ 1.407,99 |
Plus Feriado | $ 524,44 |
Total | $79.189,83 |
IMGR | $63.888,00 |
Supera el IMGR del mes | $15.301,83 |
Hasta aquí el ejemplo. Cualquier duda, los leo en los comentarios.
Mercedes dice
Hola, a mi esposo le pagan por semana, plata en mano y le abonaron en marzo $17.570 ($3514 x día) y abril $20.733 ($4146,60 x día) y 5 días por semana según el papelito que le dieron. En el recibo dice que es quincenal. es correcto esto? Gracias
Fernando Rodriguez dice
Ignacio, cuando decís: “¿Por qué 45,2 %? es la suma del 35.2% que aplicamos en 2021 más el 5% adicional de enero pasado y el 5% de febrero 2022 que aplicamos ahora” Si aplico esos aumentos me da un aumento del 49,06% en lugar del 45,2%. Cuál sería el racional del cálculo que tu haces?
Erika dice
Hola estoy por comenzar a trabajar en una metalúrgica por agencia únicamente por un mes quisiera me dijeron $65000 por mes pero son 12 horas díarias dónde no corren las horas extras y turno noche . Mi pregunta es está bien que sean 12 horas obligatorias por esa plata xq me dijeron q el gremio este trabaja 12 horas diarias por ese sueldo .
Rodrigo dice
Te estran explotando no se trabaja 12 horas. Se trabaja 9 horas y el resto son horas extras
Lumila dice
Hola soy administrativa categoría 1 gremio Uom rama 8 estoy casi dos años en el puesto pero me pagan partime seis horas por día trabaja la empresa. Mi consulta es me deben abonar mi sueldo completo porque averigüe en el gremio me dijeron que el partime no existe para adultos . Me deben pagar mi sueldo mensual jornada completa esto es así?
Mi otra consulta me pagan 21 mil pesos por mes ni llega al mínimo vital y móvil quiero saber cuánto debo ganar ya que soy de la rama 8 gremio Uom administrativa categoría 1. Estoy desesperada muchas gracias saludos
Leandro dice
Puede ser que por el imgr cobre lo mismo o menos qe un compañero sin categorías?
Leandro dice
Me pasa lo mismo. Utilizan mí antigüedad para llegar al imgr
Nahuel dice
Hola . Ami me pagan 200 pesos la hora no es nada
Está bien ?
Estoy ya hace 7 meses . Estoy en negro trabajando
En el ejemplo de enero el imgr pusiste que era de 61.888 desde enero y en el ejemplo de febrero, pusiste que desde enero era de 63.888 … Cuál es el real ?
Los dos
Perdón una pregunta si entendí bien ,Yo termine el secundario el año pasado hace 10 que trabajo en la metalúrgica tengo que avisar en el trabajo,?
los 70 mil del imgr son en bruto o en neto??
Empezando por calo se tiene q morir todos nunca iso nada por los metalurgicos 70.000 $ de sueldo cuando minimo por el trab q se hace tendriaq ser de 150.000 $
Tal cual compañero. Se fijan en sus bolsillos y una bandera política y no se fijan en la necesidad básica del obrero y desvalorizando el trabajo metalúrgico. Un gremio muy menospreciado, cuando es un trabajo de esfuerzo, de tener mucha sabiduría y ecperiencia. Conocimientos matemáticos, químicos, mecánicos , PC,electrónica, plc, soldadura etc etc. . La. Verdad no tenemos líderes q representen un gremio muy fundamental para el desarrollo industrial de un país. Una pena, Dios nos ayude
MI hijo esta en un a fabrica x una consultora, el sueldo deberia ser el mismo ?
si
HOLA IGNACIO PREGUNTO –EL IMGR SIEMPRE SE DEBE COTEJAR CON EL BRUTO LIQUIDADO? Y SI ES POR QUINCENA SERIA EN LA ULTIMA EL COTEJO Y SI HAY DIFERENCIA SE PAGA SIN APORTES ?
MUCHAS GRACIAS
Hola, si, contra el bruto
Hola buenas tardes empece a trabajar hace 5 dias en una fabrica de lamparas y otros articulos de electricidad estoy en negro queria saber cuanto tendria que ser mi sueldo el horario que cumplo es de L a V de 8 a 17 y los S de 8:30 a 13:30 quedo a la espera de una pronta respuesta sin mas saludos
Ignacio, que agradecida estoy con vos!! siempre colaborando.
Te consulto, ¿vos no descontas el seguro de sepelio, por ej. 476.78 al empleado?
esta puesto como descuento en concepto seguro. Es el mismo concepto seguro de vida y sepelio
Yo tengo 30 años en una empresa trabajado .pero solo en Blanco tengo 17 años abra alguna posibilidad de blanquear esos años q trabajé en negro