Varias han sido las consultas en estos últimos días sobre los nuevos básicos para Empleados de Comercio, ya que a partir de este mes de julio y hasta noviembre de 2011, se irán incorporando las sumas no remunerativas de los últimos acuerdos firmados por Comercio.
Pero hasta el día de la fecha, el gremio de comercio no las ha publicado aún. Desde el SEC, es poco y nada lo que informan, ya que supuestamente las listas se arman directamente en la Federación, pero desde FAECYS tampoco brindan mucha información, solo que están elaborándolas y en los próximos días se publicarían.
Esto es lo poco que se al respecto, y de esta manera respondo las numerosas consultas que me han llegado al blog y por supuesto, cuando tenga alguna novedad sobre el tema la publicaré.
Incorporación de Sumas No Remunerativas al básico
Recordemos que hasta el pasado mes de junio, la escala vigente era la correspondiente al mes de Junio de 2008. Pero, según lo establecido en los acuerdos de enero y junio de 2010, las sumas no remunerativas se irán incorporando a los básicos en forma escalonada y en dos tramos, uno para los “adicionales de los acuerdos anteriores” y otra para los “adicionales del acuerdo de junio”:
“adicionales de los acuerdos anteriores”:
Según el Acuerdo de enero de 2010, y confirmado por el de junio de 2010, las sumas remunerativas de los “acuerdos anteriores,” se deberá incorporar al básico en en 12 cuotas iguales a partir de julio de este año y hasta junio de 2011.
Tengamos en cuenta que las sumas que forman parte de los “adicionales de los acuerdos anteriores” son:
- 20% acuerdo abril 2008
- $100 acuerdo abril 2008
- $300 acuerdo abril 2009
- $100 acuerdo enero 2010
“adicionales del acuerdo de junio”:
Luego, a partir de julio de 2011, se incorporarán las sumas “adicionales del acuerdo de junio” al básico en 5 cuotas iguales a partir de julio de 2011 y hasta noviembre de 2001.
Tengamos en cuenta que las sumas que forman parte de los “adicionales del acuerdo de junio” son:
- 27% acuerdo junio 2010 (15% + 7% + 5% escalonado)
- $75 acuerdo junio 2010
En ambos casos, los acuerdos establecen que al incorporarse las sumas al básico, se “deberán incluir el monto equivalente a los aportes a cargo del trabajador. Ello tiene por finalidad permitir que el trabajador no sufra una merma en su ingreso real, y siga percibiendo en su salario de bolsillo el mismo monto que recibía cuando los conceptos le eran liquidados sin aportes, atento su carácter no remunerativo.”
Trabajadoras que gocen de la licencia por maternidad
También hay que tener en cuenta, que el acuerdo de junio también estableció que en el caso de trabajadoras que gocen de la licencia por maternidad prevista en el art. 177º LCT y concordantes, todas las sumas no remunerativas que debieren percibir al tiempo de inicio y transcurso de tal licencia, se transformarán desde ese momento en remunerativas, a todos los efectos.
Ignacio dice
Hola, yo te diría que lo consultes con un abogado laboral, es lo mas conveniente si estás pensando desvincularte de la relación laboral.
Y todo se puede usar como prueba en caso de conflicto
Anónimo dice
Hola Ignacio mi nombre es Santiago te cuento que trabajo de repositor externo en el rubro supermercados trabajo para una empresa pero soy empleado de una agencia estoy por desvincularme de la misma y queria saber si puedo mandar una carta a documento considerandome despedido por las siguientes causas:
sabados despues de las 12 no los pagan al 100%
reuniones de trabajo fuera del horario laboral
vieticos se pagan en negro y no figuran en recibo
hacer pedidos, tarea que creo no incluye mi categoria (repositor A)
aprovecho para consultarte cual es el sueldo basico de mi posicion y si los mail qie me envio la agencia todos estos años pueden servir como pruebas.
desde ya muchas gracias espero tu respuesta.
Ignacio dice
No entiendo la pregunta
ANONIMO….
Que pasa con las sumas no remunerativas de personas
mayores de 70 años y aquellas que tienen una enferme-
dad grave. Tomarán rapidamente estas circunstancias
o habrá que pedirle a Dios que nos qyude.-
Ok… esa era la duda… MUCHISIMAS GRACIAS!!!
Saludos.
