Gremio y Cámaras empresarias oficializaron el acuerdo salarial para empleados de comercio 2013. El incremento será del 24% en dos tramos, 14% en mayo y 10% en octubre.
PORCENTAJE Y FORMA DE PAGO
Se acordó un aumento del 24%, no remunerativo y no acumulativo, el cual se abonará en dos cuotas: 14% en el mes de mayo y 10% en el mes de noviembre, para los trabajadores que cumplan jornada completa. Para aquellos que laboren en tarea discontinua, tiempo parcial o jornada reducida, el básico resultante será proporcional a la jornada laboral cumplida.
BASE DE CALCULO
La base de cálculo sobre la cual se aplicará el incremento serán las escalas salariales de Convenio vigentes en el mes de abril 2013 más la correspondiente compensación por la incorporación al salario de sumas no remunerativas del convenio 2012.
CARACTER DEL AUMENTO
Ambos tramos del aumento tendrán carácter no remunerativo hasta enero de 2014 inclusive.
REGISTRO DE LA LIQUIDACION
Mientras los incrementos mantengan su carácter no remunerativo se liquidarán, cada uno de ellos desde su otorgamiento como tales y hasta el mes de enero del 2014 inclusive en el recibo de sueldo por rubro separado bajo la denominación “Acuerdo Mayo 2013”.
ABSORCION
Podrán absorberse o compensarse los incrementos de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleados a partir del 1º de mayo de 2012 y que hubieren sido abonados a cuenta de los aumentos que determine el presente acuerdo colectivo, cualquiera sea la denominación utilizada.
BENEFICIOS POR DEUDAS EMPRESARIAS CON FAECYS
FAECyS se compromete a gestionar una financiación especial por deudas en concepto de cuotas sindicales a pagar en 24 cuotas a una tasa equivalente al 50% de las que percibe AFIP.
COMPUTO PARA AGUINALDO, PRESENTISMO Y OTROS RUBROS
Los incrementos que se otorgan, mientras mantengan su condición de no remunerativos, deberán ser tenidos en cuenta para el pago de los rubros siguientes: adicionales fijos previstos en el CCT 130/75 (excepto antigüedad), enfermedades inculpables (art. 208 y ss LCT), vacaciones anuales devengadas a partir del año 2012, sueldo anual complementario, horas extras, feriados y presentismo.
INCORPORACION INMEDIATA DEL INCREMENTO CON CARACTER REMUNERATIVO
Sin perjuicio del carácter no remunerativo del incremento pactado, los empleadores podrán disponer en cualquier momento la incorporación de dichas sumas como remunerativas, es decir, en forma anticipada. La referida incorporación deberá efectuarse a todo el personal convencionado dependiente de la empresa que decida hacer uso de la variante prevista en este artículo.
APORTE ESPECIAL A OSECAC
Se convino con carácter extraordinario y excepcional, un aporte a cargo exclusivamente de los trabajadores mercantiles encuadrados en el Convenio Colectivo 130/75 y beneficiados con el presente acuerdo. El referido aporte efectuado por el trabajador a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles, será de $ 50 mensuales, durante los 12 meses de duración del Acuerdo 2013. Dicha suma será retenida del monto a percibir por cada trabajador y depositada a la orden de OSECAC. En razón de su finalidad, en ningún caso la mencionada obligación de pago por dicho aporte podrá ser trasladada en forma directa o indirecta al empleador.
HIGIENE, SEGURIDAD Y PREVENCION EN MATERIA DE RIESGOS DE TRABAJO
Se convino la concertación de un régimen de higiene, seguridad y prevención en materia de riesgo de trabajo específico para la actividad.
TAREAS LOS DÍAS DOMINGOS
Se acordó constituir una comisión permanente la que se abocará al tratamiento de algunos temas pendientes tales como adicional por prestaciones y tareas en los días domingos, trabajadores tercerizados, tiempo parcial y jornada reducida, tareas especializadas, etc.
Anónimo dice
Lo mejor es juntarse y reclamar todos juntos por el aporte forzozo de 50 pesos a osecac!!!
Los 50 pesos a Osecac, el empleador, de que manera lo expone en el recibo de sueldo???,separado o conjuntamente con el 2%???. Muchas gracias
Se ingresan con formulario aparte, no en el 931, con destino a oseacac
Lo mejor es como item separado "aporte fijo OSECAC" aporte acuerdo mayo, como más te guste, pero separalo, es lo mejor
Gracias Ignacio
Los 50 que van a osecac sI tenes una prepaga se toma como aporte y se deriva a tu prepaga?? En caso contrario le.regalaria todos los meses esa plata o osecac? Es cualquiera!
es una verguenza este acuerdo. Yo ni siquiera aporto a OSecac no uso ningun servicio, y les tengo que pagar 50 pesos por mes ? vergonzoso, la inflacion fue mucho mas alta !!! y la absorcion de " a cuenta futuros aumentos " una verguenza.
