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Servicio Doméstico: Cómo calcular el aguinaldo con Casos prácticos

25 junio, 2020 Por Ignacio 71 comentarios

Índice de Contenidos

  • ¿Cómo se calcula el aguinaldo?
  • ¿Cuándo se paga el aguinaldo al Servicio Doméstico?
    • Veamos algunos ejemplos
  • ¿Cómo calculamos el aguinaldo para el personal de Casas Particulares?
  • Casos prácticos
  • Recibo de sueldos
  • Pago proporcional del aguinaldo
    • Caso 1
    • Caso 2
    • Pago proporcional en el caso de Extinción del contrato.
    • ¿Cómo se calcula para el personal doméstico que trabaja por hora?
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

¿Cómo se calcula y cuándo hay que pagar el aguinaldo de servicio doméstico? Fecha de pago, calculo del aguinaldo proporcional.

Como calcular el aguinaldo servicio domestico
Créditos imagen: vectorcharacters

Los trabajadores y trabajadores de Servicio Doméstico también tienen derecho a cobrar el Sueldo Anual Complementario (SAC) o Aguinaldo. A continuación, un breve informe sobre las particularidades para liquidarlo.

Este mes los empleadores de trabajadores de servicio doméstico deberán liquidar el segundo medio aguinaldo correspondiente al semestre Enero-Junio.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

El régimen para el personal de casas particulares sancionado mediante la Ley 26.844 dispone que:

El cálculo del Aguinaldo será el 50% de la mayor remuneración mensual devengada, por todo concepto, dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.

¿Cuándo se paga el aguinaldo al Servicio Doméstico?

Para el caso de los los empleados bajo el Régimen de Casas Particulares, la fecha de pago del Aguinaldo difiere un poco de la establecida para trabajadores bajo la ley de contrato de trabajo, que cobran el aguinaldo el 30 de junio y 18 de diciembre de cada año.

En el caso de servicio doméstico, la fecha de pago del aguinaldo es la última jornada laboral de cada semestre,  Junio y Diciembre. Por lo tanto, la fecha puede difiere según cada caso en particular.

Veamos algunos ejemplos

Si una empleada de servicio doméstico prestara servicio de lunes a viernes, la fecha de pago sería el 30 de junio.

Ahora, si trabaja 3 veces por semana, lunes, miércoles y viernes. el pago del Aguinaldo deberá realizar el lunes 29 de Junio.

Y si solo trabajara los miércoles, deberá cobrar el aguinaldo el 24 de junio.

¿Cómo calculamos el aguinaldo para el personal de Casas Particulares?

Como vimos más arriba, el artículo 26 de la ley 26.844 establece que:

«El sueldo anual complementario consiste en el cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada, por todo concepto, dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.»

Entonces, la base de cálculo para el SAC será la mejor remuneración devengada en un semestre en forma mensual, teniendo en cuenta todos los conceptos, es decir tanto en dinero como en especie.

Como por ejemplo:

  • Salario básico.
  • Horas extras.
  • Adicionales
  • Remuneración en especie (por ejemplo, prestaciones por habitación).
  • Gratificaciones o adicionales.

Esto significa que los conceptos a tener en cuenta para la determinación de la base de cálculo del aguinaldo es amplia.

Sin embargo, hay algunos conceptos que no integran la base de cálculo, como Asignaciones familiares, sumas no remunerativas. 

Casos prácticos

Para este primer ejemplo, tomaremos el caso de una empleada que prestó servicios el semestre completo.

Los salarios devengados en el semestre son los siguientes:

EneroFebreroMarzoAbrilMayoJunio
EneroFebrero Marzo AbrilMayoJunio
16.60016.60017.15018.10017.78517.785

Como se puede apreciar, la mejor remuneración devengada es la de Abril, por lo tanto el aguinaldo será el 50% de esa remuneración, veamos:

18.100 x 50% =  9.050

Donde $ 9.050 es el aguinaldo del mes de diciembre.

Recibo de sueldos

En el recibo de sueldos deberemos incluir el pago del aguinaldo

Pago proporcional del aguinaldo

Cuando la trabajadora no preste servicios el semestre completo, se deberá realiza la determinación del Aguinaldo, teniendo en cuenta aquellos períodos del semestre que devengaron remuneración, por ejemplo:

  • Días trabajados
  • Licencia por vacaciones,
  • Licencias por enfermedad 
  • Otras licencias legales pagas.

