Aquellos empleadores que figuren con estado “habilitado” desde el “devengado febrero de 2010” en la “Autopista de Servicios,” quedarán incorporados al sistema y sólo deberán presentar ante la ANSES la documentación establecida en los puntos 6, 7 y 8 del Capítulo I de la Resolución D.E.-N Nº 292/08 si cuentan con trabajadores con derecho al cobro de asignaciones familiares.
“La consulta por Número de CUIT en la página Web de ANSES de las empresas alcanzadas por la presente Resolución resulta elemento de notificación suficiente para la incorporación automática de las mismas al SUAF.” dice la resolución.
Los empleadores incorporados al SUAF, no podrán, en ningún caso, abonar las asignaciones familiares a través del Sistema de Fondo Compensador. Se debe tener en cuenta que para que la ANSeS pueda liquidar las asignaciones correspondientes, es necesario que el empleador informe los datos familiares de sus empleadores en el servicio “Mi Simplificación” de la página de la AFIP.
Texto de la Resolución 496/09 – ANSES
ASIGNACIONES FAMILIARES – Aprueba la incorporación al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF) de empresas que se encuentren en el Sistema de Fondo Compensador
B.O. 08/01/10
Resolución 496/2009
Apruébase la incorporación al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF) de empresas que se encuentren en el Sistema de Fondo Compensador.
Bs. As., 30/12/2009
VISTO el Expediente Nº 024-99-81214896-2- 790 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley Nº 19.722 de fecha 6 de julio de 1972, la Ley Nº 24.714 de fecha 2 de octubre de 1996, el Decreto Nº 1245 de fecha 1º de noviembre de 1996 y la Resolución D.E.-N Nº 292 de fecha 8 de abril de 2008; y
CONSIDERANDO Que en el expediente citado en el VISTO se tramita un proyecto de Resolución que tiene por objeto establecer la incorporación al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF) de empresas que a la fecha se encuentran encuadradas dentro del Sistema de Fondo Compensador.
Que la Ley Nº 24.714, instituye un régimen con alcance Nacional y obligatorio de las Asignaciones Familiares.
Que el Decreto Nº 1245/96 en su artículo 13 delega en esta ANSES las atribuciones de determinación, contralor, verificación e intimación, atinentes a los recaudos específicos, plazos y documentación requerida para la percepción de las prestaciones contempladas en el Régimen de Asignaciones Familiares.
Que la Ley Nº 19.722 instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.
Que el artículo 1º de la Resolución D.E.-N Nº 292/08 establece al “SISTEMA UNICO DE ASIGNACIONES FAMILIARES” (SUAF) como el sistema de control, validación, liquidación y puesta al pago de las Asignaciones Familiares en forma directa a través de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia de la actividad privada y beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia resulta procedente llevar a cabo la inclusión al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF) de empresas que se encuentren en el Sistema de Fondo Compensador de acuerdo a las modalidades establecidas en la presente.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Nº 43.576 de fecha de 21 de diciembre de 2009.
Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº 24.241, el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91 y el Decreto Nº 889/09.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º — Aprobar la incorporación al “SISTEMA UNICO DE ASIGNACIONES FAMILIARES” (SUAF), a partir del devengado febrero de 2010 de las empresas, que accediendo por Número de CUIT, a partir de enero 2010, figuren con estado “habilitado” desde el “devengado febrero de 2010” en la “Autopista de Servicios —Servicios Corporativos— Empresas Incorporadas al SUAF”, de la página Web de ANSES www. anses.gob.ar, las que sólo deberán presentar ante ANSES la documentación establecida en los puntos 6, 7 y 8 del Capítulo I de la Resolución D.E.-N Nº 292/08 si cuentan con trabajadores con derecho al cobro de asignaciones familiares.
Art. 2º — La consulta por Número de CUIT en la página Web de ANSES de las empresas alcanzadas por la presente Resolución resulta elemento de notificación suficiente para la incorporación automática de las mismas al SUAF.
Art. 3º — Una vez incorporada la empresa en SUAF, los empleadores y sus trabajadores deberán cumplir con las disposiciones establecidas en el Capítulo I de la Resolución D.E.-N Nº 292/08, según corresponda.
Art. 4º — Los empleadores incorporados al SUAF, no podrán, en ningún caso, abonar las asignaciones familiares a través del Sistema de Fondo Compensador desde el mes de su inclusión al citado Sistema, encontrándose inhibidos de compensar por pago de asignaciones familiares, a excepción de los casos contemplados en el punto 8 del Capítulo I de la Resolución D.E.-N Nº 292/08.
Art. 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
— Diego L. Bossio.
Anónimo dice
Buenos dias, Ignacio, mi nombre es Laura y te consulto referente al cobro de asignaciones. Mi marido actualmente trabaja en una empresa incorporada al SUAF y viene cobrando por deposito en cuenta las asignaciones. Mi empresa estarà desde Marzo-2010 habilitada para SUAF y anses depositara las asignaciones a los empleados con carga de familia. La consulta es : Tengo un sueldo mas bajo que mi marido y estaria bueno cobrarlo por mi lado para que el importe sea mas elevado por asig.fliar. Que tenemos que hacer nosotros empleados (mi marido y yo), o anses lo hace automaticamente? Gracias LAURA
Ignacio dice
POR FAVOR DEJAR UN NOMBRE PARA PODER CONTESTAR ADECUADAMENTE, GRACIAS.
