Cómo calcular el bono de fin de año para el servicio doméstico jornada completa y por horas.
Mediante el Decreto 841/22, el poder ejecutivo estableció el pago de Asignación no remunerativa por única vez para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado del:
- Régimen General de Contrato de Trabajo, en convenio Colectivo o fuera del Convenio
- Régimen de Trabajadores de la Construcción
- Régimen de Trabajadores Agrarios
- Régimen de Casas Particulares
El monto de esta Asignación no remunerativa, a la que llaman bono, es de $24.000 y como requisito, se aplicará a los trabajadores que perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos y excluyendo el medio Salario Anual Complementario, correspondientes al devengado en el mes de diciembre de 2022, inferiores a $185.859.
En el caso de Servicio Doméstico, las escalas de diciembre están muy por debajo de este monto, por lo tanto en todos los casos se pagará el bono.
Ahora, hay que tener en cuenta que el monto es proporcional en el caso de que la prestación de servicios de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal.
En el caso de servicio doméstico, la jornada legal es de 48 horas semanales, no de 40 como se informó por los medios de comunicación.
Sólo hace falta remitirse a ley 26.844 de servicio doméstico que en su artículo 14 inciso a) dice que la “Jornada de trabajo que no podrá exceder de ocho (8) horas diarias o cuarenta y ocho (48) horas semanales.”
Además, hay que tener en cuenta que:
Cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal (48 horas), las trabajadoras percibirán la asignación no remunerativa en forma proporcional, según las reglas generales en las leyes que les resulten aplicables de acuerdo a su modalidad de contratación.
Cálculo del Bono Servicio Doméstico: por hora y jornada
Ejemplo Jornada Completa
Por ejemplo, quienes trabajen 48 horas semanales, cobrarán el total de de los $24.000, quienes trabajen menos horas, cobrarán de manera proporcional.
También cobrarán los $24.000 completo, para trabajadores de la modalidad sin retiro.
Ejemplo trabajo por horas
En cambio, quienes trabajen, por ejemplo, 20 horas a la semana cobrarán $10.000 y quienes trabajen 4 horas por semana $2.000, en definitiva el pago es de $500 por cada hora trabajada en la semana.
A continuación, les dejo una tabla donde está calculado el monto del bono, según las horas semanales trabajadas. Para el cálculo tuve en cuenta el artículo 92 ter de la ley de contrato de trabajo sobre jornada parcial.
Sobre este último punto puede que no todos lo apliquen, pero entiendo que si debería considerarse. Recuerden que el artículo 92 ter LCT establece que:
- El contrato de trabajo a tiempo parcial es aquel en virtud del cual el trabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado número de horas al día o a la semana, inferiores a las dos terceras (2/3) partes de la jornada habitual de la actividad. En este caso la remuneración no podrá ser inferior a la proporcional, que le corresponda a un trabajador a tiempo completo, establecida por ley o convenio colectivo, de la misma categoría o puesto de trabajo. Si la jornada pactada supera esa proporción, el empleador deberá abonar la remuneración correspondiente a un trabajador de jornada completa.
Horas semanales | Bono |
---|---|
48 a 32 | $24.000 |
31 | $15.500 |
30 | $15.000 |
29 | $14.500 |
28 | $14.000 |
27 | $13.500 |
26 | $13.000 |
25 | $12.500 |
24 | $12.000 |
23 | $11.500 |
22 | $11.000 |
21 | $10.500 |
20 | $10.000 |
19 | $9.500 |
18 | $9.000 |
17 | $8.500 |
16 | $8.000 |
15 | $7.500 |
14 | $7.000 |
13 | $6.500 |
12 | $6.000 |
11 | $5.500 |
10 | $5.000 |
9 | $4.500 |
8 | $4.000 |
7 | $3.500 |
6 | $3.000 |
5 | $2.500 |
4 | $2.000 |
3 | $1.500 |
2 | $1.000 |
1 | $500 |
Ahora, ¿Qué sucede con las trabajadoras que no trabajan todas las semanas las mismas horas? Es decir que no tienen una jornada fija en la semana y la distribución de las horas no es uniforme.
