El aumento deberá pagarse en dos cuotas: una de 20% que empieza a correr este mes y otra de 10% a partir de enero. También fijó el valor mínimo de la hora de trabajo
La Resolución 1062 publicada este jueves estableció además que el personal con retiro abarcado en esa categoría – que incluye “tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar”– deberá percibir $30 por hora de trabajo este año y $33 a partir del 2015.
El sueldo mínimo de empleadas de casas particulares, niñeras y caseros, entre otros, subirá 30% en los próximos meses. A través del Boletín Oficial, el gobierno nacional fijó hoy un aumento de 20% a partir del 1º de septiembre de 2014 (a pagarse desde este mes) y otro de 10% a partir del 1º de enero de 2015.
De esa manera, aquellas personas que trabajen en limpieza y tareas generales del hogar con retiro después del horario laboral cobrarán $3.864 a partir de este mes y $4.186 desde enero, mientras que quienes lo hagan sin retiro percibirán $4.296 y $4.654, respectivamente.
El incremento fue fijado de manera unilateral por el Ministerio de Trabajo de la Nación debido a que aún no está conformada la comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares prevista por la Ley 26.844 para que se lleven a cabo ese tipo de negociaciones. La resolución que lleva la firma del ministro Carlos Tomada establece además que los aumentos “serán de aplicación en todo el territorio de la Nación” sin excepción de ningún tipo.
Asimismo, a partir de noviembre habrá que pagar una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) para todo el servicio doméstico. El costo irá de los $130 mensuales, fijados para aquellas personas que trabajen menos de 12 horas semanales a los $230 para aquellas que sean empleadas más de 16 horas semanales. Para quienes trabajen entre 12 y 16 horas por semana habrá que abonar $165.
CATEGORIAS Y REMUNERACIONES A PARTIR DEL 1° DE SEPTIEMBRE DE 2014El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo Personal con retiro Hora: $ 37 Mensual: $ 4740 Personal sin retiro Hora: $ 41 Mensual: $ 5280 2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo Personal con retiro Hora: $ 35 Mensual: $ 4404 Personal sin retiro Hora: $ 38 Mensual: $ 4902 3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. Hora: $ 34 Mensual: $ 4296 4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. Personal con retiro Hora: $ 34 Mensual: $ 4296 Personal sin retiro Hora: $ 37 Mensual: $ 4788 5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Personal con retiro Hora: $ 30 Mensual: $ 3864 Personal sin retiro Hora: $ 34 Mensual: $ 4296 ANEXO 2 CATEGORIAS Y REMUNERACIONES A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2015El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo Personal con retiro Hora: $ 40 Mensual: $ 5135 Personal sin retiro Hora: $ 44 Mensual: $ 5720 2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar, dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo. Personal con retiro Hora: $ 38 Mensual: $ 4771 Personal sin retiro Hora: $ 42 Mensual: $ 5311 3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo Hora: $ 36 Mensual: $ 4654 4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. Personal con retiro Hora: $ 36 Mensual: $ 4654 Personal sin retiro Hora: $ 40 Mensual: $ 5187 5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar Personal con retiro Hora: $ 33 Mensual: $ 4186 Personal sin retiro Hora: $ 36 Mensual: $ 4654
Anónimo dice
la incorporacion de la ART es desde noviembre que se paga en diciembre o bien desde octubre que se paga en noviembre? no esta claro
Gracias
Buen día Ignacio, me comunico con ud. porque no tengo claro como proceder con el tema de la ART para los empleados de servicio domestico. Sólo se menciona que es a partir de noviembre de 2014 y el costo pero no como se instrumentará en el sitio web de AFIP (será igual que un alta de empleado e relación de dependencia?)
Espero su respuesta. Gracias!
Reverendos desubicados por no decir otra cosa!!!
Me tienen podrido!!!! a partir del "1º de septiembre". Dejense de joder! que les cuesta hacer las cosas a tiempo.
Ya envie los formularios a cada cliente. Podrido me tienen!!!!! cansado de estas cosas a destiempo. Y despues uno tienen que salir a explicarles a los clientes que no es que el contador se olvido sino que los mamarachos sindicalistas, etc son un desastre formulando escalas salariales
si te consuela, yo llame al ministerio 1 semana antes de que saliera, y me contestaron que por el momento no, que seguro antes de fin de año, pero no en septiembre, imaginate cuando lo lei en octubre, los queria matar!!!
Hola Ignacio, buenos días. Quería consultarte cómo calcular el sueldo de una persona que trabaja 3 veces por semana 6 hs por dia. Tomo el valor de $ 30 la hora (cat 5 con retiro).
gracias!
Hola Ignacio, buenos días. Quería consultarte cómo calcular el sueldo de una persona que trabaja 3 veces por semana 6 hs por dia. Tomo el valor de $ 30 la hora (cat 5 con retiro).
gracias!
hola queria saber si es un familiar directo y se inscribio igual, no hay alguna nota o alguna forma para poder seguir la relacion laboral?
Se veía venir esta medida, junto con el aumento de las cargas sociales y la ART ojalá no provoquen mayor precarización…Saludos, German, de Balvanera