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Servicio Doméstico: nuevas escalas salariales marzo 2019 con adicional 15%

9 abril, 2019 Por Ignacio 19 comentarios

Escala salarial con adicional del 15% a partir de los ingresos correspondientes al mes de marzo, que se pagan este mes

Servicio-doméstico-casa-particulares

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, dependiente del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación, y los representantes gremiales paritarios del sector del empleo doméstico acordaron el viernes una recomposición salarial adicional del 15% a partir de los ingresos correspondientes al mes de marzo, que se pagan este mes.

Esto se suma al tres por ciento (3%), que ya estaba pactado y era de cumplimiento en marzo 2019.

IMPORTANTE: LA ESCALA ES LA QUE PUBLICÓ EN GREMIO DE CASAS PARTICULARES. Y EL 15% ESTÁ CALCULADO DE MANERA ACUMULATIVA, POR LO CUAL EL INCREMENTO ES MAYOR AL 40% INFORMADO EN UN PRIMER MOMENTO. POR LO TANTO, ANTE LA DUDA, SE ACONSEJA ESPERAR LA RESOLUCIÓN.

CATEGORIAS Y SUELDOS BÁSICOS (MÍNIMOS) A PARTIR DEL 1° DE MARZO DE 2019 CON AUMENTO ADICIONAL DEL 15%

PRIMERA CATEGORIA CON RETIRO SIN RETIRO
SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. Hora: $124,50
Mensual: $15.584,50
Hora: $136,00
Mensual: $17.359,50
SEGUNDA CATEGORIA CON RETIRO SIN RETIRO
PERSONAL PARA TAREAS ESPECÍFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo. Hora: $117,50
Mensual: $14.478,50
Hora: $129,00
Mensual: $16.117,00
TERCERA CATEGORIA    
CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. Hora: $110,50
Mensual: $14.126,00
CUARTA CATEGORIA CON RETIRO SIN RETIRO
ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. Hora: $110,50
Mensual: $14.126,00
Hora: $124,50
Mensual: $15.742,50
QUINTA CATEGORIA CON RETIRO SIN RETIRO
PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Hora: $103,00
Mensual: $12.703,50
Hora: $110,50
Mensual: $14.126,00

El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

ADICIONAL POR ZONA DESFAVORABLE:

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

Paritaria 2019

Se estima que en mayo, se abrirán las paritarias de este año; para adecuar nuevamente los salarios.

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Publicado en: Servicio Doméstico

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Comentarios

  1. -
  2. Silvina dice

    28 junio, 2019 a las 4:29 am

    Los montos publicados corresponden a 48 hs semanales o a 44? NO SE SI TOMAN 8 HS DIARIAS INCLUYENDO EL SÁBADO O 8 HS DE LUNES A VIERNES Y 4 HS LOS SÁBADOS.
    SI LA EMPLEADA TRABAJA 20 HS SEMANALES CORRESPONDE EL PAGO PROPORCIONAL NO??.. LO QUE NO SE SI DIVIDIR POR 48 O POR 44

    Responder
  3. Edgardo Colombo dice

    18 junio, 2019 a las 7:03 pm

    Dime Ignacio de que página web sacáste las nuevas escalas salariales, debo hacer una liquidación por despido de TCP y el cliente empleador me pide me pide la fuente oficial de dicha escala. Me gustaría que respondas cuanto antes ya que hoy debo darle la respuesta al cliente, ya que mañana debemos ir a Morón por un acuerdo espontáneo.
    Gracias y perdón por el apuro.

    Responder
  4. Paula dice

    6 mayo, 2019 a las 2:28 pm

    Hola ignacio!
    Con cual MES BASE calculamos los aumentos? Porque los % no me dan correctos cuando los chequeo con los sueldos que establecen como oficiales..
    Gracias

    Responder
  5. María dice

    19 abril, 2019 a las 3:50 pm

    Hola Ignacio!! Yo trabajo 28 hs semanales y estoy ubicada en la 2 categoría. Estuve revisando mi liquidación mensual y me percaté q mi salario es en base a 112 hs mensuales… Mientras que en realidad son 126 las horas, teniendo en cuenta que el mes no tiene 28 días sino 30. Y mi liquidación siempre es el primer día hábil del mes. Mi consulta es : me corresponde reclamar que se me abonen esas 14 hs restantes??

