SMATA. FAATRA, CCT 27/1988. ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA A PARTIR DE MARZO DE 2015
El Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA) y la Federación Argentina de Asociaciones de Talleres de Reparación de Automotores y Afines (FAATRA) han acordado para la actividad regulada por el CCT 27/88.
El Acuerdo establece el otorgamiento de una suma fija y no remunerativa de $ 1.900 a abonarse de la siguiente manera:
– Con el pago del mes de marzo de 2015 se abonarán $ 400 ($ 200 por cada quincena);
– Con el pago de los meses de abril, mayo y junio de 2015 se abonarán $ 500 por mes ($ 250 por quincena).
El mencionado acuerdo, a la fecha, se encuentra pendiente de homologación.
Juan José Cruz dice
Hola Ignacio. Estará ya homologado este acuerdo?