Nueva declaración jurada IVA: Determinados sujetos deberán desagregar los débitos fiscales de acuerdo con la actividad económica declarada, así como la individualización de las ventas y su apertura según la alícuota del impuesto al valor agregado que corresponda en cada caso.
Mediante la RG 3711, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), estableció que a los fines de cumplir con la obligación de determinación del impuesto al valor agregado, determinados sujetos deberán desagregar los débitos fiscales de acuerdo con la actividad económica declarada, así como la individualización de las ventas y su apertura según la alícuota del impuesto al valor agregado que corresponda en cada caso.
Las obligación para los respecto de las declaraciones juradas que se presenten a partir del día 1 de julio de 2015, las mismas deberán efectuarse desagregando los débitos fiscales de acuerdo con la actividad económica declarada y las ventas conforme a la alícuota que corresponda para cada caso.
Se encuentran comprendidos por la nueva metodología, los sujetos que efectúen ventas de bienes y/o locaciones de servicios que por sus características no requieran el ingreso de datos específicos y/o posean determinadas particularidades vinculadas con:
– Empresas promovidas.
– Proveedores de empresas promovidas.
– Contribuyentes que realicen operaciones de exportación.
– Responsables que soliciten reintegros por operaciones de bienes de capital.
– Sujetos con “Régimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias”.
– Sujetos adheridos al “Régimen Agropecuario con Pago Anual”.
– Sujetos alcanzados por los beneficios de la Ley 25.080 – Inversiones para bosques cultivados.
– Sujetos alcanzados por los beneficios de la Ley 26.093 – Régimen de regulación y promoción para la producción y uso sustentables de biocombustibles.
– Sujetos alcanzados por los beneficios de la Ley 26.190 – Régimen de fomento nacional para el uso de fuentes renovables de energía destinadas a la producción de energía eléctrica.
– Sujetos alcanzados por los beneficios de la Ley 26.566 – Actividades que permitan concretar la extensión de la vida de la Central Nuclear Embalse.
La determinación del impuesto, así como la confección de la respectiva declaración jurada mensual, deberá efectuarse desagregando los débitos fiscales de acuerdo con la actividad económica declarada y las ventas conforme a la alícuota que corresponda para cada caso.
“F 2002 IVA por Actividad”
Para ello se deberá ingresar al servicio denominado “Mis Aplicaciones WEB” y seleccionar el formulario “F2002 IVA” por Actividad” en la página de AFIP. El mencionado formulario se remitirá mediante transferencia electrónica de datos.
Para la presentación de la declaración jurada, así como para el ingreso del saldo de impuesto resultante, deberán observarse las disposiciones de los Artículos 4° y 5° de la Resolución General Nº 715 y sus complementarias.
Vigencia
Las disposiciones establecidas resultarán de aplicación respecto de las declaraciones juradas —originarias o rectificativas— que se presenten a partir del día 1 de julio de 2015.
No obstante, el procedimiento podrá ser utilizado en forma optativa por los sujetos alcanzados, para la confección de las declaraciones juradas —originarias o rectificativas— cuyos vencimientos operen a partir del 23 de enero de 2015.
Fuente: Resolución General 3711
Fuente: Resolución General 3711
Anónimo dice
No me queda claro a que se refiere con "que por sus características no requieran el ingreso de datos específicos "
Concretamente; solo deben cumplir cone sto los sujetos mencionados en el art 2.Los contribuyentes no relacionados con estas actividades siguen presentanco con SIAP?
MUCHAS GRACIAS
Hola Ignacio, a que se refiere con contribuyentes que no ingresen datos especificos? quienes deben presentar el Iva por formulario 2002
IGNACIO, creo que nadie aclaro si el f2002 es sustitutivo del f731 o es un formulario mas para presentar. saludos