Ante el fallecimiento de beneficiarios residentes en el país o en el exterior, la ANSES abona por el Subsidio de Contención Familiar, una suma fija de $1800. Cómo solicitarlo.
Ante el fallecimiento de beneficiarios residentes en el país o en el exterior, la ANSES abona por el Subsidio de Contención Familiar, una suma fija de $1800, a los herederos del causante o a cualquier persona física que denuncie el fallecimiento del beneficiario y que acredite haber abonado los gastos del sepelio, mediante la presentación de la factura extendida a su nombre por la empresa funeraria que realizó el servicio.
El subsidio deberá ser solicitado dentro del plazo de un año, contado a partir de la fecha de fallecimiento del causante.
Cabe recordar que, de existir familiares con derecho a pensión, el subsidio será liquidado sin tramitación adicional junto al nuevo beneficio. En caso de coparticipación (más de una persona con derecho al cobro de la pensión) se liquidará en forma proporcional, de conformidad al porcentaje del beneficio que le corresponda a cada uno. Si no la hay, podrán percibir este subsidio los herederos del causante.
Se considera beneficiario a toda persona que al momento de su fallecimiento se encuentre percibiendo un beneficio (jubilación o pensión) o lo hubiera solicitado, dentro de los siguientes regímenes previsionales:
Sistema Integrado Previsional Argentino, Cajas provinciales de previsión transferidas al ámbito nacional (excepto del Régimen de Policía y Penitenciaría), Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.
Este subsidio comprende también a los beneficiarios del PAMI no jubilados, como a los familiares a cargo de un jubilado o excombatiente de Malvinas adherente al PAMI. En estos casos, el subsidio lo pagará la obra social de jubilados, con la presentación del certificado de defunción. Por lo tanto, estarán a cargo de dicho instituto las condiciones de otorgamiento y liquidación.
Formas de gestión
1-A través de la web
•El trámite se inicia con la Clave de Seguridad Social aquí.
•El fallecimiento del causante debe estar acreditado en la base de datos de la ANSES con la presentación de la partida de defunción del causante.
•Las “Solicitudes de Subsidio” no deben exceder el plazo de un año, contado a partir de la fecha de fallecimiento del causante.
•La solicitud de subsidio siempre debe acompañarse con la correspondiente “constancia de turno”.
•Con la solicitud, el turno, el Documento Nacional de Identidad (DNI), la factura de sepelio (con los datos del fallecido y fecha de defunción) y el certificado de defunción, el solicitante deberá concurrir a la delegación asignada para la aprobación del derecho y puesta al pago del subsidio.
•No está contemplada la “sesión de derecho”.
•Solo se tramitarán hasta un máximo de tres subsidios por solicitante.
2-Con turno previo en delegaciones
Esta modalidad permite que la persona que haya abonado los gastos de sepelio pueda acceder al trámite del subsidio, sin necesidad de tramitar la Clave de la Seguridad Social previamente. Solo debe solicitar un turno aquí.
3- A través del 130
Llamando a la línea gratuita de atención de ANSES, 130, opción 5, de 8 a 20 horas.
Créditos: ANSeS
silvia susana GODOY dice
HOLA BUENAS NOCHES MI PAREJA MURIO HACE DIEZ MESES MURIO EL 17/06/22 yo fui pareja del comvivi con el durante 6 años no me case con el nesecito una repuesta por favor
Lidia Meneguini dice
Buen día mi madre falleció por covid y fue cremada por un servicio del Estado que se ocupa de cremar a los fallecidos por por esa enfermedad. Como se hace el tramite en este caso? Gracias
Marcelo Colombo dice
Hola, mi esposa falleció hace poco, y tenía OSECAC (titular) , tuve q pagar el servicio de sepelio de contado, ya q ninguna empresa tenia convenio con la obra social. Quiero saber si puedo solicitar y corresponde q Osecac me reintegre.?? Ya q me prestaron el dinero para pagarlo y tengo el compromiso de devolverlo. Por favor una respuesta. Gracias.
hola mi nombre es maria.y mi consulta es la siguiente,mi mama fallecio el 17 /3/2015.y queria saber saber si el pami tiene seguro y si yo lo puedo cobrar.espero su respuesta gracias
Mi mamá falleció el 31 de diciembre del 2015,era pensionada y en la casa velatoria me informaron que podia solicitar un reintegro.No tengo idea de cómo y dónde se realiza el trámite.Vivo en Mar del Plata .Agradeceria cualquier información al respecto.
Hola,mi padre falleció, el 23 de febrero,2016 y eya,cobró, su jubilación, el 24,25 de febrero,eso es legal? Somos 5 hermanas.El era de OSTEE.no era jubila do,de pami.Nos corresponde?
Buenas, mi abuela falleció hace 8 meses. Ella pagaba los gastos de sepelio a una funeraria. Los hijos pueden tramitar el subsidio de contención familiar? Lo puede tramitar uno solo de los hijos? O si o si deben solicitarlo yodos juntos?
hola, tengo un tío que falleció hace casi 2 meses, él era soltero y no tenia hijos, solo hermanos y sobrinos; necesito saber si puedo cobrar a demás del sepelio, la jubilación que quedo en el banco?, de ser así debo presentar una declaratoria de herederos, quienes deben hacer el tramite, la jubilación y el aguinaldo seria un proporcional? el murió el 07/12/14. les agradecería una pronta respuesta!
Tenia un cuñado monotributista de osecac. No tenia servicio de sepelio. Tuvimos que abonarlo al contado. Nos tomó tan de sorpresa la noticia que no preguntamos si la obra social le cubriría algo? Sabes si osecac nos hará un reintegro o cubrir en parte lo que abonamos? podes informarme algo?
Mi papa hizo en vida .El tramite de conv.para dejar una pensión a una señora .pero no la conocemos ni sabe q papá murió. El sepelio lo pague yo .Y tengo factura soy el hijo .puedo tramitar el subsidio?
si podes
Mi madre fallecio hace 3 meses tenia Pami tiene seguro de vida? Muchas gracias
hola mi mama fallecioy es casada legalmente y nunca aporto mi papa es jubilado y la tenia a cargo se puede tramitar el reintegro del cepelio o el pude cobrar x viudedad
hola Ignacio, excelente tu pagina.
Queria consultarte sobre el susbsidio de contención familiar.
Que ocurre cuando el sepelio se paga con un seguro contratado previamente por el beneficiario?
O sea, tengo la factura a mi nombre por haberme hecho cargo, pero el "servicio" no lo pagué, aboné solo impuestos.
En ese caso ¿puedo de todas formas presentar esa factura para solicitar el subsidio?
muchas gracias
Si, podés hacerlo.