Bueno, en ese caso podríamos tomar las horas del mes, y proporcionalo como hicimos en la tabla semanal. En tomaría 200 horas o 192 que beneficiaría más al trabajador.
Por ejemplo, si trabajó 64 horas en el mes, el cálculo sería 24.000 / 192 x 64 = $8.000
Adicionales zona y antigüedad
Sobre el monto del bono no se aplican los adicionales de zona desfavorable y antigüedad.
Plazo para el pago
La norma establece que el bono será abonado por los empleadores en el mes de diciembre de 2022.
Beneficio para empleadores
El artículo 7 del decreto 841/22 establece que tratándose de sujetos que revistan la condición de empleadores del “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares”, resulta deducible del Impuesto a las Ganancias.
Y aquellos empleadores no se encuentren alcanzados por la posibilidad de deducción prevista en el párrafo anterior, podrán solicitar el reintegro de hasta el 50% de lo abonado por este concepto, de conformidad con las condiciones y modalidades que establezca la AFIP.
¿Cómo informarlo en el recibo?
Se puede informar con el concepto “asignación no remunerativa por única vez Decreto 841/22” o abreviado, lo importante es dejar asentado en el recibo de sueldos que estamos pagando la suma establecida por el gobierno.
Gabriela dice
Hola bn día! Yo trabajo 6 hs semanales . Martes y jueves 3 hs desde hace 2 años en negro tengo derecho al bono proporcionalmente? Gracias
lorena dice
hola, como informo el bono en el formulario 102tr
mc dice
Consulto, porque de 32 a 48hs semanales se paga bono completo, por ejemplo, empleada que trabaja 40 horas semanales, no se deberia pagar $20000 de bono?
gracias
Adrian dice
si es asi como decis vos, el tema que el doctor tangalanga no explico un pequeño detalle…..Las empleadas domesticas no se rigen por la ley de contrato de trabjajo……..ok? sino por el “Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares”
o sea si trabaja 40 horas semanales se paga proporcional (como se liquida el suelo) en este caso el bono le corresponde 20 mil pesitos.
PD: y gracias que le dan bono!! este pais es un circo, decretan bono con la plata nuestra…..asi cualquiera.. en fin… no hay que tener nada y que se maten, asi desalientan al las personas.
MARIA dice
Si la empelada domestica trabaja como jubilada en relacion de dependencia y alli ya le pagan los 24.000.- tengo que pagarle ADEMAS la parte proporcional por trabajar en mi casa con retiro para distintos empleadores y asi cobrara 24.000 del primer empleador + 2000 del segundo empelador y asi …cobra de todos? 28000 o 40.000 pesos
Pero no se le puede exigir que muestre si lo cobro….. o no?
Se le debe pagar igual…. en cada casa donde trabaja por horas?
DONDE LEER PARA ASESORARME
MUCHAS GRACIAS
Uriel dice
Ignacio, hay que hacerle un recibo especial por el bono o se puede poner este concepto en el recibo del mes de Diciembre que se paga la semana que viene?
Marissa Fontana dice
Estoy de licencia por maternidad mi empleadora dice q no me corresponde q me lo pague está en lo cierto a donde me acesosro?
Maria dice
Hola quisiera saber para una empleda q trabaja in retiro los fines de semana le corresponde el bono completo???.
Gracias
Paula dice
Buenos días
Ya hice el pago mensual con el formulario con el aguinaldo pero desconocía lo del bono. Ahora cómo hago para que se registre el pago del bono? Muchas gracias.
Guillermo Valdemarin dice
Hola Ignacio,
Tengo una nueva trabajadora que inició la actividad el 12 de Diciembre; se contempla la antiguedad en este caso o se calcula siempre igual tomando las hs que trabajó en Diciembre?
excelente tus publicaciones gracias por la info.