Caso práctico de liquidación del sueldo de abril 2021 metalúrgicos CCT 260/75 nuevo acuerdo, suma no remunerativa.
Me pidieron que desarrolle un caso de liquidación de sueldos de la UOM según él último acuerdo salarial, que se aplicada desde abril 2021.
Recodemos, que el aumento salarial 2021 de la UOM se divide en dos, por un lado una incremento remunerativo del 35,2% que se abonará en 4 tramos, y por otro lado un total de 3 sumas no remunerativas. Veamos como se aplica cada una.
Incremento salarial del 35.2%
Los trabajadores metalúrgicos de te todo el país encuadrados en el CCT 260/75, con exclusión de las ramas Electrónica y (8) y Autopartes (4) de Tierra del Fuego, tendrán un incremento salarial del 35,2%.
El incremento del 35.2% se aplicará en cuatro tramos, según el siguiente cronograma:
- 15 % a partir del 1º de julio 2021
- 10% a partir del 1º de octubre de 2021
- 10,2% a partir del 1° de enero 2022.
La base de cálculo en todos los casos serán los salarios básicos de cada categoría al 31 de marzo 2021 del CCT 260/75 metalúrgico.
Sumas no remunerativas
Además, se acordó un pago extraordinario de naturaleza no remunerativa ni contributiva a los efectos de la retención y pago de los aportes y contribuciones con la excepción de la obra social, cuota sindical y aporte solidario a cargo de los trabajadores.
El pago de esta suma no remunerativas, se pagará de la siguiente manera:
- 13.5% de abril a junio 2021
- 9% de julio a septiembre 2021
- 9% de octubre a diciembre 2021
La base de cálculo en todos los casos serán los salarios básicos de cada categoría más los adicionales de convenio al 31 de marzo 2021.
Entonces, de abril a junio de este año sólo deberemos liquidar un incremento no remunerativo del 13.5%, tomando como base de cálculo los salarios básicos y demás adicionales del CCT 260/75 vigentes al 31 de marzo 2021.
Veamos como aplicarlo en un ejemplo, con los siguientes datos:
- Categoría: Operario Especial Múltiple
- Valor hora marzo 2021: $241,85
- Adicional título marzo 2021: $969,69
- Modalidad: mensualizado
- CCT 260/75
Para liquidar abril, vamos a necesitar marzo como referencia, que es la base de cálculo, tanto para el aumento del básico como de la suma no remunerativa.
Para el caso de un trabajador mensual con estos datos, el recibo de marzo 2021 sería:
Con marzo como referencia, podemos liquidar Abril 2021, y el recibo quedaría de esta manera:
Como se ve en ambos recibos, la columna de remunerativos de Marzo y Abril es igual, no tiene cambios. Pero si tenemos cambios en la columna de no remunerativos, ya que se aplica el 13.5% de aumento, tomando como base de cálculo los montos vigentes a marzo 2021.
Para este caso, tenemos dos adicionales: Antigüedad y Adicional por título. Entonces, el cálculo sería:
(48.370 + 4837 + 969.69) x 13.5% = $7.313,85
Sobre esta suma, sólo se realizan los aportes la obra social de la UOM y al Sindicato.
Recordemos que este aumento se aplica de abril a junio 2021, por lo tanto en los siguientes dos meses la liquidación será la misma.
Luego, de julio a diciembre 2021, la suma no remunerativa, pasará a ser del 9%, también tomando como base lo valores vigentes a marzo marzo 2021.
Entonces, el la suma no remunerativa será de $4.875.90, el calculo sería:
(48.370 + 4837 + 969.69) x 9% = $4.875,90
En julio, también aumenta el básico de convenio, en un 15%, tomando la misma base de cálculo, marzo 2021.
Entonces, el básico de convenio de julio sería de $55.626, al que se llega de este modo:
Valor hora marzo: 241,85 + 15%= 278,13 (valor hora julio 2021)
278,13 x 200= $55.626
Para los otros dos aumento remunerativos previstos, en octubre 2021 y en enero 2022, la base de calculo es la misma, marzo 2021:
Octubre 2021: 241,85 + 25% = $302,31
Enero 2022: 241,85 + 35.2% = $326,98
De todos modos, las escalas ya fueron publicadas por la UOM.
Pedro dice
Hola nacho que podes desirme del famoso IMGR lo completa el patron o no de eso no desis nada gracias.
Federico dice
Buenas tardes,podras hacer un ejemplo de un recibo que contenga el imgr?tengo dudas si el no remunerativo es parte o no del total.Saludos
Daiana dice
Hola Federico, el IMGR está conformado por todos los ingresos, remunerativos y no remunerativos, a excepción de las horas extras. Es decir, la asignación no remunerativa es parte del IMGR. Saludos
Emma dice
Consulta durante abril y parte de marzo estube por art por un accidente en moto me corresponde cobrar ese mes los no remunerativos?
Romina dice
Hago la misma consulta, se toma el 13.5% no remunerativo para SAC?? Tengo entendido que para el SAC , toma el 8% para SAC de conceptos NO remunerativos,