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Santa Fe: Medidas nacionales y provinciales de apoyo a los sectores afectados por la pandemia Mayo 2021

28 mayo, 2021 Por Ignacio 1 comentario

Índice de Contenidos

  • Medidas nacionales
  • Requisitos
  • Beneficio Adicional Turismo
  • Beneficio adicional Contribuciones Patronales
  • Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en sectores críticos
  • Medidas provinciales
  • Beneficios para diferentes actividades y sectores productivos
  • Beneficios impositivos
  • IMPUESTO INMOBILIARIO
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Medidas nacionales

REPRO II (modificaciones disposición Transitoria Res 266/2021)

Suma mensual según sector:

  • Afectado No Crítico: hasta $9.000
  • Crítico: hasta $22.000 (Turismo, deportes, gastronomía, cultura y recreativas.) El beneficio se extenderá por 1 mes.

Requisitos

Sectores no Críticos

-Tener domicilio fiscal electrónico.

-Completar, vía formulario web, un conjunto de indicadores económicos, patrimoniales y financieros.

-Último balance del ejercicio exigible, certificado por el Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas.

Requisitos Sectores Críticos

Deberán presentar solamente:

-Variación de la facturación (periodo diferenciado).

-Indicador de liquidez corriente para el mes de abril 2021 (vía formulario web).

-Quedarán exceptuadas de presentar balance.

Beneficio Adicional Turismo

$4.000 para el sector no crítico de Turismo.

Beneficio adicional Contribuciones Patronales

Reducción del 100% hasta el 31/12/2021 de contribuciones Seguridad Social leyes 19.032 (INSSJP), 24.013 (Fondo Nacional de Empleo), 24.241 (Sistema Integrado Previsional Argentino) y 24.714 (Régimen de Asignaciones Familiares).

Se podrá gozar de este beneficio cada vez que sea beneficiario del REPRO II. (Res 323/2021)

Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en sectores críticos

Para sujetos registrados: Monotributistas Autónomos

Pudiendo ser empleadores y empleadores con hasta 5 trabajadores. Beneficio: hasta $22.000

-Tener domicilio fiscal electrónico.

-Acreditar 2 pagos en los últimos 6 meses

-Presentar reducción de facturación informada en términos reales del 20%

-Completar activo corriente y pasivo corriente vía formulario web, en caso de tener trabajadores y trabajadoras a cargo.

Medidas provinciales

ASISTENCIA ECONÓMICA DE EMERGENCIA PROVINCIAL

a) Comercio y servicios

b) Turismo

c) Transporte

Plazos: de 1 a 6 meses según afectación por disposiciones de pandemia.

a) COMERCIO Y SERVICIOS

– Asistencia económica al sector gastronómico:

– Asistencia económica a servicios recreativos, deportivos y sociales:

b) TURISMO

– Asistencia económica al sector hotelero.

– Asistencia económica a cabañas, bungalows, hosteles, residenciales, campings, guías de Turismo y Guias de Pesca.

– Asistencia económica a agencias de viaje y servicios anexos a turismo y congresos.

c) TRANSPORTE

– Asistencia económica al transporte con fines turísticos

Beneficios para diferentes actividades y sectores productivos

Grandes demandas

Pago a valor histórico de las facturas con vencimiento a partir de Abril 2020 hasta Junio 2020

ACTIVIDADES Suministros de consorcios de galerías comerciales y locales.

Facturará solo la potencia registrada en los períodos de consumo de los meses de mayo, junio y julio de 2021.

ACTIVIDADES -Hotelera -Gastronómicos -Salones de Eventos -Clubes -Cadenas de Franquicias gastronómicas (multisuministros) -Empresas con permiso para realizar servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo nacional radicadas en la provincia de Santa Fe.

El beneficio tendrá un tope máximo en pesos de $100.000 exceptuados de estos beneficios los casinos y salas de juegos

Pequeñas y grandes demandas

Pago a valor histórico sin intereses de actualización o mora, para las liquidaciones de servicios con vencimiento, a partir del 17 de mayo 2021; y hasta el 31 de julio 2021.

ACTIVIDADES -Gimnasios -Asociaciones Vecinales -Escuela de Danzas y Artes Marciales -Pilates -Jardines Maternales -Peloteros -Fútbol 5 -Paddle -Transportes Escolares -Salones Privados de Eventos -Escuelas de Conducción -Talleres y Salas Culturales -Clubes -Hoteles -Complejos turísticos -Gastronómicos y empresas con permiso para realizar servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo de jurisdicción nacional radicadas en la prov. de Santa Fe.

Planes especiales con descuentos de recargos e interés de financiación
Para los períodos/bimestres 3 y 4/2021 se dispondrán de planes especiales con descuentos de recargos e interés de financiación

ACTIVIDADES -Gimnasios -Asociaciones Vecinales -Escuela de Danzas y Artes Marciales -Jardines Maternales -Peloteros -Fútbol 5 -Paddle -Talleres y Salas Culturales -Clubes -Hoteles -Hoteles Alojamiento -Centro de convenciones (sin salas de juego en sus instalaciones) -Bares -Restaurantes -Empresas con permiso para realizar servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo de jurisdicción nacional radicadas en la prov. de Santa Fe

Planes especiales con descuentos de recargos e interés de financiación Para los períodos/bimestres 3 y 4/2021 se dispondrán de planes especiales con descuentos de recargos e interés de financiación A los usuarios de estos rubros que no cuenten con Consumo Medido se le bonificará hasta un 70% del monto a pagar por los mismos períodos bimestrales indicados.

Beneficios impositivos

Eximición de pago de ingresos brutos ABRIL A AGOSTO 2021

Bares, restaurantes, hoteles y alojamientos, salones de eventos y servicios relacionados, Fútbol 5 y demás establecimientos deportivos, jardines maternales y centros de atención de desarrollo infantil, servicios relacionados al turismo, salas de teatro, de eventos culturales y complejos cinematográficos, discotecas y gimnasios.

NO retención y/o percepción SIRCREB

-Para contribuyentes comprendidos en las normas del convenio multilateral.

-No pago del impuesto mínimo.

-Devolución de retenciones y/o percepciones por Sircreb de abril y mayo.

TODO POR TRÁMITE ANTE LA API

IMPUESTO INMOBILIARIO

EXIMICIÓN del pago cuotas 2 y 3 a todos estos sectores. Tanto para propietarios como inqulinos.

PEQUEÑOS Y MEDIANOS COMERCIOS MINORISTAS

EXIMICIÓN saldos de las declaraciones juradas de Ingresos Brutos correspondientes al periodo junio/agosto 2021 para sectores afectados.

EXIMICIÓN del pago de las cuotas de abril a agosto del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos para la totalidad de los pequeños contribuyentes.

PLAN DE REGULARIZACION DE DEUDAS TRIBUTARIAS

-Abonar prácticamente valores históricos

-Suspensión de ejecuciones fiscales y embargos para estos sectores.

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Publicado en: AFIP Etiquetado como: Santa Fe

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Comentarios

  1. -
  2. lorena dice

    20 julio, 2021 a las 12:07 pm

    LOS 10000 QUE LE DEPOSITAN A CADA EMPLEADO SE DESC. DE RECIBO COMO EL REPRO? EN EL DECRETO NO LO VEO ESPECIFICADO.

    Responder

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