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Servicio Doméstico: Cómo calcular el aguinaldo con Casos prácticos

25 junio, 2020 Por Ignacio 71 comentarios

Índice de Contenidos

  • ¿Cómo se calcula el aguinaldo?
  • ¿Cuándo se paga el aguinaldo al Servicio Doméstico?
    • Veamos algunos ejemplos
  • ¿Cómo calculamos el aguinaldo para el personal de Casas Particulares?
  • Casos prácticos
  • Recibo de sueldos
  • Pago proporcional del aguinaldo
    • Caso 1
    • Caso 2
    • Pago proporcional en el caso de Extinción del contrato.
    • ¿Cómo se calcula para el personal doméstico que trabaja por hora?
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

¿Cómo se calcula y cuándo hay que pagar el aguinaldo de servicio doméstico? Fecha de pago, calculo del aguinaldo proporcional.

Como calcular el aguinaldo servicio domestico
Créditos imagen: vectorcharacters

Los trabajadores y trabajadores de Servicio Doméstico también tienen derecho a cobrar el Sueldo Anual Complementario (SAC) o Aguinaldo. A continuación, un breve informe sobre las particularidades para liquidarlo.

Este mes los empleadores de trabajadores de servicio doméstico deberán liquidar el segundo medio aguinaldo correspondiente al semestre Enero-Junio.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

El régimen para el personal de casas particulares sancionado mediante la Ley 26.844 dispone que:

El cálculo del Aguinaldo será el 50% de la mayor remuneración mensual devengada, por todo concepto, dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.

¿Cuándo se paga el aguinaldo al Servicio Doméstico?

Para el caso de los los empleados bajo el Régimen de Casas Particulares, la fecha de pago del Aguinaldo difiere un poco de la establecida para trabajadores bajo la ley de contrato de trabajo, que cobran el aguinaldo el 30 de junio y 18 de diciembre de cada año.

En el caso de servicio doméstico, la fecha de pago del aguinaldo es la última jornada laboral de cada semestre,  Junio y Diciembre. Por lo tanto, la fecha puede difiere según cada caso en particular.

Veamos algunos ejemplos

Si una empleada de servicio doméstico prestara servicio de lunes a viernes, la fecha de pago sería el 30 de junio.

Ahora, si trabaja 3 veces por semana, lunes, miércoles y viernes. el pago del Aguinaldo deberá realizar el lunes 29 de Junio.

Y si solo trabajara los miércoles, deberá cobrar el aguinaldo el 24 de junio.

¿Cómo calculamos el aguinaldo para el personal de Casas Particulares?

Como vimos más arriba, el artículo 26 de la ley 26.844 establece que:

«El sueldo anual complementario consiste en el cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada, por todo concepto, dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.»

Entonces, la base de cálculo para el SAC será la mejor remuneración devengada en un semestre en forma mensual, teniendo en cuenta todos los conceptos, es decir tanto en dinero como en especie.

Como por ejemplo:

  • Salario básico.
  • Horas extras.
  • Adicionales
  • Remuneración en especie (por ejemplo, prestaciones por habitación).
  • Gratificaciones o adicionales.

Esto significa que los conceptos a tener en cuenta para la determinación de la base de cálculo del aguinaldo es amplia.

Sin embargo, hay algunos conceptos que no integran la base de cálculo, como Asignaciones familiares, sumas no remunerativas. 

Casos prácticos

Para este primer ejemplo, tomaremos el caso de una empleada que prestó servicios el semestre completo.

Los salarios devengados en el semestre son los siguientes:

EneroFebreroMarzoAbrilMayoJunio
EneroFebrero Marzo AbrilMayoJunio
16.60016.60017.15018.10017.78517.785

Como se puede apreciar, la mejor remuneración devengada es la de Abril, por lo tanto el aguinaldo será el 50% de esa remuneración, veamos:

18.100 x 50% =  9.050

Donde $ 9.050 es el aguinaldo del mes de diciembre.

Recibo de sueldos

En el recibo de sueldos deberemos incluir el pago del aguinaldo

Pago proporcional del aguinaldo

Cuando la trabajadora no preste servicios el semestre completo, se deberá realiza la determinación del Aguinaldo, teniendo en cuenta aquellos períodos del semestre que devengaron remuneración, por ejemplo:

  • Días trabajados
  • Licencia por vacaciones,
  • Licencias por enfermedad 
  • Otras licencias legales pagas.

