Mediante la RG 4066-E, la AFIP extendió a 12 meses el plazo para fundamentar las razones que dan origen a la presentación de las declaraciones juradas rectificativas de aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social mediante las cuales se reduzcan los montos de dichas obligaciones.
Cabe recordar que, los empleadores que presenten declaraciones juradas rectificativas del formulario 931, mediante las cuales se reduzcan los montos de dichas obligaciones, resultando como consecuencia un saldo a favor del empleador en cualquiera de tales conceptos, deberán presentar Multinota fundamentando las razones que dieron origen a las mismas y solicitando la convalidación de los saldos a favor que resulten de dicha presentación.
Asimismo, deberán acompañar las constancias documentales respaldatorias de los hechos alegados y ofrecer, en su caso, las restantes medidas probatorias que hagan a su derecho.
Gabriela dice
Tengo que rectificar un F 931 de Enero 2017 por cambio de alicuota de ART en menos (nos notificamos un mes mas tarde que la alícuota había bajado). Mis dudas son las siguientes:
1) Si rectifico en menos y solo cambia la ART a pagar, es necesario presentar igualmente cumplir con los pasos que marca RG 4066-E para la convalidación de saldos (en cuanto a la presentación de la multinota dentro del plazo de un año)?
2) La DDJJ original 01-2017 fue presentada en SICOSS pero a partir del 12-2017 comenzamos a presentar los F931 en Su Declaración. La rectificativa la debo presentar en SICOSS como la original?