Se firmó el Acuerdo salarial 2012 para Empleados de Comercio
Se suscribió en la tarde de hoy la renovación del Acuerdo Salarial del sector de comercio y servicios |
Empleo y Seguridad Social, la renovación del Acuerdo Salarial del
sector de comercio y servicios:
PORCENTAJE Y FORMA DE PAGO
Se acordó un aumento del 24%, no remunerativo y no acumulativo, el cual
se abonará en dos cuotas: 15% en el mes de mayo y 9% en el mes de
noviembre, para los trabajadores que cumplan jornada completa. Para
aquellos que laboren en tarea discontinua, tiempo parcial o jornada
reducida, el básico resultante será proporcional a la jornada laboral
cumplida.
BASE DE CALCULO
La base de cálculo sobre la cual se aplicará el incremento serán las
escalas salariales de Convenio vigentes en el mes de abril 2012.
REGISTRO DE LA LIQUIDACION
Se liquidará en el recibo de sueldo por rubro separado bajo la
denominación “Acuerdo Mayo 2012”. Para el caso de estar pendiente la
homologación de este Acuerdo y se produzcan vencimientos de plazos
pactados para el pago de los incrementos en la forma escalonada
prevista, los empleadores comprendidos abonarán las sumas devengadas con
la mención de “Pago Anticipo a Cuenta del Acuerdo Colectivo Mayo 2012”,
los que quedarán reemplazados y compensados por los rubros
correspondientes, una vez homologado el Acuerdo.
CARACTER DEL AUMENTO
El primer tramo del aumento tendrá carácter no remunerativo hasta
octubre 2012 inclusive. El segundo tramo del incremento, mantendrá tal
carácter hasta abril de 2013 inclusive.
PRESENTISMO Y AGUINALDO
Junto a las sumas no remunerativas pactadas se abonarán, como en los
anteriores acuerdos, la equivalencia del presentismo –art. 40 del
Convenio Colectivo 130/5-, como así también la equivalencia para el pago
del aguinaldo. En el caso de la primera cuota del aguinaldo, se abonará
en forma proporcional por los meses de mayo y junio.
INFORME NO REMUNERATIVOS A LA AFIP
Las partes hacen saber que en el marco de la Res. Gral. AFIP 3279/2012,
publicada en el Boletín Oficial del 01/03/2012, los empleadores deberán
informar estos conceptos no remunerativos mientras mantengan dicha
naturaleza, atento el fundamento convencional que le otorga el presente
Acuerdo.
ABSORCION
Podrán absorberse o compensarse los incrementos de carácter general,
sectorial o individual, otorgados por los empleados a partir del 1º de
mayo de 2011.
BENEFICIOS POR DEUDAS EMPRESARIAS CON FAECYS
FAECyS se compromete a gestionar:
Ante OSECAC, que la referida Obra Social de la actividad otorgue en los
planes de pago los plazos máximos en las condiciones que permite la AFIP
para el cumplimiento de los aportes y contribuciones.
Ante las entidades de primer grado adheridas a esa Federación, requerir a
las mismas otorguen en las financiaciones por deudas de capital en
concepto de cuotas sindicales que con ellas mantengan las empresas que
desarrollan su actividad en zona de actuación según las siguiente
condiciones: El empleador podrá acordar pagar en tres, seis, doce,
dieciocho o veinticuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas con la
tasa de interés equivalente al 50 % de las que percibe la AFIP para las
deudas impositivas.
La Faecys acordará las facilidades precitadas, a quienes lo soliciten
con anterioridad al 30 de noviembre de 2012, con respecto a las
contribuciones adeudadas del 3,5 % con destino al Fondo de Retiro
Complementario y lo adeudado por el artículo 100 del CCT. 130/75.
COMPUTO PARA ADICIONALES Y OTROS RUBROS
Los incrementos que se otorgan, mientras mantengan su condición de no
remunerativos, deberán ser tenidos en cuenta para el pago de los rubros
siguientes: adicionales fijos previstos en el CCT 130/75 (excepto
antigüedad), enfermedades inculpables (art. 208 y ss LCT), vacaciones
anuales devengadas a partir del año 2012, sueldo anual complementario,
horas extras y feriados.
INCORPORACION INMEDIATA DEL INCREMENTO CON CARACTER REMUNERATIVO
Sin perjuicio del carácter no remunerativo del incremento pactado, los
empleadores podrán disponer en cualquier momento la incorporación de
dichas sumas como remunerativas, es decir, en forma anticipada. La
referida incorporación deberá efectuarse a todo el personal
convencionado dependiente de la empresa que decida hacer uso de la
variante prevista en este artículo.
APORTE ESPECIAL A OSECAC
Se convino un aporte a cargo exclusivamente de los trabajadores
mercantiles encuadrados en el Convenio Colectivo 130/75 y beneficiados
con el presente acuerdo. El referido aporte efectuado por el trabajador a
la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles, será
de $ 100.- (cien pesos). Dicha suma será retenida del monto a percibir
por cada trabajador de la suma no remunerativa acordada en el artículo
Primero del presente por el mes de mayo y depositada a la orden de
OSECAC. En razón de su finalidad, en ningún caso la mencionada
obligación de pago por dicho aporte podrá ser trasladada en forma
directa o indirecta al empleador.