En cambio, cuando la prestación de tareas sufrió suspensiones no merecedoras de remuneración, como por ejemplo:  

  • licencia por maternidad
  • licencias sin goce de sueldo

Estos períodos no se computarán como trabajados para el cálculo del aguinaldo y el mismo se deberá calcular de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado.

Se pueden dar dos casos, que preste servicios por tiempo mayor a un mes o por un tiempo menor a un mes. 

Veamos ambos casos:

Caso 1

Para este caso, se trata de una empleada que comenzó a trabajar en octubre, por lo que no trabajó todo el semestre.

Los salarios devengados son los siguientes:

EneroFebrero Marzo AbrilMayoJunio
00018.10017.78517.785

En este caso, debemos proporcionar el aguinaldo al tiempo trabajado en el semestre:

18.100 x 50% = 9.050

Donde 9.050 sería el aguinaldo por semestre completo, pero como solo trabajó 3, se debe proporcionar.

9.050 x 90/180 = $ 4.525

Donde 90 son los días trabajados en el semestre, 180 los días del semestre y $4.525 el SAC proporcional por tres meses.

El mismo cálculo deberíamos hacer si la empleada, por ejemplo, estuvo de licencia por maternidad o licencia sin goce de sueldo.

Caso 2

Para el segundo caso, se trata de una empleada que prestó servicios menos de un mes en el semestre.

JulioAgostoSeptiembreOctubreNoviembre Diciembre
                    –                      –                      –                      –                      –     17.785

En este caso, el el cálculo es más simple, se divide por 12 el total pagado en el mes:

17.785 / 12 = 1482,08

Donde 1.482,08 es el total del aguinaldo a pagar por esa fracción de mes trabajado.

Pago proporcional en el caso de Extinción del contrato.

También se debe proporcional el pago del Aguinaldo, en el caso de extinción del contrato de trabajo por cualquier causa (despido, renuncia, etc), la empleada/o o sus derecho-habientes, tendrán derecho a percibir la parte proporcional del mismo devengada en el respectivo semestre.

¿Cómo se calcula para el personal doméstico que trabaja por hora?

Para el caso de una empleada doméstica que trabaja y cobra por hora, el cálculo se lleva a cabo de la misma forma que para quienes trabajan mensualmente.

Entonces:

Se suman las horas trabajadas en cada mes, y el que resulte el de mayor remuneración se divide por dos para determinar el aguinaldo del semestre.

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Publicado en: Servicio Doméstico Etiquetado como: Aguinaldo

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Comentarios

  1. -
  2. Natalia dice

    30 junio, 2021 a las 4:20 pm

    Buenos días. ¿Se puede hacer un recibo aparte para pagar el aguinaldo desde la página de la AFIP?

    Responder
  3. Nicolas dice

    25 junio, 2021 a las 12:34 pm

    Buenas Tardes,
    consulta sobre el pago de aguinaldo.
    La ley dice que se abona el ultim dia habil del medio de Junio, pero la remuneracion se puede pagar hasta el 5to dia habil del siguiente mes. Que debe decir el recibo por el aguinaldo y el recibo por la remuneracion mensual ?

    Responder
    • Nicolas dice

      25 junio, 2021 a las 12:37 pm

      fe de erratas:
      La ley dice que se abona el último dia habil del mes de Junio.

      Responder
  4. Natalia dice

    22 febrero, 2021 a las 9:07 pm

    Hola buenas noches .quería consultar si lo que me están pagando esta bien . yo soy empleada domestica en mi resibo dice tarea generales trabajo 4 hs diarias de lunes a viernes .y ganó 16 mil por mes.

