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Tratamiento laboral del feriado y los días no laborables, Jueves y Viernes Santo, la Pascua Judía (Pesaj), y el día de Malvinas.
Los feriados, días no laborables y feriados con fines turísticos están fijados por la ley ley 27399, en este artículo veremos el tratamiento laboral de los feriados y días no laborables de Semana Santa.
Días no laborables
Jueves Santo
El Jueves Santo es un día no laborable, al respecto la normativa laboral establece:
Día no laborable: La ley de contrato de trabajo 20744, establece que:
“En los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple.
En caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador.”
Por lo tanto, el jueves santo es un día no laborable, el empleador decide si se trabaja o no y en ambos casos se paga como día normal.
Pascua Judía (Pesaj)
Sólo para habitantes que profesen la Religión Judía, según lo dispuesto por el Art. 2 de la Ley 27.399, son días no laborables:
- Pesaj primeros días desde el sábado 27/03/2021 al atardecer hasta el lunes 29/03/2021 al atardecer.
- Pesaj últimos días desde el viernes 02/04/2021 al atardecer hasta el domingo 04/04/2021 al atardecer
En estos días, los trabajadores que no prestaren servicios devengarán remuneración y los demás derechos emergentes de la relación laboral como si hubieren prestado servicio.
Feriados Nacionales
Viernes Santo y Día por el Veterano de Malvinas
Este año tenemos la particularidad de que tanto el viernes santo es el día de 2 de abril, día del Veterano de Malvinas. Según la ya mencionada ley 27399, ambos días son feriados nacionales.
Para estos días, la ley establece que:
“En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo.
En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.” (LCT 20744 art. 166). Es decir que se paga doble.
En resumen, el tratamiento laboral de semana santa sería:
Fecha | Tratamiento | Días | Conmemoración |
---|---|---|---|
27 al 29 de Marzo | No laborable | Sábado a Lunes | Pesaj |
2 al 4 de Abril | No laborable | Viernes a Domingo | Pesaj |
1 de Abril | No laborable | Jueves | Jueves Santo |
2 de Abril | Feriado | Viernes | Viernes Santo y Día del Veterano de Malvinas |
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Diferencias entre Día Feriado y Día No Laborable
miguel dice
se liquida un feriado solo o se liquidan dos
gabriel dice
Buenos días, el viernes 2 de abril que es un feriado doble, se debe pagar el valor de 1 feriado o se debe pagar los 2 feriados por ese mismo dia, Gracias.
alberto dice
buenas tardes el domingo 4 de abril pascuas es laborable para el personal publico
Lilian Franco dice
hola mi jornada laboral es de sabado a lunes inclusive de 09:00 a 21:00 hs se me paga simple
Este domingo de pascua es feriado para q se me pague doble Graciaa
Johanna dice
El 01/04/21 que es jueves Santo y día no laboral, si el empleador decide que se trabaja ¿se toma como 1er día hábil para el pago de sueldos o no?
El 01/04/21 es jueves Santo y día no laboral, pero si el empleador decide que se trabaja ¿se cuenta como 1er día hábil para el pago de sueldos? ¿o no? Es decir, ¿se debe pagar si o sí el miércoles 07/04 o el jueves 08/04 que es el 4to día hábil?
Para la UOCRA, el domingo de Pascua es feriado? O se paga como domingo?
¿Debo pagar como si fueran dos feriados o al caer en el mismo día se la paga una sola vez?
Gracias
sólo uno
como se paga el feriado si se trabajaron menos de 8 horas??
Tenés que pagarle como horas extras al 100% la cantidad de horas trabajadas
En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.” (LCT 20744 art. 166). Es decir que se paga doble.
Salvo que el CCT disponga el pago como horas extras