El 26 de mayo es feriado con fines turísticos, sumado al 25 tenemos un fin de semana largo.
Tengo muchas preguntas sobre este tema, y la respuesta corta es si! es feriado el 26 de mayo! Respuesta larga, a continuación:
El próximo feriado es el 26 de mayo, Feriado con fines turísticos, con las mismas características que el 25 de mayo y cualquier otro feriado nocional.
El decreto Decreto 764/2022,estableció los feriados con fines turísticos para el 2023, que son 3:
- 26 de mayo,
- 19 de junio y
- 13 de octubre.
Por lo tanto,
El viernes 26 de mayo (puente con el feriado del jueves 25 de mayo, Día de la Revolución de Mayo),
El lunes 19 de junio (puente con el feriado del martes 20 de junio, Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano)
El viernes 13 de octubre (fin de semana largo, de cuatro días, por traslado del jueves 12 de octubre -Día del Respeto a la Diversidad Cultural- al lunes 16 de octubre.
Pago del Feriado trabajado
Los feriados, se trabajen o no, son pagos, la ley establece que los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo.
En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual. Es decir que se paga doble.
Pago del Feriado no trabajado
En el caso de no trabajar un feriado, el empleado igual recibirá el pago de ese día. Pero en este caso, la forma de cálculo como los días de licencias por vacaciones.
Es decir que para el caso de los mensualizados, la determinación del valor día se hace en base 25. Lo que general un plus sobre el valor del día normal, lo que se conoce como “plus por feriado.”
Pero, recuerden que hay otra interpretación, que dice que se paga como día norma, es decir en base 30.
De todos modos, cualquiera sea la interpretación, el feriado es pago, se trabaje o no.
En el caso de personal a destajo, se tomará como salario base el promedio de lo percibido en los 6 días de trabajo efectivo inmediatamente anteriores al feriado, o el que corresponde al menor número de días trabajados.
Para el caso de remuneración variable, se tomará el promedio de los últimos 30 días trabajados con anterioridad al feriado.
Mariela dice
Hola, quisiera saber como se liquidan los 3 feriados de Mayo, el 1 de Mayo y 25 de Mayo no los trabaje, pero el 26 de Mayo si. Gracias
Guillermo dice
Hola, trabajé el viernes 26 de mayo, me corresponde un pago extra.
Soy empleado de comercio.
Gracias
Martin dice
Buenas consulta entonces.. yo empleado de gastronomicos hoy cobraria doble por trabajar?
Silvia dice
Hola quisiera hacer una consulta,mi empleador me puso en blanco trabajo 36 horas en una Librería hago apertura y cierre de local,manejo de caja etc y me entregó un recibo de sueldo ,para que de el alta de la Obra Social ,pero no dice lo que yo venía cobrando,me pueden decir cuánto debería ganar por 36 horas trabajadas y también el bono me lo pagó proporcional y me hice descuento. Gracias
Ignacio dice
Hola, 36 horas semanales es jornada completa
https://www.ignacioonline.com.ar/calculadora-empleados-de-comercio/