Cavallieri millonario y chanta.
no pueden robar tanto como 50 x 12 meses son re caraduras una burla mas se caballeri,cuando diremos basta es un atropello 600 pesos menos x año mientras ellos se llevan casi 900 palos y ensima cuando necesitas cobertura o irte de vacaciones pagas como si no te cobraran nunca
Ignacio, podrás indicarme que descuentos sufre (en %) lo no remunerativo?? gracias!!!!
Ignacio, que descuentos se hacen sobre los no remunerativos??? 2% de obra social, 3% de sindicato?? algo mas???
Espero tu respuesta. Gracias!!!
Ignacio, que descuentos se hacen sobre los no remunerativos??? 2% de obra social, 3% de sindicato?? algo mas???
Espero tu respuesta. Gracias!!!
Te está faltando el 0,50 % de aporte a FAECYS del artículo 100 del CCT 130/75.
ya lo tiene, fíjate que puso un 3%. y el sindicato es 2.5 y 0.5 faecys
Como es eso de los %50 para OSECAC….si yo no tengo esa bosta?? Osea que ni siquiera llega al 24% el aumento…ladrones!!!!
Me podrías informar si los $50 para osecac, son obligatorios aunque no tenga esa obra social, ya que opté por otra?
El artículo 14 del Acuerdo establece que es para todos los empleados dentro del CCT 130/75 y beneficiados por el Acuerdo, con lo cual también deberían aportar los $ 50 mensuales
Buenos dias. Difiero Ignacio contigo, ya que informando en el SICOSS una obra social diferente a la de OSECAC ese aporte no llegaria a dicha obra social. Desde ese punto considero que solo los empleados que estan activos en OSECAC deben realizar este aporte. Te agradeceria tu opinion.
Paula.
En realidad dicen que no se traslada al empleador, o sea que si yo tengo otra obra social no me lo pueden descontar, ya que me fui de osecac por la falta de servicios. En el anterior acuerdo no me lo reclamaron jamás.
Gloria
si son obligatorios, El gobierno no sabe como resolver el desfinanciamiento de las obras sociales y trasladar ese pago a los empleados es la solucion. de manos de gremialistas como el del gremio nuestro se les hace muy facil.
El acuerdo dice: "la suma será retenida y se deberá depositar a la orden de osecac". Es decir el empleador antes de depositar el sueldo a cada empleado deberá detraer $50, que luego depositará a OSECAC.
el aporte extraordinario de $ 50 mensuales, durante 12 meses, es obligatorio para todos los trabajadores dentro del CC 130/75, aquellos empleados que optaron por otra Obra Social deben ser retenidos igual y depositado NO por Form 931, sino por FORM 120/A
consulta nacho, con respecto a los que trabajamos los domingos, hubo algun cambio? gracias una vez mas
consulta nacho, con respecto a los que trabajan los domingos, hay algun cambio? gracias una vez mas
Matías:
En el artículo 11 del Acuerdo se crea una Comisión Permanente de Negociación Colectiva y entre los temas que tratará se incluye la consideración de un adicional por prestaciones de tareas en el día Domingo. Es decir, que se lo pospuso para que lo trate dicha Comisión
Gracias nacho querido
Gracias Nacho por tener la ultima Info
Saludos!
Gracias a vos Nico!, un abrazo
Realmente una burla! $50 mensuales por 12 meses para una obra Social de la cual no soy afiliado??? O sea, es una coima encubierta. SINDICATO de Porqueria… verguenza me da que sean los que nos representen…. En un año van a desenbolsillar cerca de $900 millones a costa nuestra. Un gran afano!
COMPARTO UN 100% CON LO QUE DECIS YO TRABAJO TIEMPO PARCIAL Y DE LO QUE ME DEN DE "AUMENTO" YA ME SACAN LA MITAD CON LA AYUDA A LA OBRA SOCIAL DEL BOLSILLO DE CAVALIERI. PORQUE NO SE PREOCUPA POR DE UNA VEZ POR TODOS LOS AFILIADOS, EN DEFINITIVA A UNO LA PLATA LE ALCANZA PARA POCO Y ESPERA DE VERDAD LOS AUMENTOS PERO ESTOS TIPOS SE LLEVAN LO TUYO.
El 10% que se cobrará en Noviembre será absorvido por la inflación. Por qué hablan de un 24% cuando la realidad es que dieron un 14%, el otro 10% no existe.
Con ese 14% no se cubre el deterioro sufrido en el bolsillo desde Mayo del 2012 a Abril del 2013. Mes a mes el aumento de los precios nos fue quitando capacidad de ahorro y/o de consumo.
Esta gente no defiende al trabajador y esto no es nuevo.
es una verguenza como nos roban sin armas . el sueldo que yo tengo no me alcanza ni cuatro dias …. nos siguen mintiendo descaradamente, me siento ultrajada en mi don de gente . no me representan ,, no los conozco para que decidan x mi . basta de mentirasssssssssss
caballeri quien sos para decidir x mi plata 'no quiero que me represente esta gente indeseable que lo unico que arreglan es la cometa que se llevan .basta yyyyyaaaaa. fuera