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UATRE: nueva escala salarial marzo, abril y mayo 2025 Agrarios

15 abril, 2025 Por Ignacio 42 comentarios

Índice de Contenidos

  • Aumentos :
  • 💰 Nuevas remuneraciones mínimas (sin comida y sin SAC)
  • Cuota de solidaridad gremial
  • Próxima revisión
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Nuevas escalas salariales para el personal agrario permanente desde marzo 2025 a mayo 2025.

La Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) publicó la Resolución 74/2025, donde se fijan las nuevas remuneraciones mínimas para el personal permanente de prestación continua en todo el país. Los nuevos valores rigen desde marzo hasta mayo de 2025, con actualizaciones escalonadas mes a mes.

Aumentos :

  • 3,8% marzo 2025
  • 2,2% abril 2025
  • 1% mayo 2025

💰 Nuevas remuneraciones mínimas (sin comida y sin SAC)

CategoríaMarzo 2025Abril 2025Mayo 2025
Peón general$773.254,28$810.558,66$828.764,25
Peón único$793.686,36$831.442,70$849.857,13
Especializado (ej. jardineros)$825.064,63$863.515,06$882.250,21
Tractoristas / maquinistas$861.333,91$900.512,00$919.617,12
Capataces$940.333,57$981.334,18$1.001.247,52
Encargados$991.956,20$1.034.098,27$1.054.539,25

📌 Además, se establece una suma no remunerativa por categoría para marzo y de $10.000 para abril.

Cuota de solidaridad gremial

A partir de esta resolución, los empleadores deberán actuar como agentes de retención de una cuota de solidaridad del 2% mensual sobre las remuneraciones de los trabajadores.

🔹 Esta cuota se deposita en una cuenta especial de UATRE
🔹 No aplica a trabajadores afiliados al sindicato
🔹 Vigente durante todo el período de la resolución

Próxima revisión

La CNTA se comprometió a reunirse nuevamente en mayo de 2025 para evaluar ajustes según la situación económica.

Resolución CNTyA 74/2025

UATRE-74 CNTADescarga

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Publicado en: Laboral Etiquetado como: CNTA, Resoluciones, Trabajadores Rurales, Trabajo Agrario, UATRE

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Angeles Escobar dice

    28 abril, 2025 a las 1:19 pm

    PARA SACARLO MEJOR

    Marzo/2025: 1,2% no remunerativo sobre el básico remunerativo de marzo/2025 + una suma fija no remunerativa de $20.000.-

    Abril/2025: 1% remunerativo sobre el básico remunerativo y no remunerativo de marzo/2025 + una suma fija no remunerativa de $10.0000.-

    Mayo/2025: 1% remunerativo sobre el básico remunerativo y no remunerativo de abril/2025. Dicho mes ya no tendrá sumas no remunerativas.

    Responder
  3. romina dice

    28 abril, 2025 a las 12:53 pm

    llame a uatre parana entre rios y me dijeron que ellos entienden que lo no remunerativo es solo para aportes y contribuciones a la seguridad social

    Responder
  4. Maria Rodriguez dice

    28 abril, 2025 a las 11:53 am

    Por qué la nota dice: “A partir de esta resolución, los empleadores deberán actuar como agentes de retención de una cuota de solidaridad del 2% mensual sobre las remuneraciones” si en las resoluciones anteriores siempre estuvo la aclaración de ese 2%???

    Responder
  5. Juan dice

    25 abril, 2025 a las 4:45 pm

    c

    Responder
  6. Julio Miño dice

    25 abril, 2025 a las 12:51 pm

    Buenos dias!: les consulto, sobre las sumas no remunerativas de marzo y abril, que concepto utilizan en el LSD? gracias. y Buen Fin de.

    Responder
  7. Claudia Albornoz dice

    25 abril, 2025 a las 7:30 am

    Buenos dias, sobre la suma no remunerativa se deben hacer aportes y /o contribuciones a la obra social y al sindicato? – se liquida antiguedad sobre esta suma ?
    Gracias

    Responder
  8. ADRIANA dice

    24 abril, 2025 a las 12:31 pm

    Hola hoy consulte con la comisión Nacional y me dicen que las sumas no remunerativas de marzo y abril no tienen deducciones, por lo tanto se pueden pagar durante el mes de abril y no afectarían la presentación del f .931.

