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Caso práctico de liquidación del CCT 76/75 UOCRA abril 2018. Incremento salarial del 15% en dos tramos.
Para la liquidación de de sueldos UOCRA de Abril, recordemos que en el marco de una paritaria 2018, con fecha 26 de marzo, la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y la Cámara Argentina de la Construcción (CAC), acordaron un incremento salarial del 15% en dos tramos , que incluye una cláusula de revisión en diciembre próximo.
El acuerdo establece un incremento salarial del 15%, a pagarse en dos tramos acumalativo:
- 10% en abril 2018
- 5% en agosto 2018
Al ser acumulativas, el incremento efectivo es del 15,5% para los CCT 76/75 y 577/10.
La “revisión” no implica un compromiso de actualización, sino una apertura al diálogo “para ver qué pueden pagar las partes”, explicó una fuente involucrada en la negociación.
Los porcentajes se aplican sobre los salarios vigentes al 31 de marzo 2018.
Cláusula de absorción
Los valores aquí establecidos, absorben y/o compensan hasta su concurrencia, los incrementos otorgados voluntariamente por los empleadores a cuenta de futuros aumentos o iguales conceptos desde enero 2018.
Caso práctico
En el presente articulo para una mejor comprensión del acuerdo, desarrollaré un breve caso práctico de la liquidación de Abril 2018.
- Quincena: primera de abril 2018
- Zona: A
- Categoría: medio oficial
- Valor hora: $ 80,47
- Jornada: 8 horas de lunes a viernes
- Horas 1° quincena: 72 horas
- Afiliado al sindicato: No
- CCT: 76/75
Modelo recibo UOCRA
1° quincena Abril 2018
Detalle conceptos | Unidades | Haberes | Descuentos | |
Sueldo básico | 72 | 5.793,84 | ||
Asistencia Perfecta | 20% | 1.158,77 | ||
Pago feriado | 772,51 | |||
Jubilación | 11% | 849,76 | ||
Ley 19032 | 3% | 231,75 | ||
Obra social | 3% | 231,75 | ||
Aporte solidario UOCRA | 1,5% | 115,88 | ||
7.725,12 | 1.429,15 | |||
Total a pagar | $ 6.295,97 |
Sueldo básico: $5.793,84
Surge del multiplicar las horas trabajadas en la primera quincena por el valor de la hora de la categoría:
72 x 80,47 = 5.793,84
El valor hora ya tiene incluido el 10% de aumento pactado para abril mencionado más arriba. La base de cálculo del aumento es marzo 2018.
- Valor hora Marzo 2018: $ 80,47
- Valor hora Abril 2018: 73.16 x 1.10 = $ 80.47
Pueden descargar las escalas completas en el siguiente enlace Escalas UOCRA 2018.
Asistencia Perfecta: $1.158,77
El artículo 52 del CCT 76/75 de la UOCRA establece que el trabajador que registre asistencia perfecta en la quincena se le abonará un adicional equivalente al 20% del salario básico que le corresponda a la categoría en la cual se encuentre desempeñando sus tareas.
Cálculo:
6.437, x 20% = 1,158,77
Pago de día Feriado: $772,51
En el caso de trabajadores por jornal, ya sea por día o por hora, el pago del feriado se debe abonar el día o la cantidad de horas que normalmente trabaja es día.
En nuestro, como es un empleado que trabaja 8 horas por día, el calculo es el siguiente:
8 x 80,47 x 1,2 = 772,51
Donde 8 son las horas trabajas habitualmente, 80.47 el valor hora y le sumo el 20% del presentismo. Una alternativa válida, sería solo calculara el valor de las 8 horas y calcular sel presentismo sobre el total de horas trabajadas y por feriado, en definitiva el resultado final es el mismo.
En el caso de que hubiera trabajado el feriado, se paga el día más otra cantidad igual, es decir que se paga doble.
Descuentos
Sobre el total de haberes, se retiene:
- Jubilación: 7.725,12 x 11% = $ 849,76
- Ley 19.032: 7.725,12 x 3% = $ 231,75
- Obra Social: 7.725,12 x 3% = $ 231,75
- Aporte extraordinario UOCRA: 7.725,12 x 1,5% = $ 115,88
Aporte extraordinario UOCRA
Los empleadores deben retener en concepto de Aporte Extraordinario y Solidario UOCRA, el 1.5% de los salario del trabajador sujeto a aportes y contribuciones, por el lapso de 6 meses contados desde el devengado de abril 2018. En el caso de trabajadores afiliados al sindicato, el monto de la cuota sindical (2.5%) absorve el mencionad aporte extraordinario.