En cambio, cuando la prestación de tareas sufrió suspensiones no merecedoras de remuneración, como por ejemplo:  

  • licencia por maternidad
  • licencias sin goce de sueldo

Estos períodos no se computarán como trabajados para el cálculo del aguinaldo y el mismo se deberá calcular de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado.

Se pueden dar dos casos, que preste servicios por tiempo mayor a un mes o por un tiempo menor a un mes. 

Veamos ambos casos:

Caso 1

Para este caso, se trata de una empleada que comenzó a trabajar en octubre, por lo que no trabajó todo el semestre.

Los salarios devengados son los siguientes:

EneroFebrero Marzo AbrilMayoJunio
00018.10017.78517.785

En este caso, debemos proporcionar el aguinaldo al tiempo trabajado en el semestre:

18.100 x 50% = 9.050

Donde 9.050 sería el aguinaldo por semestre completo, pero como solo trabajó 3, se debe proporcionar.

9.050 x 90/180 = $ 4.525

Donde 90 son los días trabajados en el semestre, 180 los días del semestre y $4.525 el SAC proporcional por tres meses.

El mismo cálculo deberíamos hacer si la empleada, por ejemplo, estuvo de licencia por maternidad o licencia sin goce de sueldo.

Caso 2

Para el segundo caso, se trata de una empleada que prestó servicios menos de un mes en el semestre.

JulioAgostoSeptiembreOctubreNoviembre Diciembre
                    –                      –                      –                      –                      –     17.785

En este caso, el el cálculo es más simple, se divide por 12 el total pagado en el mes:

17.785 / 12 = 1482,08

Donde 1.482,08 es el total del aguinaldo a pagar por esa fracción de mes trabajado.

Pago proporcional en el caso de Extinción del contrato.

También se debe proporcional el pago del Aguinaldo, en el caso de extinción del contrato de trabajo por cualquier causa (despido, renuncia, etc), la empleada/o o sus derecho-habientes, tendrán derecho a percibir la parte proporcional del mismo devengada en el respectivo semestre.

¿Cómo se calcula para el personal doméstico que trabaja por hora?

Para el caso de una empleada doméstica que trabaja y cobra por hora, el cálculo se lleva a cabo de la misma forma que para quienes trabajan mensualmente.

Entonces:

Se suman las horas trabajadas en cada mes, y el que resulte el de mayor remuneración se divide por dos para determinar el aguinaldo del semestre.

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Publicado en: Servicio Doméstico Etiquetado como: Aguinaldo

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Comentarios

  1. -
  2. Carolina dice

    25 junio, 2020 a las 3:26 pm

    Yo salí de licencia en abril por maternidad como me tienen que pagar el aguinaldo?? Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      25 junio, 2020 a las 11:03 pm

      Si, proporcional

      Responder
  3. Pato dice

    25 junio, 2020 a las 3:11 pm

    Como voy a cobrar mi aguinaldo si mis patrones quebraron sus negocios, disminuyeron sus ingresos y me pagan el sueldo como pueden! Creo q es muy injusto todo lo q pasa.

    Responder
  4. Cintia dice

    25 junio, 2020 a las 2:27 pm

    Hola mi consulta es yo hace 4 años que trabajo como empleada domestica, estoy embarazada por lo que deje de trabajar desde que empezó lo de la pandemia, pero sigo cobrando el sueldo, me corresponde cobrar el aguinaldo? Y si fuera si como se computa lo que cobraria?

    Responder
    • Gabriela dice

      25 junio, 2020 a las 7:02 pm

      Sí, te corresponde, la mitad del mayor sueldo que hayas cobrado entre enero y junio de este año

      Responder
    • Andrea dice

      25 junio, 2020 a las 9:38 pm

      Si te corresponde cobrarlo, deben abonarte la mitad del mejor sueldo del primer semestre del año

      Responder
      • Emilia dice

        26 junio, 2020 a las 9:42 pm

        Hola Andrea una consulta cuanto me corresponde el sueldo yo trabajo de lunes a viernes 4horas. Me pagan catorce mil quinientos y me dicen que no me corresponde el aumentó hace 5 años que trabajo en la misma casa en si son 9 años en total. Porqué 4 años trabajé e negro.

