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Por inconvenientes técnicos en el sistema SIFERE WEB, la Comisión Arbitral extendió el plazo de presentación de declaraciones juradas y pagos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos hasta el 14 de enero de 2025.
La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18.8.77 emitió la Disposición 1/2025, mediante la cual se extiende el plazo para la presentación de declaraciones juradas y el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral (SIFERE) debido a problemas técnicos persistentes en el sistema SIFERE WEB.
¿Cuál es el nuevo plazo?
- Las presentaciones y pagos correspondientes al período comprendido entre el 26 de diciembre de 2024 y el 14 de enero de 2025 se considerarán cumplidos al 26 de diciembre de 2024.
¿A quién afecta esta medida?
- A contribuyentes bajo el régimen del Convenio Multilateral del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que utilizan el sistema SIFERE WEB para cumplir con sus obligaciones fiscales.
¿Por qué se extendió el plazo?
- Debido a inconvenientes técnicos en el sistema SIFERE WEB, que imposibilitan a los contribuyentes realizar las presentaciones y pagos en tiempo y forma.
Normas complementarias
Las jurisdicciones adheridas al Convenio Multilateral podrán dictar normas complementarias para adecuarse a esta disposición.
Disposición 1/2025
COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Ciudad de Buenos Aires, 02/01/2025
VISTO:
La Disposición de Presidencia N° 8/2024; y,
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición antes dicha, se tiene por cumplidas, en razón de verificarse inconvenientes técnicos para el uso del Sistema SIFERE WEB, las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral (SIFERE) desde el día 26 de diciembre de 2024 hasta el 6 de enero de 2025 inclusive, al 26 de diciembre de 2024.
Que, dado que continúan los inconvenientes técnicos para el uso del Sistema SIFERE WEB, que impiden cumplir con las presentaciones y pagos de los contribuyentes correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral (SIFERE), resulta necesario extender ese plazo para tener por cumplidas las presentaciones y pagos desde el día 26 de diciembre de 2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ARBITRAL DEL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por cumplidas al 26 de diciembre de 2024 las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral (SIFERE) desde el día 26 de diciembre de 2024 hasta el 14 de enero del corriente inclusive.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese la presente disposición a las jurisdicciones adheridas para que dicten, de corresponder, las normas complementarias de lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, y archívese.
Luis María Capellano
e. 06/01/2025 N° 245/25 v. 06/01/2025
Fecha de publicación 06/01/2025
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