Mediante la resolución general 2766 de fecha 15/2/2010, la AFIP se reemplazó el texto de la resolución general 1566.
Las principales modificaciones introducidas por la resolución son las siguientes:
– Se adecua el monto de las multas en función del valor de la base imponible.
– Se especifican los criterios de aplicación de la multa por incumplimiento a la tramitación en término de la anulación del alta en el Registro de Altas y Bajas (Mi Simplificación).
– Se establecen precisiones respecto del alcance de la graduación de las sanciones correspondientes a la infracción tipificada por el primer artículo agregado a continuación del artículo 40 (sanciones aplicables por trabajadores no registrados).
Hay que tener en cuenta, que estas modificaciones resultan de aplicación para las infracciones cometidas a partir del 1 de febrero de 2010, inclusive.
Régimen de graduación de sanciones RG 1566
La resolución general AFIP 1566 estableció un régimen de graduación de las sanciones dispuestas por las leyes: 17.250 (fiscalización del régimen jubilatorio), 22.161 (obligaciones y sanciones correspondientes al régimen de asignaciones familiares) y primer artículo agregado a continuación del artículo 40 de la ley 11683 (sanciones aplicables por trabajadores no registrados).
Fuente: Errepar – RG AFIP 2766
Anónimo dice
Buenas tardes Ignacio. Soy Flavia y en la empresa donde trabajo me ha solicitado el alta de un menor de 18 años, pero que tiene los 17 cumplidos. tengo entendido que se puede dar de alta bajo una reduccion de carga horaria… como lo debo dar de alta? ademas quisiera saber si corresponde que se paguen la mitad de los aportes y contribuciones al ser puesto nuevo de trabajo, siendo que el año pasado se dio de baja a un puesto.. esto corresponde o no al no generar un nuevo puesto? espero tus comentarios. gracias. Saludos