Ignacio dice
Hola Laura Risso, buenos días. Si no están incluidas en el SUAF,no hay que hacer nada, solo verificar todos los meses para ver si la incluyen. La ANSES va incorporando todos los meses empresas al sistema. La otra forma de ser incorporado, es que se presente un pedido de reintegro de asignación familiar, en ese caso, al presentar el pedido, la empresa que da incorporada. Si no, lo que queda es esperar.
saludos!
Hola rosana de cba, si, puede ser en cualquier otra cuenta, o en una boca de pago, como ser el correo.
Si ya tienen otra cuenta, le tienen que pedir al empleador que les cambie la cuenta dentro de la página de la AFIP. Si no, tendrán que ir a la ANSES, para cambiar la cuenta.
hola igna soy rosana de cba. me podrias informar si puedo cambiar el lugar de cobro de las asignaciones familiares. me marido tiene una cuenta sueldo en el banco y nos hemos atrasado en el credito, el banco nos toma todo el sueldo y las asignaciones para cobrarse y no nos queda nada para comer. podriamos cobrar en el correo. desde ya muchas gracias, muy aclarador tu respuestas.
Hola Ignacio, muy buena la info que nos brindas, gracias!
Necesito consultarte sobre lo siguuiente (hace un mes trabajo en une studio contable) tenemos muchos clientes que no están incorporados en el SUAF, y otros tantos sobre los cuales en la página del anses me informan que ya están adheridos. La cosa es que no encuentro respuesta a mi duda (o no puedo interpretar las respuestas) en cuanto a los casos de empresas que aún hoy, a Febrero de 2010, no están en el SUAF..que debemos trámites hacer para incluirlas? Es obligatorio para TODAS las empresas?
Te agradecería me dieras una mano oara resolver el tema, que lo vengo postergando hace semans.
Gracias viejo!!! La verdad sos un mano derecha.
Hola! quiero saber que pasa si sos contratado y te cortan en noviembre y volves en marzo, es decir no estamos contemplados los contratados porque ni los operadores del 130 saben contestar y tampoco saben comunicarse con amabilidad.
HOLA IGNACIO SOY CARLOS,,FUI AYER A HACER EL RECLAMO X Q NO ME DEPOSITARON EL SALARIO Y ME DIJIERON Q FEBRERO LO COBRA MI SEÑORA X Q ANTES DE DARLE DE BAJA YA ESTABA DEPOSITADO,,YO COBRO RECIEN EN MARZO,,YO RECLAME X Q ESTOY EN BLANCO Y LA TENIAN Q HABER SACADO A ELLA,,PERO DICEN Q NO HASTA MARZO NO ME DEPOSITAN NADA..
IGUAL FALTA PLATA ,X Q MI SEÑORA EN ENERO SOLO COBRO 180 Y NOSOTROS COBRAMOS X TRES HIJOS..TENGO Q SEGUIR RECLAMANDO??? SOY EL Q TE HABIA ESCRITO ANTES..
HOLA IGNASIO SOY KAREN ,,NECESITO SABER EN Q LUGAR DE LA PAGINA DEL ANSES TENGO Q ENTRAR PARA SABER SI MI EX COBRA SALARIO FAMILIAR X MIS HIJOS..NO ASIGNACION UNIVERSAL ,EL Q ES A TRAVAZ DEL SUAF…
Carlos, te lo tienen que pagar a vos, porque trabajás en blanco, no encuentro motivo para que no te lo pague, insistí con el reclamo.
disculpa capaz no me exprese bien…seria q noviembre y diciembre no me lo van a pagar ,,es como q empiezo a cobrar en marzo lo de enero y eso no entiendo el x q…
carlos
gracias ignacio,,pero si ya fui y su respuesta fue esa,que enero y febrero no los cobro ,recien cobro en marzo lo de enero,,xq estan atrasados,,pero el tema es q este mes y el otro no voy a cobrar salario..yo creo q al darle de baja a ella ,igualmente a mi me lo tendrian q haber depositado es asi??
carlos
Si, en realidad no le debería haberle dado el plan a ella, porque vos estas en blanco, ya me comentaron varios casos así, si no te lo pagan , vas a tener que hacer un reclamo, porque el error es de ellos.
hola ignacio mira yo cobro salario familiar x el suaf,,desde junio ,,y este mes no me depositaron nada x q??? en el anses dicen q es x el cruze de informaciones..x q mi mujer estaba en el plan y este mes le dieron la asignacion,,ella igual fue a dar de baja ,,pero igual este mes no cobre nada me dijieron q en marzo me lo depositan..
soy carlos
Hola Valeria, si la empresa fue incorporada al SUAF, no hay nada que hacer, ahora cobrarás por el ANSES, si tenes cuenta sueldo te lo depositan ahí, sino tendrás que ir al banco o correo para cobrar.
Lo de los 5 meses, no es así, se tardan 2 meses, ahora en febrero pagan diciembre. Lo de la empresa con menos de 5 empleados, tampoco, eso no tiene nada que ver.
Buen día Ignacio, te molesto por lo siguiente, trabajo en una empresa y tengo 2 hijos, cobro las asignaciones familiares como fondo compensador, osea no tengo que ir al anses ni nunca tuve problemas con mi empleador para cobrarlas, me informaron que a partir de ahora las tengo que cobrar si o si por el anses, me tengo que inscribir, etc, hable con el anses y pregunte cuanto tiempo estaria tardando el tramite y me respondieron 5 a 7 meses, pero me dijeron que averiguara porque si la empresa tiene menos de 5 empleados pueso seguir cobrando como hasta ahora , sabes si es asi?o no me queda otra que morir en el anses? Muchas Gracias Ignacio por la informacion, siempre es muy clara y completa, muy buenoel blog, saludos,
Valeria