Servicio Doméstico escalas salariales oficiales diciembre 2022, enero, febrero y marzo 2023 montos por hora y por mes.
En el día de hoy se publicó en el Boletín Oficial la resolución 6/22 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, que oficializa el aumento salarial para los meses de diciembre 2022 y enero, febrero y marzo 2023.
Resolución 6/2022
COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES
Ciudad de Buenos Aires, 07/12/2022
VISTO el EX-2022-129120067- -APN-DGD#MT, la Ley 26.844, el Decreto N° 467/2014 del 1° de abril de 2014, la Resolución N° 344 de fecha 22 de abril de 2020, del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Resolución N° 4 del 30 de agosto de 2022 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 4 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES (CNTCP), del 30 de agosto de 2022, de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES, se fijaron a partir del 1° de agosto de 2022 las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844.
Que mediante la Resolución 344 de fecha 22 de abril de 2020, del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en virtud de la Emergencia Sanitaria dispuesta, se estableció que para la celebración de audiencias y actuaciones administrativas en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, que sean necesarias para la continuidad y sustanciación de los distintos trámites en curso y/o que se inicien en lo sucesivo, se utilizarán las plataformas virtuales en uso y autorizadas por esta Cartera de Estado y/o cualquier medio electrónico que asegure el cumplimiento de la finalidad perseguida garantizando el debido proceso.
Que por la Resolución N° 5 de fecha 16 de noviembre de 2022 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES, se convocó para el día 24 de noviembre de 2022, a la citada COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES, a reunirse en la sede del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Av. Leandro N. Alem 650, piso 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y mediante plataforma virtual.
Que el artículo 18 y el inciso c) del artículo 67 de la Ley 26 844 asignan como una de las atribuciones de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES la de fijar las remuneraciones mínimas o recomposiciones salariales.
Que el artículo 68 de la Nº Ley 26.844 establece que la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES tiene competencias a los fines de mejorar las condiciones laborales establecidas en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
Que luego de un extenso intercambio de posturas, obran Actas de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares suscriptas en fechas 24, 25, 28 y 29 de noviembre de 2022, mediante las cuales las representaciones sectoriales de trabajadoras y trabajadores, empleadoras y empleadores y de los Ministerios integrantes de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES han acordado un incremento salarial total del veinticuatro por ciento (24%) no acumulativo sobre la escala salarial aprobada mediante Resolución CNTCP N° 4/22.
Que el incremento mencionado ut supra se hará efectivo de la siguiente forma: 1.- ocho por ciento (8%), a partir del mes de diciembre de 2022; 2.- siete por ciento (7%), no acumulativo, a partir del mes de enero 2023; 3.- cinco por ciento (5%), no acumulativo, a partir del mes de febrero del año 2023; 4.- el cuatro por ciento (4%), no acumulativo, a partir del mes de marzo del año 2023, con cláusula de revisión para el mes de marzo de 2023, con posterioridad a la reunión del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL.
Que en consecuencia los miembros de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES coinciden en fijar los nuevos valores de las remuneraciones mínimas para el Personal de Casas Particulares.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 18 y el inciso c) del artículo 67 de la Ley N° 26.844.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Fijar un incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844 conforme las escalas salariales que lucen como ANEXO (IF-2022-131380570-APN-CNTCP#MT) que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 1º de diciembre de 2022.
ARTÍCULO 3°.- Las adecuaciones salariales dispuestas por esta Resolución serán de aplicación en todo el territorio de la Nación.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.
Roberto Picozzi
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/12/2022 N° 100883/22 v. 12/12/2022
Fecha de publicación 12/12/2022
Silvia dice
Hola, podrias aclarar la liquidacion de los feriados de casas particulares cuando se trabaja por horas. Si no los trabaja. Gracias
Maria dice
Hola buenas tardes quisiera saber cuanto se cobra para cuidado de niños más limpieza x 4 horas de lunes a viernes.
Rodrigo A dice
Hola Ignacio, en general no comento, pero no queria dejar de agradecer mucho tu esfuerzo,
siempre me resulta útil todas las novedades y el la calculadora de sueldo de Servicio Domestico.
No siendo un profesional, resultan muy claros tus aportes para liquidar correctamente.
Cuando no actualizas la pagina quedo tecleando ja ja.
Que tengas unas muy felices fiestas.
