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Se firmó la paritaria 2021 de Empleados de Comercio – Acta acuerdo

27 abril, 2021 Por Ignacio 108 comentarios

Índice de Contenidos

  • Los puntos destacados del acuerdo
  • Incremento salarial
  • No impactan sobre adicionales ni aguinaldo
  • Cláusula de revisión
  • Jornada Parcial
  • Aporte de $100 a OSECAC
  • Contribución $300 a OSECAC
  • Suspensiones artículo 223 bis
  • Acta acuerdo
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Se acordó un incremento salarial del 32% a abonarse en 4 tramos no remunerativos y no acumulativos de 8% cada uno. Acta acuerdo.

Se firmó la paritaria 2021 de Empleados de Comercio

Finalmente, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), firmaron el nuevo acuerdo paritario 2021 para la actividad mercantil.

Los puntos destacados del acuerdo

Incremento salarial

Las partes acordaron un incremento salarial del 32% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de mayo de 2021.

El mencionado incremento del 32% se abonará en forma de asignación no remunerativa (Art. 6 Ley 24.241), en su valor nominal y no acumulativamente, y en cuatro tramos:

  • 8% en mayo 2021
  • 8% en septiembre 2021
  • 8% en enero de 2022
  • 8% en febrero de 2022

Los incrementos de los meses de mayo y septiembre se incorporarán al básico de convenio en enero de 2022.

Asimismo, los incrementos de los meses de enero de 2022 y febrero de 2022 se incorporan a los básicos en el mes de abril de 2022.

No impactan sobre adicionales ni aguinaldo

Es importante destacar que los incrementos acordados no tienen impacto sobre los adicionales del CCT 130/75 mientras mantengan su condición de no remunerativos y, por tanto, no se aplicará ningún equivalente hasta su incorporación, a saber:

Presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer y ayudante de chofer.

Tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario.

Cláusula de revisión

Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de abril de 2021 y hasta el 31 de marzo de 2022, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de enero de 2022 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.

Jornada Parcial

Para el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo régimen de jornada reducida, legal o convencional, o que hayan incurrido en ausencias por causas injustificadas, el monto a abonar por este incremento, será proporcional a la jornada laboral cumplida.

Aporte de $100 a OSECAC

Se renovó, por el plazo comprendido entre el mes de abril 2021 y el mes de marzo 2022, el aporte $100 a cargo de los trabajadores mercantiles encuadrados en el CCT 130/75 a la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles, será de pesos $100 mensuales.

Contribución $300 a OSECAC

Asimismo, se informa que dentro del marco de la emergencia sanitaria decretada por Ley 27.541, y en especial atención a la situación en que se encuentra nuestro país con motivo de la pandemia COVID-19, las partes signatarias acordaron una Contribución patronal solidaria, excepcional y extraordinaria, por única vez y exclusivamente por el plazo de vigencia del acuerdo en cuestión, equivalente a la suma de $ 300 mensuales, por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75, y siempre que el trabajador mantenga contrato vigente.

Los importes pactados deberán ser declarados e ingresados a OSECAC, mediante sistema informático de pago especial que dicha Obra Social implementará, y dentro de los 10 días siguientes al vencimiento de cada mes respectivo (abril 2021 a marzo 2022).

Suspensiones artículo 223 bis

Se resolvió prorrogar en idénticos términos y condiciones, para los meses de abril, mayo y junio de 2021, el Convenio de Emergencia por suspensión de actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad productiva.

Por último, se aclara que los incrementos del presente acuerdo no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Rio Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.

Acta acuerdo

ACUERDO-SALARIAL-abril-2021-firmado_empleados-de-comercio

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Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: Acuerdos Salariales, FAECYS, Paritarias

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Comentarios

  1. -
  2. Analia dice

    29 abril, 2021 a las 1:31 pm

    hola Ignacio me podrás informar si este aumento también corresponde a la rama acopio o si la rama acopio tiene un acuerdo distinto?

