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Se incrementa el seguro colectivo de vida a partir de abril

31 enero, 2014 Por Ignacio 39 comentarios

Se incrementa desde abril la Suma asegurada del Seguro colectivo de vida obligatorio. Pasa de 12.000 a 20.000 pesos. El costo para de $ 2.46 a  4.10 pesos.

Mediante la publicación de la resolución 38316, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), incrementó la Suma asegurada del seguro colectiva de vida obligatorio establecida por el decreto-ley 1567/1974, de $ 12.000 a $ 20.000 a partir del mes de abril 2014.
Con respecto a la prima del seguro, no sufre modificaciones y se mantiene en los $ 0,205 mensual por cada $ 1.000. por lo que el costo por empleado pasa de $ 2.46 a 4.10 pesos.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Decreto 1567/74, SCVO, Seguro colectivo de vida obligatorio 1567/74, Seguro de vida colectivo, SSN

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Laura dice

    12 agosto, 2014 a las 4:47 pm

    Buenas tarde! Necesitaria un poco de ayuda… para mi negocio contrate una empresa de limpieza y quiero asegurarme que tenga en regla a sus empleadas, me dijeron que le pida el 931, seguro de vida y ART (el me dio la planilla del 931 y me dice que ahi figura todo)… esta bien? habia entendido que eran tres papeles distintos… Graciaas

    Responder
    • Anónimo dice

      23 septiembre, 2014 a las 8:13 pm

      En el 931 están los tres conceptos

      Responder
    • Anónimo dice

      29 septiembre, 2014 a las 8:04 pm

      Entiendo que deberían darte la nomina para ver detalle de cada empleado y el tk de presentación para estar seguro que ese F931 fue presentado

      Responder
  3. Alicia villar dice

    19 junio, 2014 a las 2:18 am

    Cómo saber a qué SEGURO DE VIDA COLECTVO OBLIGATORIO estoy afiliado?gracias.!!!

    Responder
  4. María dice

    16 junio, 2014 a las 11:50 am

    Buenos días, acabo de enterarme del cambio en el costo de la póliza. Como hago para pagar la diferencia? Tengo que rectificar o puede pagarse por formulario aparte?

    Responder
    • Marcelo Zermatten dice

      19 agosto, 2014 a las 2:53 pm

      me paso lo mismo !!!!!! pero semana pasada !!! por favor alguien que me desasne !!! graciasss

      Responder
    • Marcelo Zermatten dice

      19 agosto, 2014 a las 2:55 pm

      Hola… me paso lo mismo… pero yo me entere semana pasada !!

      ayudaaaaaaa

      Responder
    • Anónimo dice

      26 agosto, 2014 a las 10:41 pm

      A mi me paso lo mismo. Voy a generar los veps con las diferencias de cada mes y pagarlos por ahi. Espero les sirva.

      Responder
    • Anónimo dice

      4 noviembre, 2014 a las 12:41 pm

      Hay que presentar rectificativa de cada DDJJ.
      En los conceptos aportes, contribuciones, LRT, etc. pones como importe "A pagar" $0.00 y en Seguro Colectivo de Vida Obligatorio, primero lo modificas en la ventana Prima Individual y luego cuando te arroja el resultado del calculo en la columna "A pagar" colocas como importe de la diferencia.

      Responder
  5. enzo alarcon dice

    14 junio, 2014 a las 4:14 pm

    Buenisima la informacion!!! Ahora una preg xq los gobiernos provinciales no pagan x los empleados bajo relacion de dependencia ejemp tucuma

    Responder
  6. Lucrecia. dice

    24 mayo, 2014 a las 1:48 pm

    Hola Ignacio te hago una consulta..estoy trabajando en una empresa y tiene dos empleados q estan de licencia por falta de trabajo..no tienen seguro de vida…pero tendran que pagar igual el SCVO por los dos empleados que tiene de 4,10 cada uno??

    Responder
  7. Anónimo dice

    13 mayo, 2014 a las 4:41 pm

    buenas! Consulta, el seguro de vida y la ART son 2 cosas distintas. en la empresa q estoy no tengo ni seguro d vida ni ART. Escuche que una persona decia que las 2 cosas es lo mismo. me pueden dar una respuesta corta al respecto? gracias!

    Responder
  8. Noe dice

    12 mayo, 2014 a las 3:09 am

    CONSULTA, MI MARIDO FALLECIO EL 14 DE MARZO DE ESTE AÑO, O SOY LA BENEFICIARIA PERO TODAVIA NO ME LO PAGARON, CUANTO ME CORRESPONDE? GRACIAS!