Cordialmente,
Rodrigo de Neuquen
Ignacio dice
Hola Rodrigo, gracias
Tengo que actualizar la calculadora
juana Balborin dice
Hla yo ase 12 año q trabajo empleada estoy blanqueada me podria ayudar como ago para cobro el bono
Adriana dice
El bono para empleados privados que ganan menos de 180.000 ,corresponde a empleadas domésticas también?
Fanny Cristina Martinez dice
Una miseria, yo trabajo en varias casas 6 hs en una 5hs en otra 4hs en otra sumas y no te alcanza para una mierda una sola me tiene en blanco y no me corresponde el bono de 20000$ la verdad no entiendo un carajo, les dan bonos y más bonos a las que tienen hijos solo para cobrar la pensión les aumentan todos los meses la AUH ,les dan bonos a los que ganan más de 200000$ esto es joda???? YO TAMBIÉN QUIERO COBRAR MI BONO
Nancy dice
Yo trabajo de doméstica en 2 casa en negro podre cobrar algo o no
Roxana dice
Con todo respeto para usted que dise que cuida personas y que tendría que ganar más yo creo no menosprecio el trabajo de nadien pero yo cocino planchó lavo y hago limpieza y cuido dos chicos y en 5 horas tengo que haser todo eso no puedo pedir más que me paguen por porque nuestro sueldo es este y estoy agradecida por lo menos tengo un trabajo a la cual yo conozco muchas mujeres quedaron sin trabajo por la pandemia a la cual las dejaron porque los jefes nuestros no les podía pagar hay que dar gracias y ser agradecidos del trabajo que uno tenemos que la mayoría no lo tienen
Agustina dice
Hola como es el tema del bono de 20mil,yo trabajo en 3 casas y solo 1 me tiene en blanco
Sandra dice
Quiero saber cuánto tengo que cobrar por semanas tengo 24 hs trabajada .al mes 96 hs cuánto sería al mes .
Aura. Galeano dice
Buenas tardes y con todo respeto! Creo qe las cuidadora deben ganar bastante mas qe las empleadas domesticas! X qe aparte de cuidar el paciente se como su tutora. Aparte debemos limpiar cocinar y planchar! Yo soy acompañante terapéutico y trabajo de cuidadora! Y es una gran responsabilidad! Al paciente le agarra aveces con ul iones o sus estados de demencia senil etc! Y es mucha precion y responsabilidD! Ojo me encancanta cuidarla y contendría y mo.la dejo ace mucho qe estoy con eya y memoro gracias alos cuidados terPeuticos ! Peto es trabajo de 24 hrs! Abría qe tomar conciencia y ser empático el ttabajo de asistente geriatrico es x vocacion! Y lamentablemente muchas van x el sueldo pero ya qe tener vocación de servicio y ser buena cuidadora ! Yo aconsejaría como ley” se ponga cámaras en todas las casas donde ay adultos mayores !! Como ley! Es necesario! Gracias
flor dice
Se cobra sueldo completo a partir de 32 horas semanales de 24 a 31 se cobra proporcional .. menos de 24 es al valor por hora .
Maria victoria Ruiz dice
Buenas tardes!trabajo de lunes a viernes de 11hs a 17hs,35 horas semanales ,cuanto tendria q estar cobrando por mes
Mia dice
El aumento es una porquería porque yo trabajo 112 y es menos de lo que se ganaría en negro por hora porque te pasas todo el día en casa ajenas dejando a tus hijos y limpias la casa y cuidas de su niño y nunca aclaran que eso se paga aparte y te pagan una miseria que para el día a día no te alcanza para el kg de carne para ganar lo que dice ahí tenés que vivir en casa de ellos porque tenés que cubrir 192 horas y es injusto porque tenés que hacer de todo
María dice
El monto publicado es para 48 h semanales. Entre 24 y 47 h se calcula proporcional al de 48 h (una regla de tres).
Lo q no sé aclara es a partir de cuantas hs al día tiene q trabajar una empleada para ganar el sueldo básico de cada categoría???
Si no me equivoco, la jornada laboral es de 48 horas semanales para esos sueldos
Así mismo no coinciden el monto! Deberían aclarar por cuantas hs semanales.
A partir de 24 h semanales.
Ese sueldo es para las personas que trabajan de lunes a sábados 8 ha. Osea 48 hs semanales