Cómo incluir el bono en el recibo de sueldo del servicio doméstico. Alternativas a tener en cuenta
Durante octubre se debe pagar la primera cuota de la asignación extraordinaria no remunerativa para el personal de casas particulares.
Ver el monto según las horas trabajadas
Sobre este tema, he recibido varias consultas sobre como incluir en el recibo de sueldos dicha suma, así que veamos algunas opciones.
Opción 1
Para quienes confeccionan el recibo mediante el recibo que brinda AFIP, se encuentran con el problema que AFIP no tiene un campo previsto para estas cuestiones, por lo tanto tenemos dos alternativas, una como se ve en la imagen, incluirlo como gratificación y aclarar la situación en observaciones.
También podría incluirse dentro del campo “Remuneración” y aclarar luego que incluye el pago del bono por X monto.
Sinceramente, no me me resulta conveniente esta alternativa, así que veamos las otras opciones.
ACTUALIZACIÓN
Hoy 30 de octubre, AFIP incorporó un nuevo campo llamado “otros” que se puede utilizar en lugar de “Gratificaciones.”
De todos modos el campo no editable, por lo tanto hay que aclarar el conceptos “observaciones”
Opción 2
La otra opción para incluir el pago de la suma no remunerativa, es dentro del Formulario 102 RT.
Para quienes ya pagan las remuneraciones del Personal Doméstico con este formulario, no es ninguna novedad, por lo tanto es solo hay que informar el detalle en “otros conceptos” con alguna leyenda similar a la que figura en la imagen abajo, indicando que concepto se está pagando.
Por lo tanto, quienes ya pagan usando este formulario, lo incluyen con el resto del sueldo y en el caso de quienes lo hacen con el recibo de AFIP y no quieren incluirlo como en la Opción 1, pueden usar este formulario para pagar el bono.
El campo de otros conceptos no es muy amplio, por lo que debemos resumir un poco el detalle, pero lo importante es informar que concepto se está pagando.
Opción 3
La otra alternativa, es hacer un recibo de sueldo en excel o por algún sistema de liquidación, donde podemos adecuar las descripciones y detalles con mas detalle.
Cualquier sea la opción elegida, lo importante es que quede claro que conceptos se están pagando en el mes y cumplir con la normativa que exige el pago de la suma extraordinaria.
Susana dice
Hola él bono le corresponde a las empleadas q no están en blanco
Valeria dice
Hola ,ingrese a trabajar el 14/10 ,me corresponde el bono?
Noemi dice
Buenas tardes una consulta yo estoy d licencia x maternidad ? Me corresponde cobrar el bono?
Ana dice
Hola es obligatorio que el empleador pague el bono?? El afip les comunica que deben pagar dicho bono??
Hola Ignacio, quería consultarte que pasa si se desvincula a la empleada domestica. ¿Como se descuenta el bono? Gracias!
Hola Ignacio yo soy empleda domestica estoy en blanco que puedo hacer si mi empleadorno paga el bono???
Hola a mi también me pasa lo mismo. No quieren pagar el bono. Yo fui al ministerio de trabajo y lo intiman a pagar, siempre protegiendome de no perder mi trabajo. Ya que los empleadores son los necio y están equivocados.
Tengo empleada domestica hace un mes, o sea solo le liquide septiembre, corresponde que pague el monto total del bono?
Hola quería saber si me corresponde el aumento y el bono de finde año ya q hace comencé el mes de octubre en negro y ahora el mes de noviembre ya me ponen en blanco,mi trabajo es cuidado de dos niñas.
Hola. Quería saber si una persona puede contratar a su hermana como empleada doméstica.
El trabajo sería efectivo y llevado a cabo en distintos domicilios.
Existe algún problema para contratar? Ya sea también para incluirla en el siradig?
Hola, no, está excluiodo en la ley:
b) Las personas emparentadas con el dueño de casa, tales como: padres, hijos, hermanos, nietos y/o las que las leyes o usos y costumbres consideren relacionadas en algún grado de parentesco o vínculo de convivencia no laboral con el empleador;
Hola Ignacio, muchas gracias por la información. En el caso 1, no me queda claro si el item gratificaciones va incluido en el recibo del período del mes de octubre o si corresponde incluirlo en el mes de septiembre (visto que el trabajo de octubre se paga en noviembre y el bono lo pagamos en octubre). Muchas gracias
yo lo incluiría en octubre
Hola Silvina, yo me comunique con el Sindicato de Casas Particulares y me dijeron que el bono se incluye en el recibo de Octubre.
Saluods
Ignacio, para una empleada que ingreso el 07/10, el pago de la suma no remunerativa , es proporcional?
Acaban de incorporar la opción “OTROS” en los Recibos de la web de AFIP.
Hola Ignacio. En el caso de un contribuyente que pague el recibo vía Afip, este puede generar el recibo del mes corriente por ese medio y el pago del bono aparte, en el F 102 RT?
Hola Ignacio! Yo liquido con el recibo de Afip por qué no sería conveniente esa opción? Gracias
Hola Laura, entiendo que se refiere a no incluir la suma bajo concepto remuneración y luego aclarar en observaciones . La idea es dejar expuesto la cifra de esta Resolución como concepto no remunerativo lo más claro posible teniendo en cuenta que el recibo de AFIP no contempla esta opción. Saludos!
Hola Ignacio, quería saber si hubo cambio en los aportes de las empleadas domésticas? ya que al colocar el mes 10 en el formulario me cambia los importes y no he visto aún que salieran los nuevos en la página.
Hola Gisela, Fijate que cambió la art (nuevamente) .
Menos de 12: $272.64 (ap: $55.91 cont $19.73 y ART $197)
de 12 a 16: $457.05 (ap: $103.59 cont: $39.46 y ART $314)
16 o más: $1230.55 (ap: $$689 cont $57.55y ART $484)
Saludos!
Hola! Donde pudiste ver los valores actuales?
¿Ya esta disponible el nuevo formulario?