Por lo tanto, la retención sindical es:
- 1.5% para no afiliados no afiliados
- 2.5% para afiliados al sindicato
Andrea dice
Hola Ignacio una consulta, la obra social de un empleado de Uocra se calcula sobre 176 horas mas el presentsimo, el Sac hay que tenerlo en cuenta para este calculo, o solo se calcula el sueldo de 176 horas.
gracias
Celeste dice
Ignacio,tengo esta situación: el empleador dio de baja unilateralmente al empleado, no le asignó mas tareas, no le envió telegrama de despido y el empleado hace un año que viene presentándose a reclamar la liquidación final y no se la entregan, por otro lado el empleador emitía recibo mensual donde figura menos cantidad de horas trabajadas, sin asistencia perfecta, categoría errónea , más recibió SAC, ni vacaciones, ni bonos ni mucho menos el pago por feriados laborados, solo por todo concepto le pagaban $750.- por jornada laboral de 9 horas.-
La idea es enviar telegrama intimando a aclarar la situación laboral e intima a regularizar la registraciòn y abonar las diferencias salariales, la duda está en que al ser créditos laborales solo podríamos reclamar dos años para atrás respecto de las diferencias salariales, pero, respecto del tiempo pasado( casi un año sin asignación de tareas) sin que el empleado envíe intimación alguna jugaría en contra? lamentablemente el de buena fe espero un año yendo una vez por mes a solicitar su liquidación final sin respuesta alguna.-
Desde ya agradezco tu opinión.-
Maria dice
Muchas gracias Ignacio.
Saludos
Hola Ignacio. Gracias por todas tus respuestas. Tengo una duda. con UOCRA
Entiendo que para jornada parcial por ley la obra social se calcula sobre el mínimo de 176 hs. Pero si el empleado trabaja jornada completa y falta varios días en la quincena, el calculo para la obra social es el mismo? O solo aplica la ley de obras sociales para los empleados que trabajan media jornada.?
Muchas gracias.
si, es el mismo
Hola buenas tarde sulta. a mi me despidieron el 20 del mes de junio… quería saber lo que me tenían que pagar de liquidacion… como puedo saber???
Ignacio tengo una consulta sobre los días que tiene la empresa para cancelar sueldos quincenales? solo son 4 días habiles (¿no encuenta sabado o sí?) si son afiliados a este sindicato
El pago se efectuará una vez vencido el período que corresponda, dentro de los siguientes plazos máximos: cuatro (4) días hábiles para la remuneración mensual o quincenal y tres (3) días hábiles para la semanal.
Por ejemplo hoy 20 feriado se paga la 8 horas al 100%
Y luego por aparte te pagan 8 horas mas por el feriado
Un dia feriado se paga al 100% mas la 8 hora del feriado o como se paga soy montador
al 100%
Buen día, quería saber si el feriado cae fin de semana y no se trabaja, se debe abonar igual?
Si
HOLA, EN EL CASO DE LA CATEGORÍA SERENO , CORRESPONDE LIQUIDAR EL PRESENTISMO DEL 20 %
BUSCO PERO NO ENCUENTRO NINGUN MODELO DE RECIBO DE SERENO UOCRA MARZO 2019
gracias! espero puedas ayudarme
Hola me jodi la espalda y mí empleador no me puso x art me corresponde q me paguen las 8 hora y el presentismo
Buenos días Ignacio consulta, los días que un empleado de la construcción no pudo trabajar por lluvias deben figurar en el recibo como lo liquidaría. El presentismo queda intacto o se calcula un proporcional por los días trabajados. Espero su respuesta desde ya muchas gracias.
Consulta Ignacio … A mí nunca me pagaron la asistencia del 20% … Cómo sé que me corresponde ? Ya que siempre paso las 90 horas quincenales ….???
Buenos días Consulta si un trabajador de la construcción bajo el convenio 76/75 no hubiere trabajado toda la quincena o mes por disminución o falta de trabajos existe un monto mínimo que tengo que abonar según la ley?
Hola te respondieron si se debe abonar igual una cantidad minima de horas? Por ejemplo si la primera quincena no se trabajo porque no empezo la obra, se liquida por cero hs?ohay un minimo? Se agradece respuesta
Buen día! Consulta el día feriado se paga como si fuera domingo más el día feriado? O solo se paga día normal mas el feriado