    Responder
  5. romina dice

    28 diciembre, 2020 a las 9:25 pm

    Buenas noches , si una empleada ingreso a trabajar el 26/10 como se calcula el Sac ? gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      2 enero, 2021 a las 12:44 am

      Proporcional

      Responder
  6. Mariela dice

    8 diciembre, 2020 a las 5:07 pm

    en el aguinaldo de servicio domestico, corresponde pagar aportes , contribuciones y art. En caso afirmativo en que proporción cada uno y como seconecciona el recibo de pago respectivo

    Responder
    • Ignacio dice

      8 diciembre, 2020 a las 10:31 pm

      Hola, se pagan los aportes y contribuciones mensuales como siempre, no hay adicionales

      Responder
  7. Adriana dice

    30 noviembre, 2020 a las 10:24 pm

    Clmkse calcula el aguinaldo de diciembre para una
    Persona que empezó a trabajar el 1 de diciembre 2 veces x semana 6 ha diarias

    Responder
  8. Noel dice

    27 julio, 2020 a las 7:55 pm

    Hola! estuve con licencia por maternidad en el primer semestre de 2020. Me tienen que pagar el aguinaldo proporcional a los 90 días trabajados. No me corresponden los 180 días?

    Responder
  9. Laralu dice

    15 julio, 2020 a las 1:25 am

    Hola soy empleada doméstica mi aporte figura como auxiliar de casas particulares.
    Querua consultar si aunque estoy cumpliendo la cuarentena obligatoria me corresponde cobrar el aguinaldo.
    Espero respuesta, gracias.

    Responder
  10. Eugenia Ghirardi dice

    6 julio, 2020 a las 6:22 pm

    Hola Ignacio, excelente material ! Soy adicta !
    Consuto: como actuar en esta situacion de cuarentena extendida en CABA y AMBA ?
    Se considera el tiempo no trabajado desde el 20 de marzo como tal, y se liquida aguinaldo proporcional por los meses de enero, febrero y los primeros 19 dias de marzo?
    Muchas gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      11 julio, 2020 a las 1:35 am

      Hola Eugenia, se liquida completo en ese caso.
      Hay discusión en el caso de suspensiones por el 223 bis, hay quienes que en ese caso lo liquidan proporcional y quienes lo liquidan completo, yo estoy entre estos últimos

      Responder
  11. ROXANA pumari Duran dice

    4 julio, 2020 a las 4:19 pm

    Hola buenas tardes una consulta yo trabajo 6 horas todos los días de lunes a viernes me pagan 12mil pesos ago todo estoy en la categoría 4 con la cuarentena igual trabaje asta estas fechas no me pagan el medio aguinaldo

    Responder
  12. Nancy dice

    3 julio, 2020 a las 2:56 pm

    Hola soy empleada doméstica hace 5años estoy trabajan ,me corresponde el aguinaldo ,ya que desde el 20 de marzo no me puedo presentar a trabajar por la pandemia ?

    Responder
    • Ignacio dice

      3 julio, 2020 a las 6:13 pm

      si, te corresponde

      Responder
  13. Paola dice

    30 junio, 2020 a las 11:34 pm

    Hola! En el caso de mi empleada el mayor sueldo es el de enero, porque debí liquidar el salario vacacional. Pero ese “adelanto” que es obligatorio realizar y reflejar en el recibo, hace que ahora el aguinaldo sea 40% mayor a lo que corresponde, si lo comparo con el sueldo de junio, que sería realmente el mayor del semestre. ¿Cómo se hace en este caso? Gracias desde ya!

    Responder
    • Alejandra dice

      28 junio, 2021 a las 10:04 pm

      Cómo se hace alguien puede responder si sabe?

      Responder
  14. RICARDO HECTOR SOLODUJIN dice

    30 junio, 2020 a las 11:49 am

    Hola una consulta, mi empleada domestica es jubilada y trabaja en mi casa, cobra su sueldo sin concurrir a su trabajo por el tema de la pandemia, la consulta es si se debe pagar igual el importe de la ART que es el unico pago que se hace a una empleada domestica jubilada. Gracias y saludos

    Responder
  15. Gloria dice

    28 junio, 2020 a las 9:41 pm

    Me dieron lisencia por maternidad desde 1 de mayo, soy empleada domestica, ase 3años que trabajo, el aguinaldo me lo tiene que pagar el empleador??

    Responder
  16. Veronica dice

    27 junio, 2020 a las 11:05 am

    Una consulta despues de 5 años travajo 5 dias semanales en blanco este año me bajo a 2 dias es legar q te cambien el resibo de sueldo si yo no firme nafa

    Responder
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