        Responder
        • Lauralu dice

          15 julio, 2020 a las 5:45 am

          Es la mitad de tu sueldo o sea si ganas 14mil son 7 mil.
          (sueldo 14.500÷2=7250)
          Trabajas una hora menos por día que yo y ganas 500 mas.
          no se como arreglaste tu sueldo, yo llegue a los 14 con los aumentos que hubieron,creo que hubieron aumentos en noviembre (año anterior) y febrero (actual) pero no tuve más aumentos desde antes de noviembre.
          Me pagó la obra social, nunca llego ni un solo aporte a descontar, no tuve aguinaldo aún.
          Es complicado ser empleado doméstico. Ya estoy agotada de lo injusto que es todo esto. Hace valer tus derechos cuando se pueda, aunque sea necesaria cambiar de casa.

          Responder
  5. maria elena rodriguez dice

    25 junio, 2020 a las 11:15 am

    Me consultan si pueden pagar el aguinaldo en cuotas. esto está disponible para estos casos?

    Responder
  6. Julieta dice

    25 junio, 2020 a las 11:05 am

    Buen día Ignacio! Me podés indicar si en tu sitio hay un formato / modelo para autocompletar e imprimir un recibo de sueldo de domésticas y del sac? Gracias

    Responder
  7. julieta dice

    25 junio, 2020 a las 10:51 am

    como se paga a una domestica que trabaja por horas

    Responder
  8. ADRIANA dice

    25 junio, 2020 a las 10:40 am

    Buenos días, si un personal pronto cumple un año en su tareas, corresponde el pago por antigüedad y como se calcula.
    gracias

    Responder
  9. Florencia dice

    25 junio, 2020 a las 10:37 am

    Buenos dias, para el calculo del sac, se toma el semestre completo por mas que los trabajadores hayan estado suspendidos dos meses en marco al art. 223 bis? Varios gremios han dicho que si, comercio no responde….

    Responder
  10. Alberto dice

    25 junio, 2020 a las 10:36 am

    Insólito

    Responder
  11. Sandra dice

    25 junio, 2020 a las 10:08 am

    Hola las que estamos en negro trabajando de lunes a viernes 4 horas por día también nos corresponde el aguinaldo.hace tres años que trabajo así

    Responder
    • Mirian dice

      25 junio, 2020 a las 3:28 pm

      Me corresponde el aguinaldo ya que llevo trabajando desde septiembre del 2019 todos los días en doble turno y estoy en negro?

      Responder
  12. Vanesa dice

    25 junio, 2020 a las 9:57 am

    Me sumo a la.consulta anterior

    Responder
  13. Pedro Cofman dice

    25 junio, 2020 a las 9:53 am

    El cálculo es exactamente el mismo que para los empleados en relación de dependencia que se vieron obligados a no concurrir a sus trabajos por distanciamiento social o estar encuadrados en la excepción de concurrencia sea por edad, embarazo, cuidados de niños, etc. Debe tomarse el 50 % de la mejor remuneración del semestre y/o proporcional en caso de que ello ocurriera.

    Responder
    • Maria Florencia dice

      25 junio, 2020 a las 6:42 pm

      Tal cual !! es asi el trabajador de casas particulares, no concurre no porque media eleccion o licencia.

      Responder
  14. Liliana dice

    25 junio, 2020 a las 9:32 am

    Hola cómo se calcula en el caso que no trabajo por la cuarentena por distanciamiento social obligatorio? Gracias

    Responder
    • FLAVIA LORENA dice

      25 junio, 2020 a las 9:50 am

      si ha cobrado igualmente su salario se debe computar como trabajado.. y se calcula de forma normal

      Responder
    • Anto dice

      25 junio, 2020 a las 2:49 pm

      Lastima q nadie se ponga de lado d una empleada domestica qe son las q mas trabajan y muchos te tratan como un trapo x q no se paga la antiguedad.????

      Responder
    • Soledad rojas dice

      26 junio, 2020 a las 5:57 pm

      Trabaje 7 meses en negro hasta que empezó la cuarentena y ahora no me quieren pagar el aguinaldo

      Responder
  15. María del carmen dice

    25 junio, 2020 a las 9:29 am

    Como pagar el aguinaldo si desde marzo cobró y no trabajo por la pandemia.muchas gracias espero repuesta

    Responder
    • Gabriela dice

      25 junio, 2020 a las 6:59 pm

      Se paga igual, la mitad del mayor sueldo que haya percibido desde enero hasta junio inclusive

      Responder
  16. JORGE dice

    25 junio, 2020 a las 9:07 am

    Muchas gracias Ignacio!! Excelente Material.

    Responder
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