El Sindicato de Empleados de Comercio mediante inspecciones permanentes exigirá el cumplimiento del pago de haberes de los empleados de comercio mediante cajero automático.
En diálogo con FM TOP 106.3 de La Banda de Santiago del Estero, el secretario del Centro de Comercio e Industria de La Banda, señor Daniel Zani. manifestó que; ” Habian mantenido una reunión en la Secretaría de Trabajo donde estuvieron presentes el subsecretario de Trabajo Walter Assefh, por el Sindicato de Empleados de Comercio su titular Julián Luna y la secretaria de Asuntos Laborales Karina Vázquez, Durante el encuentro, los representantes gremiales explicaron la importancia del cumplimiento de la Resolución 360/01 que establece el pago de haberes mediante cajero automático ya que se pretende garantizar la percepción íntegra, real y tempestiva de la remuneración, sin que esto ocasione gasto alguno al trabajador ni lo limite en el ejercicio de sus derechos”.
Tambien expresó Zani que en dicho encuentro; ” La institución empresarial se comprometió en informar, es decir dar a conocer a sus asociados que son una parte de todo el comercio bandeño , de la aplicacion de esta resolución y a la vez advertirles que el Sindicato iniciará controles para garantizar que se cumpla la bancarización de los haberes a todos los empleados de comercio”.
Advertido que la aplicacion de esta resolución puede producir algunos problemas en el comercio minorista, el gerente del CCI respondió, que: “Si bien esta implementacion no tiene costo ni para el empleador ni para el empleado, es verdad que ello irá en contra de algunas costumbres que tendrán que ir modificandose como por ejemplo los adelantos que reciben algunos empleados o el intercambio por mercadería por parte o total de sus haberes . Debemos recordar que esta es una resolución que tiene ya once años, fue dictada el 11 de julio del 2001 y que recien se trata de exigir su cumplimiento”.
Por su parte el secretario general del Sindicato de Empleados de Comercio Julián Luna consultado sobre el tema respondio, que: “La reunión mantenida con los representantes de la institución empresarial en la Secretaria de Trabajo se realizó en un marco cordial , donde encontraron muy buena disposicion para poder concretar en la ciudad de La Banda la bancarización de los haberes de los empleados”.
Luna también expresó; ” Que trabajaremos en un primer momento en informar a los empleados de la aplicación de este sistema que consideramos beneficioso tanto para los asociados y como para el empleador. Posteriormente controlaremos que se vaya cumpliendo este requisito para el cual los comerciantes tendrán un tiempo de hasta 3 meses para adoptarlo”.
Fuente:radiotoplabanda.com
Anónimo dice
TE FELICITO VOS CREES QUE TODOS LOS BANCARIZADOS COBRAN LO QUE MARCA EL CONVENIO, CREER ESOS ES VIVIR EN UNA BURBUJA, YA ME VAS A CONTAR CUANDO NO ENCONTRES UN MANGO EN LOS CAJEROS, QUE LOS CAMIONEROS, BANCARIOS, ETC. ETC. ESTEN DE PARO, A MI ME PASO EN CORDOBA Y EXIGI POR MEDIO DE LA DIRECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO QUE SE ME PAGASE EN EFECTIVO, EN MI LUGAR DE TRABAJO Y EN HORAS DE TRABAJO, LA DELEGACION DE LA BANTA DE LA D.P.DEL TRABAJO TIENE LAS FACULTADES PARA A INSTANCIA DEL GREMIO EXIGIR QUE LA EMPRESA NEGRERA FIJE DIA Y HORA DE PAGO PARA QUE AMBOS ESTEN PRESENTE EN EL MOMENTO DEL PAGO. NO ME DIGAS DE ESTO QUE CREO SABER UN POCO MAS QUE VOS COMENTARIO 3. TE SALUDO AFECTUOSAMENTE.-
como se ve qe no tienen idea en qe situacion estan los empleados de comercios…qe cobran la mitad de lo qe dice el recivo y en muchos casos no llega ni a la mitad de su sueldo…y la bancalizacion es un forma de poder controlar y revertir esta situacion…FElicitaciones al Sindicato de empleados de comercio de la banda y en especial al SR Julian Luna qe siempre esta luchando por los empleados…y todos sus derechos…
CUALQUIER RESOLUCION QUE PRETENDA BANCARIZAR EL PAGO DE SUELDOS ES ILEGAL. AL RESPECTO EL ART.129 DE LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO 20744 EN PLENA VIGENCIA DICE:" EL PAGO DE LAS REMUNERACIONES DEBERA HACERSE EN DIAS HABILES, EN EL LUGAR DE TGRABAJO Y DURANTE LAS HORAS DE PRESTACION DE SERVICIOS…, EN CONSECUENCIA UNA RESOLUCION NO PUEDE MODIFICAR UN ARTIGULO DE UNA LEY, LA BANCARIZACION LA PRETENDIO IMPONER CAVALLO PARA BENEFICIAR A LOS BANCOS QUE TRABAJAN CON EL DINERO DE LOS TRABAJADORES.EL TRABAJADOR PUEDE EXIGIR QUE SE LE PAGUE SUS REMUNERACIONES EN DIAS HABILES, EN EL LUGAR DE TRABAJO Y DURANTE LAS HORAS DE PRESTACION DE SERVICIOS. EN CASOS ESPECIALES LA AUTORIDAD DE APLICACION PUEDE EXIGIRLE A UN EMPLEADOR QUE FIJE DIA Y HORA DE PAGO DE SALARIOS A SU PERSONAL PARA VERIFICAR EL CORRECTO PAGO DE LOS MISMOS.
Estoy de acuerdo con Antonio, la ley no se modificó, en consecuencia se puede solicitar el pago en efectivo, en la empresa en la que trabajo somos pocos empleados y todos hicimos notas solicitando esto, por lo que cobramos en nuestro lugar de trabajo y en efectivo. Saludos, Gabriela