No entiendo bien cual es la duda, pasa todo lo que está como no remunerativo a remunerativo, pero no por eso se tiene que adelantar el aumento escalonado
Hola Ignacio:
Hoy por hoy, le paso a remunerativo los acuerdos anteriores, más los $ 75.- más el 15% nada más.
El mes que viene, que se debe agregar el 7% acumulativo al 15% en vez de hacerlo no remunerativo, lo hago directamente remunerativo.
O se pasa ya todo el acuerdo del 2010 (27%) a remunerativo desde ahora y tiene el beneficio de cobrar más desde antes, en vez de que sea progresivo??
Muchas gracias y disculpá las molestias…
Hola Claudia, no entiendo la pregunta, si me la podés reformular, tal vez pueda ayudarte, gracias
CLarisima tu explicación Ignacio…Ahora me queda una duda, porque el aumento acutal del 15%, más los $75.- es ahora, pero va a terminar siendo el 27%, todo ese aumento se adelanta?? tiene ese beneficio la empleada?? o se pasa ahora el 15% más los 75% y después en cada mes que se produce el aumento del porcentaje no remunerativo en ese momento se convierte directamente en remunerativo con el "grossing up"??
Muchas gracias y disculpá las molestias…
Claudia
Hola Luis, la antiguedad puede estar en item por separado o incluido en el básico, eso depende de quien lo liquide, y de como publiquen la escala.
Con respecto a la diferencia con octubre, no debería haber diferencias, separado o junto, el total a pagar debería ser el mismo.
Hola Claudia, en el momento que la empleada comienza la licencia, todos los acuerdos pasan a remunerativos, es decir que lo que es en 17 cuotas (12 + 5) para los demás empleados, en este caso se acelera.
Hola Ignacio:
Te hago una consulta, sabés cómo se debe pasar los aumentos no remunerativos a remunerativos en el caso de una licencia por maternidad?
Te muestro un caso real. Una vendedora B (básico 1380.01) cómo se pasa, con los aumentos de "acuerdos anteriores" pasas todo como si ya hubiesen pasado las 12 cuotas? y con respecto al aumento del 2010 más los $75.- se pasan también con "grosing up" o los montos netos?
Muchas gracias.
Claudia
Hola Ignacio soy yo Luis nuevamente te molesto porque sos la única persona que puede ayudarme Soy categoría Auxiliar especializado A mi básico es de 1348.92 y quería saber si la antigüedad sale del básico es decir que me lo sacan y lo ponen como un ítem mas eso es correcto porque me parece que se suma al básico o no, porque sino para que es la tabla de antigüedad
Por otra parte en octubre de 2009 yo cobraba mas que ahora porque dicho básico me lo bajaron sumándole la antigüedad y todo es así que el neto a cobrar era mayor al de ahora eso es también correcto.
Como si fuera poco según me aviás dicho de antemano que debería cobrar 2450 pero como soy yo el que se paga el aumento ya que la empresa me paga en negro es solo al echo de el aguinaldo y de las vacaciones que recupero parte del dinero que nos roban a todos ya que nunca cobre mas de 2300 pesos es decir que me están sacando en algunos meses 150 pesos y hasta 290 Donde puedo asesorarme para ver si me están liquidando bien dicho recibo perdona toda la molestia pero sin vos no sabríamos que hacer muchas personas como nosotros en las empresas Muchas Gracias
Hola Luis, el básico de la categoría Auxiliar A es de 1328,19, supongo que tu categoría debe ser Personal Auxiliar especializado A, que ese si es de 1348,92.
Ahora la pregunta es, modificaron el básico, pero, el total a pagar es el mismo? o te disminuyó?
Con esa categoría y antiguedad, aproximadamente, deberías estar cobrando unos 2450 pesos, mas o menos, y teniendo en cuenta el último aumento.
Hola Ignacio soy Luis mi categoría es Auxiliar A mi básico es 1438.51 tengo una antigüedad de 16 años y cobro en mano 2168.50
Por otra parte dicho básico me lo bajaron en el mes de Junio a 1348.92
por lo que tengo entendido el básico no se puede modificar esto me lo han echo en varias oportunidades por ello te pregunto esta bien lo que cobro Desde ya muchas gracias Saludos
hola Maximiliano, si, podés reclamarlo.
Hola Luis, cual es la categoría?