Cómo impactan las sumas no remunerativas acordadas por la UOM en el aguinaldo. UOM El último acuerdo de la UOM dispuso el pago de sumas remunerativas y no remunerativas, la pregunta que se presenta es si estas últimas inciden o no en el cálculo del aguinaldo. La respuesta es si, está establecido en el mencionado acuerdo salarial para el CCT 260/75 metalúrgico. Recodemos, que el aumento salarial 2021 de la UOM se divide en dos, por un lado una incremento remunerativo del 35,2% que se abonará en 4 tramos, y por otro lado un total de 3 sumas no remunerativas. Sobre las sumas remunerativas, no hay duda que son base de cálculo del aguinaldo, pero su aplicación, en tres tramos, es recién a partir del segundo semestre 2021: 15 % a partir del 1º de julio 202110% a partir del 1º de octubre de 202110,2% a partir del 1° de enero 2022. Por lo tanto, recién impactarán en la segunda cuota del aguinaldo que se pagará en diciembre. En cambio, respecto a las sumas no remunerativas, el acuerdo establece el pago extraordinario de naturaleza no remunerativa ni contributiva a los efectos de la retención y pago de los aportes y contribuciones con la excepción de la obra social, cuota sindical y aporte solidario a cargo de los trabajadores. 13.5% de abril a junio 20219% de julio a septiembre 20219% de octubre a diciembre 2021 Al respecto, el acuerdo establece lo siguiente: Las partes dejan constancia de que, a los efectos del cálculo de la prestación no remunerativa aquí pactada, el porcentaje en cada caso arriba indicado se aplicará asimismo sobre los rubros horas extras, vacaciones y Sueldo Anual Complementario. Por lo tanto, estas sumas no remunerativas se deben tener en cuenta para calcular el SAC para los trabajadores de la UOM bajo el CCT 260/75. Ahora, cabe hacerse algunas preguntas sobre como inciden estás sumas no remunerativas sobre el cálculo del aguinaldo. La primera sería cómo calcular la incidencia del SAC, una opción sería calcular el SAC remunerativo como lo hacemos normalmente, y sobre ese SAC remunerativo "aplicar el porcentaje" de la suma vigente para este primer semestre, que es del 13.5%. De esa manera se obtendríamos un SAC no remunerativo, resultado de aplicar el porcentaje de la suma no remunerativa, como parece indicar el texto del acuerdo. La otra opción, sería aplicar el procedimiento que establece la normativa para calcular el aguinaldo, entonces, determinar la mejor "remuneración" y sobre esa base calcular el 50%, dividiendo en remunerativo y no remunerativo. Aportes y contribuciones sobre el SAC Sobre el SAC remunerativo se deben hacer los mismos aportes y contribuciones que para el resto de los haberes. Pero la duda que siempre surge aquí es, qué aportes y contribuciones se deben pagar sobre el SAC no remunerativo. Hay quienes sostienen que en caso de calcular el SAC sobre las sumas no remunerativas, este sería remunerativo y aplicaría todos los aportes y contribuciones. Entiendo que este tipo de acuerdos tienen dos objetivos, por un lado una mejora salarial y por otro, con el aval del Ministerio de Trabajo, pagar el menor costo posible en cargar salariales. Por lo tanto, entiendo que la incidencia de las sumas no remunerativas sobre el SAC, tienen la misma características y se deben realizar los aportes y contribuciones a la obra social y los aportes al sindicato. De todos modos, mejor sería que el acuerdo hubiese aclarado este punto, para no tener que realizar interpretaciones a en cada punto del acta. Por último, sería buenos que terminan con este tipo de sumas no remunerativas, que sólo desvirtúan los acuerdo salariales.