    Responder
    • Ignacio dice

      29 abril, 2021 a las 3:06 pm

      no, rama acopio es otro acuerdo

      Responder
  3. Emilce dice

    29 abril, 2021 a las 12:29 pm

    Buen día Ignacio, muchas gracias por tenernos siempre al tanto de todas las novedades, con respecto al pago de $300.-(aporte empleador) se sabe algo sobre el sistema informático que va a implementar OSECAC? porque según entiendo el primer pago debería hacerse dentro de los primeros 10 días del mes de Mayo, y el aporte de $100 (empleado) se tendrá que cargar por medio de este nuevo sistema?, otra duda, todos los empleados que están dentro del convenio de comercio deben aportar los $100 o solo los que tienen esta O. Social????, porque ningún empleado que no la tiene quiere pagarle a Osecac, en realidad es muy lógico pero bueno… ya estamos acostumbrados a la falta de claridad con respecto a los convenios de comercio. Nuevamente gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      29 abril, 2021 a las 3:07 pm

      NO, no se sabe nada por el momento

      Responder
  4. Sergio dice

    29 abril, 2021 a las 10:19 am

    Increible, lo cerraron antes de fin de mes. Obviamente es para empezar a cobrar los $ 300 desde este mes. Igualmente es la primera vez que veo un acuerdo que primera viene el descuento mayor y recien al próximo mes viene el aumento. Realmente humillante

    Responder
  5. nahuel dice

    29 abril, 2021 a las 9:59 am

    Entonces el 8% de aumento no rem de cada mes, tiene que ser el 8% del basico de la escala salarial, y no es acumulable, osea no es como el bono no rem de marzo que cada mes se le suma 7%, sino que todo los meses es un 8% fijo no?

    Responder
  6. Natalia dice

    29 abril, 2021 a las 8:33 am

    Buen día Ignacio. como se pagaría la contribución a cargo del empleador de $ 300 a partir de Abril 2021

    Responder
  7. Luis dice

    28 abril, 2021 a las 9:56 pm

    Es verdad este ya se tiene que ir no sirve más que para su propio negocio por cuánto arreglo el

    Responder
  8. Maximiliano dice

    28 abril, 2021 a las 8:58 pm

    por favor, como nos estan destruyendo, de verdad que esto ya no es mas tolerable, estamos sacrificando todo, incluso la salud y este corrupto arregla esa miseria? Creo que es momento de organizar un movimiento.

    Responder
  9. Pablo dice

    28 abril, 2021 a las 8:31 pm

    Que delincuentes ta loco gremio vendido ni lo vamos a sentir al aumento recién en marzo del año que viene, sin lugar a dudas Cavalieri el peor sindicalista de a historia, Cavalieri gracias por regalar las paritarias del empleado de comercio. Ni siquiera impactara en el aguinaldo ladronessss.

    Responder
  10. Omar dice

    28 abril, 2021 a las 8:05 pm

    Nos arreglan con un kilo y medio de carne por mes ….las pelotas llenas tengooo

    Responder
  11. Gisele dice

    28 abril, 2021 a las 4:57 pm

    Hola, desde cuando es exigible este acuerdo? Hay que esperar la homologación?

    Responder
  12. pablo dice

    28 abril, 2021 a las 3:35 pm

    Firmen y difundan para que nos terminen de robar!!

    https://www.change.org/RENUNCIACAVALIERI

    Responder
  13. ESTRESADO POR CAVALLIERI dice

    28 abril, 2021 a las 3:35 pm

    Llamen al 911 porque esto es un robo, lamentable como nos trata de ignorante y te ponen en los títulos comercio arreglo un 32% cuando en realidad es un 16% y que no sea remunerativo ni acumulativo con la gomosa nos garcha el viejo

    Responder
  14. Martín dice

    28 abril, 2021 a las 2:53 pm

    Es legal pactar estos montos no remunerativos? Por qué no sería remunerativo si es la contraprestación del empleador por la prestación laboral del trabajador?

    Responder
  15. Guillermo dice

    28 abril, 2021 a las 2:28 pm

    novedades de la rama cct? siempre sale 10 dias mas tarde

    Responder
  16. Lucho dice

    28 abril, 2021 a las 1:18 pm

    Es un asco el acuerdo, entre un tramo y el otro que se va a percibir cada aumento hay una gran brecha y la inflación solo en el último mes según indec fue del 4, 8%. Son unos hdp. Ladrones

    Responder
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