VER como ingresar los 100 pesos a OSECAC http://ignacioonline.com.ar/como-ingresar-el-adicional-de-50-para/
HIGIENE, SEGURIDAD Y PREVENCION EN MATERIA DE RIESGOS DE TRABAJO
Ambas partes convienen, en el marco de la negociación colectiva, llevar
adelante la concertación de un régimen de higiene, seguridad y
prevención en materia de riesgos del trabajo específico para la
actividad involucrada en el CCT 130/75. Recordamos que las normas hoy
vigentes fueron elaborados teniendo como base la actividad industrial.
HOMOLOGACIÓN (actualización 13/06/12)
vito dice
Deben pedir mejoras reales, en las condiciones de trabajo. Es una vergüenza esta gente, es un aumento tibio, hay una inflacion grande, ademas es una en ahora y otra en noviembre, que acostada!!!
Siempre la misma historia.
Debe lucharse la antigüedad, el 1% es poco, que se sienta la misma en el bolsillo. Que sector golpeado el nuestro.
¿Nos vamos a quedar con los brazos cruzados?
Leo ideas, en: [email protected]
Saludos.
al final la base de calculo es como el año pasado por lo q entendi del texto del acuerdo se toma la escala y se recomienda q sea sobre todo el resto. o no?
este garca de cavallieri la sigue juntando en pala $100 por cada trabajador saquen la cuenta de lo que se lleva que hdp
q grande ignacio siempre primero con la info..Felicitaciones
Ahora no m quedo en claro algo d la base de calculo…es basico de convenio solamanete. la antiguedad no ingresa para el calculo?
y lo otro si alguien tiene basico mas alto7 de convenio se sugiere pagar sobre el mas alto o si se pide q se pague sobre eeso?
martin de urquiza
que novedades hay en la categoria cajero, como aumento de adicional y 36hs de jornada laboral?
Ignacio, en concordancia con el primer comentario mi duda es: todos los empleados tienen q hacer el aporte de $100? o sólo los que tienen OSECAC? por lo q dice se entiende q le corresponde a todos, pero sería bastante injusto… Muchas gracias!!
A mi lo que no me termina de cerrar, es el tema de que los incrementos acordados no se toman en cuenta para el calculo de la antigüedad, o sea, dos personas, una sin antigüedad, y otra con 20 años de antigüedad, van a tener el mismo importe de aumento, por lo que realmente, a la que tiene 20 años le termina significando menos de un 15% sobre su sueldo. Otra forma de considerarlo (quizas mas justa) seria tomar (Basico+Antiguedad)*15%, y asi que el incremento No Remunerativo, tome a la antigüedad como base.
Gracias Ignacio por mantenernos informados día a día con todas las novedades, es muy útil tu pagina para la gente del interior del pais, un abrazo desde Puerto Rico Misiones. Alejandro.
hacen un acuerdo a pagar en cuotas como siempre , solo se computa un proporcional para el SAC , te la ponen con 100 mangos para su bolsillo , no hay nada para cajeros , ni hs. extra ni nada …
Gracias garcalieri como siempre.
Grande Ignacio gracias por la info!
Dos cosas sobre el acuerdo:
Del punto deécimo primero: "Constituyen una comisión permanente de negociación colectiva…".
Ahora la estan constituyendo???acaso hoy en día ya no son eso??? hace falta realizar una comisión de la comisión para tratar temas simples como el presentismo, horas extras, etc???
Del punto décimo cuarto: $100 a descontar todo junto con el sueldo de mayo??? Mas dinero para Osecac? Pero si el servicio prestado es un desastre! Por el mismo porcentaje aportado (que es mucho!!!)se puede tener una mejor obra social! Y como lo saben, saben que los trabajadores se cambien de obra social, redactan los acuerdos de tal forma que todos los trabajadores pertenecientes al 130/75 tengan que "donar" los $100.
Nicolas
Compañeros:
Les habla el Dr. Ramón Ponte Alegre.
Ahora si, ahora si señores. Podemos decir en primicia que ESTÁ FIRMADO EL ACUERDO.
Con esto termina una ardua lucha sindical.
Nos veremos el año próximo. Gracias a todos por el apoyo que no dan y por colaborar con $100 como aporte único, para mejorar OSECAC así pueden gozar mucho mejor el servicio de calidad que brindamos.
Me despido. Hasta el año entrante amigos!!
Dr. Ramón Ponte Alegre
Isabel. Yo no colaboro, me lo sacan si por lo menos te atendieran bien!, estoy con estudios por posible cancer y para sacarme una ecografia pedi turno para abril y recien lo tengo en junio es una verguenza
Gracias Ignacio!!!!
no esta tan mal pero ppodian haber pedido un 30 % con la inflacion que hay
Ignacio, por opción tengo otra obra social. Está bien que designen los $100 a una obra social que yo no tengo?