    Responder
  6. Juana dice

    15 abril, 2019 a las 3:53 pm

    Hola Ignacio. Mi pregunta es. Trabajo 20 horas semanales cobro mensual me está pagando 10000 pesos sin viáticos. Tengo que reclamar aunque sea el sueldo mínimo o que me dice usted. Gracias

    Responder
  7. Marcrla dice

    14 abril, 2019 a las 10:07 am

    Hola Ignacio. Tengo una empleada sin retiro, correspondería a la 4ta categoría y comenzó a trabajar en enero de este año con un sueldo de 22000. Corresponde el aumento del 15%,? que viene a completar la paritaria 2018. O puedo esperar a las paritarias 2019 para aplicar aumento?
    Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      14 abril, 2019 a las 7:29 pm

      En ese caso no sería obligatorio porque le estás pagando mas que la escala

      Responder
  8. Jenni dice

    12 abril, 2019 a las 6:05 pm

    Hola yo trabajo por hora y me pagan y quiero saber si a mi me corresponde

    Responder
    • Ignacio dice

      14 abril, 2019 a las 7:25 pm

      Hola, si, te corresponde como a toda persona que trabaje bajo el régimen del servicio doméstico

      Responder
  9. ines dice

    12 abril, 2019 a las 12:25 am

    Trabajo 30 horas semanales hago tareas generales pero tbien tengo al cuidado de una niña de dos años cuanto seria mi salario

    Responder
  10. ANA dice

    11 abril, 2019 a las 5:45 pm

    Estimado Ignacio:
    Creo que ya es momento de internalizar que la denominación correcta es “Personal de Casas Particulares”…
    Obviamente son muchos años de llamar a estos trabajadores de otra forma,.. toda una cultura que cambiar!
    Pero por algo se empieza
    Creo que es importante el cambio de denominación, para tener en cuenta que “domésticos” pueden ser los “animales” y los “enseres”, pero no las personas..

    Un abrazo y felicitaciones por tu página!

    Responder
  11. Matilde dice

    10 abril, 2019 a las 12:10 pm

    Estimado Ignacio. A partir de qué jornada laboral recomendás comenzar a liquidar el sueldo por hora, en lugar de aplicar contrato a tiempo parcial? Me refiero a partir de cuántas hs semanales. Muchas gracias. Saludos cordiales.

    Responder
  12. Ieracitano, Susana dice

    10 abril, 2019 a las 9:30 am

    Cuanto serìa el sueldo de una empleada doméstica de cuarta categorìa con retiro que cumple 20 hs. semanales? y cuánto se paga la hora?

    Responder
  13. Ieracitano, Susana dice

    10 abril, 2019 a las 9:27 am

    Cuanto serìa el sueldo de una emp0leada doméstica con retiro, que trabaja 20 hs semanales con el último aumento incluido y cual es el valor de la hora.

    Responder
  14. GABRIELA dice

    9 abril, 2019 a las 3:46 pm

    BUENAS TARDES!! QUIERO SABER SI EN EL SERVICIO DOMESTICO EXISTE LA MEDIA JORNADA? OSEA 4HS POR DIAS DE LUNES A VIERNES, ESTO SE CONSIDERA MENSUAL O POR HORA?
    MUCHAS GRACIAS.

    Responder
    • Ignacio dice

      10 abril, 2019 a las 12:19 pm

      Hola Gabriela, la jornada parcial existe, por eso están loa valores por hora

      Responder
      • Matilde dice

        11 abril, 2019 a las 9:22 am

        No comprendo tu respuesta. Justamente el contrato de tiempo parcial se liquida sobre el básico de la categoría/48*(cantidad de hs semanales trabajadas), siempre que sean menores a 2/3 de la jornada completa. No sobre el valor hora unitaria. Nos podrías ampliar por favor?

        Responder
        • CONSTANZA CECILIA LAMMERTYN dice

          11 abril, 2019 a las 10:37 am

          No se debe hacer por hora, lo haces proporcional, pero desde las 32 hs semanales se paga jornada completa

          Responder
          • Matilde dice

            15 abril, 2019 a las 9:33 am

            Muchas gracias Constanza, las 32 hs semanales son los 2/3 a los que me referí. Mi pregunta que aún persiste es a partir de qué jornada semanal dejan de pagar proporcional a las 48 hs y comienzan a pagar por hora el tiempo trabajado. No he leído norma alguna que especifique este tema. En la Secretaría de trabajo me dicen que a partir de la media jornada, según una Disposición del Tribunal de Servicio doméstico, pero que no saben el número de disposición. Saludos

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