    Responder
  9. Anónimo dice

    6 mayo, 2014 a las 1:25 pm

    Buenos días a todos.
    Respecto del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Decreto 1567/74, su pago es VENCIDO (no es adelantado como el resto de los seguros!).
    Cuando inicia la póliza anual, por ejemplo 01/03/2014 al 28/02/2015, se debe declarar el período Marzo (que vence y se paga en Abril) el mes de primas y el derecho de emisión.
    El derecho de emisión no ha cambiado en lo absoluto. Sigue siendo de $12 (desde 1 a 25 trabajadores), $17 (de 26 a 50 trabajadores) o $25 (más de 50 trabajadores).
    Respecto al F.931 de AFIP, corresponde $4,10 prima SCVO Dto. 1567/74 cuando declaran el período ABRIL 2014 (cuyo vto. de declaración y pago en mayo/14).
    Para cambiar el valor de la prima, el campo está editable y lo hacen desde el principio, cuando van a generar la declaración, en los datos consta si tienen contrato de seguro de vida y al lado una ventanita para cargarlo.
    Espero que les sea de ayuda.
    Viviana – SSN

    Responder
    • Marcelo Zermatten dice

      19 agosto, 2014 a las 2:56 pm

      clarisimo.
      Por eso te pregunto a vos… la semana pasada me entere de que aumento seguro vida obligatorio…. de 2,46 a 4,10 …
      Como hago para pagar la diferencia (Mayo – Junio – Julio)..
      graciassssssssss

      Responder
  10. Anónimo dice

    22 abril, 2014 a las 4:20 pm

    Buenas tardes lo mas razonable es q hagan una nueva version porq es imposible modificar en el formulario. y me queda la gran dudas apartir de q fecha.

    Responder
  11. Graciela dice

    1 abril, 2014 a las 12:59 pm

    No, no me respondieron. Finalmente terminé liquidando el derecho de emisión a $ 12 con las cargas de febrero. Ahora estoy en la duda sobre si los $ 4,10 rigen a partir del devengado marzo o abril. No se puede creer que algo tan simple traiga tantas dudas, podrían haber sido menos escuetos en la resolución.

    Responder
  12. Anónimo dice

    26 marzo, 2014 a las 6:19 pm

    Graciela, te respondieron al final?

    Responder
  13. Anónimo dice

    26 marzo, 2014 a las 5:13 pm

    SI QUE SE NECESITA NUEVA VERSION DEL SICOSS … PARA ABONARDLO, TENES QUE TILDAR EMPLEADO POR EMPLEADO PARA QUE TE LO LIQUIDE. LO QUE TIPEAS ES EL DERECHO DE EMISION. SALUDOS. FERNANDO

    Responder
  14. Graciela dice

    3 febrero, 2014 a las 2:21 pm

    Consulté en la SSN y me contestaron esto "Desde la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) le agradecemos que se haya puesto en contacto con nosotros. Su consulta ha sido recepcionada correctamente" Vaya a saber cuándo responden. Una consulta tan simple!

    Responder
  15. Anónimo dice

    31 enero, 2014 a las 7:55 pm

    HOLA IGNACIO?? y el costo de admisión a cuánto se irá? de 12 a 20 será? muchas gracias!!! excelente blog! Virginia

    Responder
  16. Anónimo dice

    31 enero, 2014 a las 12:19 pm

    HOLA IGNACIO. COMO ANDAS. IRA CON EL F 931 DE 03/2014 O EL DE 04/2014? QUE OPINAS?

    SALUDOS. JUAN-VILLA MARIA-CORDOBA.

    Responder
    • Ignacio dice

      31 enero, 2014 a las 5:22 pm

      que buena pregunta Juan!

      Responder
    • Anónimo dice

      31 enero, 2014 a las 7:17 pm

      Lo sabremos cuando saquen una nueva versión del SICOSS.

      Responder
    • Anónimo dice

      4 febrero, 2014 a las 12:24 pm

      Si se paga sobre el mes de abril, sería con la DDJJ 04/2014, con vencimiento en mayo-14.

      Responder
    • Anónimo dice

      21 marzo, 2014 a las 2:41 pm

      no se necesita nueva version del SICOSS, el importe se modifica manualmente, como los
      valores de la ART.

      Responder
    • Anónimo dice

      31 marzo, 2014 a las 3:29 pm

      Escribimos a Mesa de Ayuda de AFIP, nos confirmaron que es con la DJ de Abril que se abona en Mayo.

      Responder
    • Felipe Puchalski dice

      7 abril, 2014 a las 9:49 pm

      Los seguros se pagan por mes adelantado, corresponde con la liquidacion de marzo 2014

      Responder
    • Anónimo dice

      9 abril, 2014 a las 12:54 pm

      Sres.
      Buenos días…
      Coincido con Felipe Puchalski, los Seguros se abonan por adelantado, por ejemplo el Costo de Emisión del S.C.V.O.que es Anual, se paga con la DDJJ que vence en el Mes de Enero de cada año, siendo que en Enero vence las DDJJ del Mes de Diciembre del Año Anterior. Por ende, abonaré con el Vto de Abril, la DDJJ de Marzo y el nuevo Importe de la Póliza Individual ($ 4,10 por Cada Cuil). Espero haber colaborado. Saludos, Mauro.-

      Responder
    • Anónimo dice

      8 mayo, 2014 a las 6:01 pm

      Si fuera como dicen Felipe Puchalski o Mauro, la primera vez que se liquida un 931 habría que ponerle doble importe? o el mes que corrio no lo tiene asegurado?
      Saludos
      Grace

      Responder
    • Anónimo dice

      11 junio, 2014 a las 9:47 pm

      EL PRIMER MES SE DEBERIA ABONAR EN LA AGENCIA DE LA ART.

      Responder
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