Con fecha 7 de Junio de 2011 la Unión Obreros y Empleados Plásticos (UOYEP) y la Cámara Argentina de la Industria Plástica (CAIP) ha firmado un nuevo acuerdo de actualización salarial con relación a las retribuciones incluidas en el CCT Nº 419/05.
En el acuerdo suscripto se estableció lo siguiente:
PRIMERO: Ambas partes y los firmantes del presente acta, declaran que son integrantes en representación de las entidades nombradas precedentemente, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05, conforme a lo determinado en el Expediente Nº 1.252.511/07, de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Empleo, de fecha 17 de diciembre de 2007.
SEGUNDO: En ejercicio de su facultad negociadora, las partes que firman el presente acta convienen el régimen salarial de la aludida convención, por el período comprendido entre el 1º de Junio de 2011 al 31 de Mayo de 2012. Por Anexo I se acompañan los valores de los sueldos y salarios básicos que han de regir para dicho período.
TERCERO: A partir del 1º de Junio de 2011 se ha incorporado a los sueldos y salarios básicos de la Convención el 100 % de la suma no remuneratoria que se acordara por acta del 18 de mayo de 2010, respetándose las diferencias entre las categorías convencionales.
CUARTO: La bonificación por antigüedad contemplada en el Art. 6º del convenio, será liquidada sobre el salario o sueldo básico, de la categoría en la que revista el trabajador. En cuanto a los premios o incentivos que puedan existir en las empresas, los mismos se liquidarán conforme a los sistemas vigentes en cada una de ellas o en su caso, a los que surjan de acuerdos que se puedan negociar a nivel de las mismas, con las respectivas representaciones de los trabajadores.
QUINTO: A los fines de la liquidación de los haberes que correspondan por aplicación del presente acta, las partes ratifican en su contenido lo dispuesto por el Art. 25º de la convención, que será aplicable en cada caso en particular, conforme a las modalidades existentes en cada empresa.
Las partes se comprometen a elevar el presente acuerdo al Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Empleo a los fines de su homologación y registro.
Se transcribe en ANEXO I los salarios básicos vigentes que corresponden a los períodos pactados.
Anónimo dice
el tuli a mi me gustaria que el sendicato visite mas las fabricas y dialogue con los empleado y no acer arreglos con las patronales sin saber que es lo que los empleado nesesitan saber esto es en la plata no doy nombre pox que lamentablemente en este pais somos los primero en tener sanciones
el tuli a mi me gustaria que el sendicato visite mas las fabricas y dialogue con los empleado y no acer arreglos con las patronales sin saber que es lo que los empleado nesesitan saber esto es en la plata no doy nombre pox que lamentablemente en este pais somos los primero en tener sanciones
hola querria saber si me corresponde que me cambien el sindicato estamos con el gremio de la madera y en la madera trabajan 4 y 15 en injecciòn ay 7 maquinas 3 400 toneladas 1 de 800 toneladas 1 278 1 368 toneladas 1 200
hola quisiera saber algo:yo trabajo turnos rotativos ,mañana tarde y noche cuando cambio de tarde a noche salgo el sabado a las 23 hs y vuelvo a entrar a la empresa domingo a las 23 hs.yo quisiera saber si ese sabado me corresponde franco( porque no me lo dan)o tendria que cobrarlo al 100POR CIENTO GRACIAS.LUIS
Aprendan a laburar, y van a ganar lo que quieran!!
me gustaria que cada cada ves que aya paritarias,tomen cuenta los aumentos que hay en el consumo de la canasta vasica,porque cuando empezamos a cobrar el pequeño eumento logrado,ya no lo notamos por que nuestra canasta vale mas que 25 o 30% que pacta, en mi opinion tendrimos que ner un 60%de aumento para que nos quede un 30 o 40% libre en nuestros bolsillos,donde queda el resto del porsentge? en sus bolsillos y en el del gobierno,gracias habrasos
alguien me puede decir sí los únicos que cobran plus vacacional son los mensuales? gracias
HAY UN AUMENTO NO RENUMERATIVO POR 3 MESES M????
si alguien inteligennte iluminado por todos los dioses como o de donde sale el valor mensual del ultimo acuerdo porque quiero saber como hacen las cuentas o piensa nuestros delegados
Ignacio, te molesto porque ví varios articulos de la liquidacion de sueldos. Estoy liquidando las vacaciones de empleados mensualizados, como deberia liquidarle las vacaciones a personas que las comienzan por ejm el 16/01 y tienen 21 dias de vacaciones.
Que tengo que tener en cuenta para el sueldo de Enero y Febrero. Puede que salgan perjudicadas al liquidarselas no teniendo en cuenta los domigos como aclara el convenio?? que si se las liquido con dias corridos?? Cuanto seria el plus vacacional en un sueldo de 4220??
Gracias por el asesoramiento y muy bueno tu blog. Me sirvio de ayuda en muchas cosas legales y contables. MI MAIL ES [email protected]
si un empleado gana mas de lo que dice el convenio, los aumento que consigue el gremio como se liquidan. ¿sobre la categoría o sobre el sobre sueldo que tiene ?
En la página del sindicato, en escalas salariales, está el convenio firmado sobre el plus de din de año.
si a mi me confirmaron en la empresa q son 450 enero ,400febrero y 400marzo.y si alguien tiene mas informacion ? subanlan
hola a mi me dijeron en el sindicato q la suma q van a dar es de 450$ en enero,400$en febrero y 400$ en marzo pero todavia no tienen la fecha
alguien sabe algo de los mil pesos para enero? escuche algo no se q tan cierto sera, otra bicicleteada mas y van….. quien sabe cuantas..malditos hijos de puta