La Superintendencia de Seguro de la Nación y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), establecieron las alícuotas que deberá pagar los empleadores de personal de casas particulares bajo la ley 26.844.
Mediante resolución conjunta de la Superintendencia de Seguro de la Nación (SSN) y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), 38579 y 2265/14 respectivamente, se estableció el monto de las alícuotas para los contratos que vinculen a Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) con empleadores incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 26.844, sobre el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
Desde el próximo 3 noviembre los empleadores del servicio doméstico estarán obligados a contratar un seguro de riesgos del trabajo que cubra los eventuales accidentes que cumple tareas dentro de su hogar, el costo mensual del seguro, fue definido un esquema de aportes diferencial que los empleadores deberán pagar a las ART según la cantidad de horas trabajadas semanalmente por el empleado.
Así el pago mensual del seguro será de $ 130 en el caso del personal empleado hasta 12 horas por semana, llegará a $ 165 cuando trabaja entre 12 y 16 horas y alcanzará a $ 230 si desempeña tareas por más de 16 horas.
Las alícuotas definidas, que entrarán en vigencia a partir del 3 de noviembre de 2014, son las siguientes:
CUADRO TARIFARIOS PARA PERSONAL DE CASAS PARTICULARES:
Horas trabajadas semanales
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Alícuota
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Menos de 12 horas
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$ 130
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De 12 a menos de 16 horas
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$ 165
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16 horas o más
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$ 230
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Las alícuotas establecidas precedentemente se consideran premio final y podrán ser modificadas anualmente.
Anónimo dice
Consulta, si tengo que pagar $ 130 ART incluida por una empleada con menos de 6 hs. Aparte como aporte voluntario $ 35 por jubilación. Cuál es el importe que debo abonar como pago voluntario para que tenga acceso a obra social? No me queda claro cuál es ese valor. Gracias!
Buenas noches ignacio, me dijeron en una compañía de seguros que podia pagar con el f102 rt la art para mi empleada, sin elegir yo que el gob. me asignaba una y a loa 6 meses la podia cambiar, Es cierto, porque las art estan abarrotadas. de solicitudes
HAY ALGUNA INFORMACION SI EL PAGO HAY QUE HACERLO DESDE NOVIEMBRE CON VENCIMIENTO EN DICIEMBRE? Y SE HARA CON EL FORMULARIO 102 O BIEN CON EL 931? GRACIAS POR LA INFORMACION
AFIP va publicar un nuevo formulario, según la SRT sería el 102 RT
Gente, la verdad no tengan empleados domesticos y a limpiar la casa nomas! Un empleado en Blanco por 4 horas a la semana con cargas sociales sale muchisimo más, esto es seguir negando un derecho a los trabajadores. El que no quiera que no lo tenga! saquen a sus escobas a pasear gente!
Claro… pero los q contratamos empleados domesticos no somos empresas q obtenemos ganancias por nuestros empleados domésticos. Muchos somos empleados y q no nos queda otra q dejar con alguien el cuidado de nuestros hijos, justamente para poder salir a trabajar, con un sueldo q aumento un 30% y no un 368 % como aumentaron las cargas, pero me parece q deberían tener cuidado en este tipo de aumentos, porque lo q van a generar es q la gente q negree para no pagar estas cargas sociales.
Te hago una consulta, tal vez puedas ayudarme, cuanto es lo que corresponde pagar a una empleada que me cuida los chicos, trabaja de lunes a viernes de 11 a 15 hs (4 horas diarias) . gracias.
Te paso las escalas: http://www.ignacioonline.com.ar/2014/10/personal-casas-particulares.html
hola, mi consulta es la siguiente. Mi mamá se paga sus aporte voluntarios, esta bien eso? abona $135 en el formulario 575/B en la parte de APORTE DE SEGURIDAD SOCIAL. Deseo saber si esta bien esto y si puede acceder a una obra social.
Para empleada de serv. doméstico jubilada, se paga $ 35.- mensuales trabajando más de 16 horas. Mi consulta es cuanto sería el aporte de A.R.T. que se debiera pagar a partir de nov./14, $ 230.- (igual monto que los no jubilados) ?? Gracias
Y si se accidenta y no tiene la cobertura? Te hace una demanda laboral y los deja en bolas como Adán en el día de la madre
Carisimo !!!!!!!!!!!
Ignacio, tengo una empleada que viene 3 horas por semana. Por el momento no la tengo en blanco, porque estaba esperando a ver que pasaba con la ART. Le pago $150 cada vez que viene, y tengo que abonar $130 mas por ART? $130 por 12 horas por mes, y el que la tiene todo el mes todo el dia paga $230.. o sea que una persona va a tener solapamiento de pago de ART? es una locura… caja para las ART y el Gob.
$230 mangos!!!
Ojo, para mi no está claro si es mensual o anual!
Rafa.
el monto a pagar es mensual. en el mes en curso. o sea que el primer pago se hace en noviembre
Otro robo mas y van…Con esto y el aumento del F102 al doble para el personal que trabaja mas de 16 hs fomentará la no registración. Y hay que agregar que en breve definirán la nueva escala salarial. Espero equivocarme. Gracias Ignacio por la información aportada,saludos. German, de Balvanera
Es decir que si sumamos todo, el aumento del costo total, será de casi el 300% …..(aumento para la AFIP más la ART)…
Ahora sí, la inflación anual es del 15% (sic INDEC)….
El primer pago q entiendo corresponde a noviembre, el vencimiento sería en diciembre? O sea al momento de pagarle el sueldo de noviembre?
NO. EL 10 DE NOVBRE SE PAGA OCTUBRE JUB Y O.S Y NOVBRE
ADELANTADO ART
NO. EL PAGO DEL 10 DE NOVIEMBRE CUBRE JUB Y O.S. DEL MES DE
OCTUBRE Y EL ART SE PAGA POR ADELANDO Y CORRESPONDE AL
MES DE NOVBRE.
SEGURAMENTE EN EL 102 VAN A AGREGAR UN ESPACIO PARA PARA PAGAR
se paga con form 102/RT
Seguro modifican el F102.
¿Con qué formulario se ingresa el importe mensual de ART???
CON EL FORMULARIO 102/RT