La prórroga solo es para el uso de la factura electrónica, no para el el Régimen Informativo de Compras y Ventas. También se podrá seguir usando la factura en papel.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aclaró que los obligados a emitir comprobantes electrónicos deben cumplir el Régimen Informativo de Compras y Ventas en el IVA a partir de julio de 2015, ya que esta obligación es independiente de la posibilidad de seguir utilizando facturas manuales hasta el 31 de marzo de 2016.
Además, los contribuyentes que ya comenzaron a emitir facturas electrónicas a través de “comprobantes en línea” en la página de Internet de la AFIP, pueden volver a emitir facturas manuales hasta el 31 de marzo próximo, utilizando otro “punto de venta” en el sistema.
Estas aclaraciones fueron brindadas por la AFIP a la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce) en una reunión conjunta.
Situación de quienes siguen utilizando Facturas “A” en forma manual hasta el 31/3/2016.
Propuesta FACPCE: Dado que se ha extendido el plazo hasta el 31/3/2016 para utilizar la Factura Manual, debiera aclararse desde que mes debe cumplirse con el Régimen Informativo de Compras y Ventas, si desde Julio/2015 o desde Abril/2015 –comienzo de la Fc. Electrónica
Respuesta AFIP: El sujeto obligado a emitir Factura Electrónica por la RG 3749 debe cumplir con el Régimen Informativo de Compras y Ventas a partir de Julio de 2015.
Esta obligación de informar Compras y Ventas es independiente a la posibilidad que surge de la RG 3793, de seguir utilizando Facturas Manuales hasta el 31/03/2016.
Unknown dice
Ignacio, te envié un correo. Pero aprovecho este espacio para reiterar el problema con la planilla de Ventas ya que las Z el "aplicativo" las rechaza por "no coincidir el diseño"…Así como la de Compras funciona de maravillas y ayuda tanto cuando uno la compagina con la planilla contable, sería muy importante poder hacer lo mismo con la de Ventas y ahorrarse la carga manual de cada comprobante en el Registro. Agradecido desde ya. Adrián
Hola Ignacio; tengo una duda acerca del registro de compras y ventas en excel para trasladar al CITI COMPRAS- VENTAS, una vez cargadas las líneas que vienen completas del modelo original, las siguientes no trasladan los datos a los cuadros de alícuotas y comprobantes, es decir me permite cargar hasta el límite establecido en el modelo, ademas las celdas estan protegidas como hago para desportegerlas? Espero tu respuesta, muchas gracias!
Hola Ignacio tengo una duda
Recien vi esto:
1. Los contribuyentes que han comenzado a emitir Facturas Electrónicas por cualquiera de las opciones habilitadas para hacerlo, NO pueden volver a emitir facturas manuales, salvo en casos de fuerza mayor (facturas de resguardo).
2. La flexibilización hasta el 31/3/2016 dispuesta por la RG 3749, se fundamenta en las dificultades observadas para la implementación -en tiempo y forma- del régimen de Facturación Electrónica.
3. Los contribuyentes que no tuvieron inconvenientes en dar de alta el nuevo “punto de venta” en el sitio web Comprobantes en Línea, y pudieron emitir al menos una Factura Electrónica antes del 10/8/2015, debe continuar emitiendo Factura Electrónica para respaldar sus operaciones (para ellos no es la flexibilización de la RG 3749).
La FACPCE efectúo aclaraciones sobre la prórroga de Factura Electrónica:
La prórroga hasta abril de 2016 de la generalización de la generación del comprobante online NO ALCANZA a quienes ya comenzaron a facturar electrónicamente
Buen día, me surgió la inquietud de si la prorroga es para todos los Responsables Inscriptos, sin importar la actividad, o los que realizan una actividad especifica obligados por otras Resoluciones (caso de Contadores, Abogados, Constructoras) deben seguir usando el Regimen de Factura Electrónica. Muchas gracias.
Ignacio, una consulta. Un contribuyente que dio de alta al sistema de comprobantes en linea pero que aun no emitió ninguna factura (no lo utilizo) puede seguir con la factura manual? Que debe hacer para informar esto?