    Responder
    • Juan dice

      25 abril, 2025 a las 4:09 pm

      Gracias.

      Responder
    • CArlos dice

      28 abril, 2025 a las 11:58 am

      Adriana donde tenes la posibilidad de consultar a la comision nacional?

      Responder
  9. Cristela Susana Devetter dice

    23 abril, 2025 a las 7:18 pm

    HOLA YA PRESENTE EL 931 SIN LAS REFORMAS, LO PUEDO RECTIFICAR? GRACIAS

    Responder
    • Juan dice

      25 abril, 2025 a las 4:09 pm

      Hola, te conviene realizar un ajuste e incluir el aumento en abril.

      Responder
      • Cristela Susana Devetter dice

        28 abril, 2025 a las 12:34 pm

        GRACIAS

        Responder
  10. Claudia dice

    23 abril, 2025 a las 9:54 am

    Es como que lo que dice la publicación no estaría coincidiendo con lo legislado.
    Esos porcentajes no sé de dónde salen, y en la escala publicada, el básico de marzo se mantiene igual.

    Responder
  11. Peter dice

    21 abril, 2025 a las 1:03 pm

    Buen dia, una consulta, hay que rectificar el F.931 ??? o se puede pagar en abril con las cargas sociales de Abril 2025. Consulto esto por que ya he tenido problemas con Renatea. Gracias

    Responder
    • Claudia dice

      24 abril, 2025 a las 10:52 am

      Generalmente, cuando se publican las escalan con efecto retroactivo (como es el caso), no se rectifica, sino que se liquidan junto con los sueldos siguientes con conceptos separados.
      Puede ser “Aumento no remunerativo marzo”.. en el mismo recibo de sueldo de abril o en otro recibo..
      En el F 931 se incluyen los conceptos actuales y los retroactivos, ya que los estaría tomando de LSD..

      Saludos.

      Responder
  12. Marcelo Fabian dice

    21 abril, 2025 a las 12:18 pm

    buen dia Ignacio
    el nuevo acuerto de la CNTA, lo correspondiente a los no remunerativos, llevan algun descuento de obra social y/o sindicato.
    gracias

    Responder
  13. Alejandra dice

    18 abril, 2025 a las 12:23 pm

    me parece que el porcentaje es abril 1% sobre básico de marzo más no remunerativo, y mayo 2,2% sólo sobre el básico de abril, según mis cálculos

    Responder
  14. Gustavo Merino dice

    17 abril, 2025 a las 10:02 pm

    Acá en San Rafael Mendoza osprera no tiene médicos pero el descuento lo asen iguial

    Responder
  15. Juan dice

    17 abril, 2025 a las 6:41 pm

    Sobre la suma no remunerativa se liquida ANTIGUEDAD, como en empleados de comercio.??? (No existe ninguna aclaración).
    Tampoco se aclara se aclara si llevan aportes y contrib. a la obra social y ART. Estimo que sí.
    Tampoco crearon un concepto en el LSD para pagar bien en caso que lleve RENATRE. Nuevamente se pagará por separado, debiendo trabajar aun más como todos los meses con estas liquidaciones.
    Nadie se preocupa por hacernos la vida mas fácil……………

    Responder
  16. Walter dice

    17 abril, 2025 a las 2:54 pm

    Buenas tardes, consulta el porcentaje sugerido en vuestro análisis de aumento (3.8 %) para marzo/25 no es coincidente en las diferentes categorías. Ej Peón General: 3,78% – Conductor Tractorista: 3,52% – Encargado: 3.22% ?? Están bien las Escalas o debemos esperar alguna rectificativa? Que aportes/ contribuciones alcanzan a las sumas no remunerativas incluidas en el acuerdo? Interpreto que solamente UATRE y ART. Aguardo comentarios por favor. Muchas gracias

    Responder
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