Índice de Contenidos
Caso práctico de Liquidación de Sueldos Construcción Enero 2024. Guía completa y actualizada.
En la liquidación de sueldos de la Construcción de enero 2024 tiene como novedad el aumento de las escalas salariales según lo acordado en la última reunión paritaria.
La semana pasada la Unión de Obreros de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) acordaron en las negociaciones salariales 2024 un 20% de aumento.
En este artículo, exploraremos detalladamente todos los aspectos relacionados con la liquidación de sueldos de enero de 2024 para los miembros de la UOCRA. Desde los cálculos de salarios básicos hasta los beneficios adicionales y las deducciones.
Para este 20% de aumento, se toma como base de cálculo a escala salarial de diciembre 2023. Quedando la escala de enero 2024, de esta manera:
Caso práctico
Datos
- Zona: “A”
- Categoría: “Oficial Especializado”
- Valor hora: $ 2.257
- Jornada: 8 horas de lunes a viernes
- Horas trabajadas en la 1° quincena: 80 horas
- Horas trabajadas en la 2° quincena: 96 horas
- Afiliado al sindicato: Si
- Trabajó Feriados: no
- CCT: 76/75
Modelo recibo UOCRA
1° quincena Enero 2024
Debemos multiplicar las horas trabajadas en la primera quincena por el valor de la hora de la categoría para enero 2024:
80 x 2.257 = $ 180.560
Donde 80 son las horas trabajadas en la quincena y $2.257 el valor hora de enero 2024 para la categoría “Oficial Especializado” zona “A”.
De todos modos, pueden descargar las escalas completas en el siguiente enlace Escalas UOCRA 2022.
Asistencia Perfecta
El artículo 52 del CCT 76/75 de la UOCRA establece que el trabajador que registre asistencia perfecta en la quincena se le abonará un adicional equivalente al 20% del salario básico que le corresponda a la categoría en la cual se encuentre desempeñando sus tareas.
Cálculo:
180.560 x 20% = 36.112
Pago del día Feriado
Debemos liquidar también el feriado del 1° de enero 2024, en este caso como no trabajado.
Para el pago del día feriado, debemos remitirnos al artículo 169 de la LCT que indicala manera de determinar el salario del trabajador cuando no presta servicios el día feriado, remitiendo su tratamiento al artículo 155 de la LCT, es decir la forma de calcular el pago de las vacaciones.
Entonces, el pago del feriado no trabajado es similar al de los días de dicha licencia:
- Trabajadores mensualizados: los trabajadores mensualizados cobrarán, por el día feriado, el importe mensual dividido por 25.
- Trabajadores jornalizados: los trabajadores por día o por hora devengarán por el día feriado el importe percibido en la jornada anterior.
En nuestro, como es un trabajador jornalizado que trabaja 8 horas por día, el calculo es el siguiente:
8 x 2.257 x 1,2 = 21.667,20
Donde 8 son las horas trabajas habitualmente, $2.257 el valor hora percibido en la jornada anterior y le sumo el 20% del presentismo.
Una alternativa válida, sería solo calcular el valor de las 8 horas y calcular el presentismo sobre el total de horas trabajadas y por feriado, en definitiva el resultado final es el mismo.
Y en el caso de que hubiese trabajado el feriado al resultado lo multiplicamos por dos.
El recibo queda de la siguiente manera:
2° quincena Enero 2024
Para la segunda quincena, cambia la cantidad de horas trabajadas, entonces:
2.257 x 96 = 216.672
En cuento al presentismo lo liquidamos de la misma manera que en la primera quincena, 20% del básico:
216.672 x 0.20 = 43.334,40
El recibo queda de la siguiente manera:
Cálculo del Seguro de Vida UOCRA
Según lo establecido en el artículo 108 del CCT 76/75, los trabajadores deben realizar un aporte mensual a la UOCRA en concepto de Seguro de vida.
La suma es el equivalente al 2% del sueldo mensual correspondiente a la Categoría de Sereno fijado por el CCT para la Zona “A”, cualquiera sea la zona en la que presten servicios en forma efectiva.
El importe resultante será retenido por los empleadores mensualmente de los haberes de la segunda quincena de cada mes o en su caso a la fecha del cese”.
Para enero 2024, el seguro de vida asciende a $5.906,32 para todas las zonas, y el importe surge de aplicar el 2% sobre $295.316 que es el salario básico del “Sereno Zona A”.
Espero que les sea útil el caso planteado para entender sus recibos, sirve para el resto de las categorías y zonas, solo cambian los importes.
Por supuesto, puede haber muchos otros caso con distintas novedades y adicionales de Convenio o de empresa, pero entiendo que el ejercicio servirá de guía. Cualquier duda los leo en los comentarios.
MARCELO GABRIEL FERNANDEZ dice
como se liquida el periodo de vacaciones? los 14 dias con el plus de presentismo o sin el plus???
laura dice
hola … como se calcula el importe a detraer para empleados de la construccion? y como se informa en el libro de sueldos digital?
Azucena Ocampos dice
el fondo de desempleo como se liquida? mensual?
Javier Carrizo dice
Hola!! podrías decirme cuales son las contribuciones que se deben hacer?
ROBERTO DANIEL BARBERO dice
CUANTO ES EL COEFICIENTE TOTAL DE CARGAS SOCIALES SOBRE EL BASICO DEL CONVENIO EN MAYO 2024
Mauro dice
Cundo decretan aumento de sueldo, este está referido al básico no? Osea el aumento de bolsillo es del básico también? Ej: si el básico es de $300000 y el aumento es del 10% siendo mi sueldo de bolsillo de $500000 ahora con el aumento pasaría a ganar $530000?
roberto dice
cuando salis de vacaciones te liquidan un plus vacacional a eso tambien se le hace descuento