El Ministerio de Trabajo homologó el acuerdo de Empleados de Comercio 2022 mediante la resolución 826/22.
Finalmente, el Ministerio de Trabajo homologó el acuerdo de Empleados de Comercio 2022 que establece un incremento salarial del 59.5% en siete tramos.
El Ministerio homologó el acuerdo a través de la resolución
Detalles del Acuerdo
Recordemos, que la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la suscribieron el 21 de abril de 2022 el acuerdo paritario 2022 para la actividad mercantil.
Aumento no remunerativo
Las partes pactaron un incremento salarial anual del 59,5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de abril de 2022 (equivalente a marzo de 2022, con la incorporación de todos los aumentos oportunamente acordados).
Todos los incrementos pactados en el mencionado acuerdo se incorporan a los nuevos básicos de convenio en abril de 2023.
Hasta el momento de su incorporación a los básicos (abril de 2023) los importes correspondientes a este incremento únicamente generarán:
- aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles,
- aporte del trabajador establecido por los arts. 100 y 101 (texto ordenado de fecha 24/6/1994 del C.C.T. 130/75) sobre el monto nominal de cada incremento que perciba el trabajador comprendido en el presente acuerdo.
Sin adicionales
Los incrementos acordados, hasta su incorporación a los básicos, no tienen impacto sobre los adicionales del CCT 130/75, a saber: presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer y ayudante de chofer. Tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario.
No remunerativo en 7 tramos
El mencionado incremento del 59,5% se abonará en su valor nominal y no acumulativamente, y en siete tramos: 6% en abril, 6% en mayo, 6% en junio, 10% en agosto, 10% en septiembre, 11% en noviembre, y 10,5% en enero de 2023.
Revisión
Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de abril de 2022 y hasta el 31 de marzo de 2023, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de enero de 2023 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.
Contribución a OSECAC
Asimismo, acordaron un aporte patronal solidario, excepcional y extraordinario, por única vez y exclusivamente por el plazo de vigencia del acuerdo en cuestión, equivalente a la suma de $ 600 mensuales, por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75, y siempre que el trabajador mantenga contrato vigente.
Es la contribución de $300 que pasa a 600.
Aporte a OSECAC
Además, sigue vigente el aporte por parte de los trabajadores de los $100 a OSECAC, en los mismos términos que en los acuerdos anteriores.
Por último, se aclara que los incrementos del presente acuerdo no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Rio Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
ZULMA. dice
LO VIENEN A HOMOLOGAR CUANDO YA LIQUIDAMOS TODOS LOS SUELDOS, Y DESPUÉS TE COBRAN INTERESE POR PAGOS FUERA DE TÉRMINO.
SI YA PRESENTASTES EL 931 NO VAS A ESTAS HACIENDO RECTIFICATIVAS,
ENCIMA SIGUEN CON EL CURRO DEL COVID-19 $600 POR CADA EMPLEADO, EL DOBLE DE LO QUE VIENEN PAGANDO, ES UNA VERGÜENZA COMO ROBAN
Jacinta Tulim dice
Los que ya cobramos y no entro el aumento porque no estaba homologado el acuerdo que podemos hacer?
yo dice
HDP… NO REMUNERATIVO ??? de no creer como nos cagan y te dan migajas en 7 cuotas que no suman en el bolsillo.
De nada sirve la antiguedad, presentismo, etc del trabajador, durante 12 MESES… HDP.
Ezequiel dice
El peor de los sindicatos. Si hay 59% de aumento, lo logico seria que al mes siguiente se cobre todo eso. Hacerlo en cuotas es un fraude.
En mi caso peor aun porque donde trabajo no tiene nada que ver con el comercio. El secretario y empleador culo y camisa.
El pais no tiene solucion.
Encima somos cagones no sabemos como juntarnos y la mitad chupamedia…
Leandro dice
Todos los años los mismo, queja y queja y queja
Dejen de llorar y afíliense y vayan a votar para sacar a estos parasitos.
Es la única manera
Juan dice
Leandro
Sería mejor desafiliación masiva!
Así es la única forma de quejarse y sientan que los empleados de comercio estamos re-podridos de ir como conejos atrás de la zanahoria y nunca no siquiera nos estamos acercando los últimos años! Que se vayan todos
Agustin C dice
Amigo eso preferiría la patronal. La solución es sacar a los entrenadores y tener un gremio más combativo como aceiteros neumático. Bancarios. Etc. Tu solución es la peor idea. Ojala cambies de opinion
Noelia dice
Hola, que se sabe de call center? Tendremos algun aumento? Gracias
Martín dice
Hola Ignacio, siendo que en Abril no cobramos el 6% se supone que en Mayo nos deberían pagar el 12%? Gracias
Ignacio, la caluladora esta actualizada?
Realmente vergonzoso!!!
esta mal la calculadora, porque el No remunerativo, lo pone todo y no proporcional a la jornada trabajada,,,,,
La calculadora proporciona la jornada parcial
si, hasta mayo
Buenos días.
En la empresa ya se hicieron los recibos y se depositaron los sueldos.
Cómo se procede con el aumento????
MUCHO BLA BLA ,PERO NADIE HACE NADA ,LA UNICA SOLUCION,ES QUE ALGUN SER QUERIDO DEL VIEJO
SUFRA UN ACCIDENTE,NO SE SI ME ENTIENDEN,SI NO ES ALGO FUERTE A ESTE PERSONSAJE NO SE LE MUEVE UN PELO
Está actializado el recibo online Ignacio?
Lo que significa que cobraremos el SAC de junio, diciembre 2022 y vacaciones con el básico de abril 2022.
Mandamos a negociar al enemigo.
Es indignante que el sindicato acuerde eso y que el Ministerio de Trabajo lo apruebe.
Que hacemos con los recibos ya hechos y entregados?
Ignacio o alguno que este en el tema, computará para las vacaciones este aumento no remunerativo?
Es decir, como no entre al basico hasta abril 2023 y no computa para aguinaldo( son unos hdp) para las vacaciones 2022 tampoco computara?
Amí todavia me quedan 3 semanas de las vacaciones 2021( puedo pedirlas cuando quiera por arreglo cpn mi empleador)
Quedo igual el acuerdo? No se pasan en ningún momento a remunerativo los aumentos?
Che q buen acuerdo las tres primeras cuotas 6 % terrible no vaya ser q les haga un agujero al empresario pobre ,nunca un 15 o 10 %para empezar