En muchos casos la aplicación de multas es de tal magnitud que pondrían en riesgo la continuidad de las fuentes de trabajo.
En una crisis sin precedentes a nivel mundial, con establecimientos cerrados, venta reducidas,
empleados aislados y los ingresos de los empleadores nulos, reducidos o interrumpidos, a muchos empleadores les resultó más que dificultoso abonar la totalidad de los sueldos en tiempo y forma.
Ante esta situación, el estado nacional estableció el programa ATP, pero, aún aquellos empleadores que no han accedido al beneficio del salario complementario, muchas veces han debido tramitar créditos bancarios con las demoras que estos trámites conllevan.
Además, durante toda la vigencia del programa ATP ha sido imposible conocer con anticipación la aprobación y cuantía de los Salarios Complementarios otorgados dificultando de esta manera manejar los escasos recursos por parte de la MiPymes para cumplir con el paga de salarios.
La incertidumbre en el otorgamiento y pago ha llevado a que los empleadores han tomado conocimiento de la efectiva acreditación recién cuando los trabajadores se lo han comunicado.
Inspecciones y multas
A pesar de esta situación sin precedentes, y con todos los problemas que han tenido que padecer empleadores y empleados, el Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe, realiza inspecciones laborales (durante el período de aislamiento social preventivo y obligatorio), bajo la modalidad de “relevamiento por nómina completa”.
Producto de estas inspecciones laborales el MTySS Santa Fe pretende aplicar cuantiosas multas por pago de remuneraciones fuera de término (arts. 126 y 128 LCT), que son imposibles de pagar muchísimas MiPyMes en estos momentos.
Ahora, si bien nadie niega las facultades con que cuenta el Ministerio, lo cierto es que nos encontramos frente a una situación de crisis inusitada en el marco de una pandemia.
En muchos casos la aplicación de multas es de tal magnitud que pondrían en riesgo la continuidad de las fuentes de trabajo. Por otra parte no cumplen la principal función de las mismas de corregir la supuesta conducta de infracción por todo lo que se expone.
Nota de los profesionales al Ministerio
Antes esta situación, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe, el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Rosario y el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Santa Fe, presentaron una nota ante el Sr. Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe, Dr. Roberto Sukeman.
En la nota se detalla más claramente lo expuesto anteriormente, y solicita “especialmente se evalúe la aplicación de normativa de excepción ante la problemática expuesta, contemplando la situación actual sin precedentes para todos los actores económicos.”
Espero que las autoridades del Ministerio sean consientes de la situación que atravesamos, y que los empleadores no tengan que devolver en multas lo que el estado Nacional otorgó como beneficios en ATP.
Gabriela dice
y que pasa con la aplicación de multas de más de cuento veinte mil pesos, una vez que se ha hecho el descargo correspondiente y haber presentado toda la prueba? Habiendo perdido la posibilidad de pagar la mitad de la multa, allanando se, y en tal caso sin siquiera cumplir con los puntos del acta de infracción ??? Saludos !!!