Se acuerda el pago de una gratificación extraordinaria no remunerativa de $100.000, además del un 18.5% que pasará al básico del CCT 545/08.
La Federación Argentina de Entidades de la Construcción (UOCRA) y la Cámara Argentina de la Construcción (COMARCO) y la Federación Argentina de Entidades de la Construcción (FAEC), firmaron un acuerdo de revisión salarial 2023.
El acuerdo establece el adelanto del pago de la gratificación extraordinaria no remunerativa establecida en el artículo 3 del acuerdo de septiembre 2022, del 18.5%, para la rama PETROLERA de la UOCRA CCT 545/08.
De esta manera, se abonará una gratificación extraordinaria no remunerativa del 18.5% sobre los básicos de abril 2022.
En abril 2023, la suma no remunerativa pasará a ser remunerativa y formar parte de los salarios básicos de convenio.
Gratificación de $100.000
Además, se pagará una suma no remunerativa de $100.000 en un solo pago la segunda quincena de marzo 2023.
Nicolás Palacios dice
Hola! Es solo para petroleros y gas no?
No para construcción civil puede ser?
No sé si hay novedades por ese lado. Gracias
Alejandra dice
Estimado,
la gratificación de $100.000 sería para todas las categorías? El acuerdo está homologado ya?
Como quedarían las tablas?
Gracias, saludos.
Gabriela dice
Hola , a todos los empleados de la construcción les corresponde?
Joaquin dice
Buenos días, alguien sabe a que se refiere el convenio cuando habla de proporcionar el bono de 100.000,00? Entiendo que este acuerdo abarca el periodo 04/2022 a 03/2023 y por lo tanto las proporciones serían:
1. Trabajador que inicia en 04/2022 = 100.000,00 /12 x 12 = 100.000,00
2. Trabajador que inicia en 05/2022 = 100.000,00 /12 x 11 = 91.666,67
3. Trabajador que inicia en 06/2022 = 100.000,00 /12 x 10 = 83.333,33
4. Trabajador que inicia en 07/2022 = 100.000,00 /12 x 09 = 75.000,00
5. Trabajador que inicia en 08/2022 = 100.000,00 /12 x 08 = 66.666,67
6. Trabajador que inicia en 09/2022 = 100.000,00 /12 x 07 = 58.333,33
7. Trabajador que inicia en 10/2022 = 100.000,00 /12 x 06 = 50.000,00
8. Trabajador que inicia en 11/2022 = 100.000,00 /12 x 05 = 41.666,67
9. Trabajador que inicia en 12/2022 = 100.000,00 /12 x 04 = 33.333,33
10.Trabajador que inicia en 01/2023 = 100.000,00 /12 x 03 = 25.000,00
11.Trabajador que inicia en 02/2023 = 100.000,00 /12 x 02 = 16.666,67
12.Trabajador que inicia en 03/2023 = 100.000,00 /12 x 01 = 8.333,33
Alguien lo entendió así?
Desde ya, muchas gracias!
CLAUDIO ERNESTO OLIVA dice
Hola a mi tbn me dicen que asi es
Osvaldo dice
el acuerdo biene este mes de los 100 mil peso más un aumento de el 18xcieto
Andrés dice
Es verdad del bono
Dario dice
Buenas tardes… Cuando se va homologar este acuerdo??
Pedro dice
Que tan verdadera es la noticia… porque despues depende de cada empresa abonar
Dario Cordoba dice
Esto es oficial? No hay noticias en ningún otro lado por eso la pregunta
Francisco Dario Pelozo dice
Buendia es para todo el pais ?? O solo capital o Bs As???
Fernando dice
Corresponde la suma a todos los que estamos en la uocra cct 577/10 lo cobran también?
Armando Agustín Gómez dice
Hola buenas tardes!! Mi pregunta es quién o quiénes cobran los 100 mil no remunerativo ?? El empleado o el empleador ? Y como y cuando los cobra ?
Claudio dice
Hola Ignacio esto también sería para uecara?
Y los 100.000 sería obligaría que lo paguen?
O es opcional del patrón?
Gabriel dice
Buen día necesito asesoramiento sindical y legal por irregularidades en mi empresa!
Ezequiel dice
¿Es verdad, O puro cuento?