El gremio la Sanidad FATSA, publicó nuevas escalas salariales, los puntos destacados de la negociación, son:
Incremento salarial de los salarios del 13% en dos tramos:
- 4% de incremento en los salarios de agosto, que se absorberá del bono del decreto DNU 438/23.
- 9% de incremento en los salarios de septiembre, que también se absorberá del DNU 438/23.
Ambos porcentajes se deben calcular sobre los salarios de marzo 2023 y se sumarán a los ya acordados en abril (8% para agosto y 8% para septiembre).
Absorción decreto 438/23
El saldo del decreto mencionado, luego de las dos absorciones y hasta la concurrencia de los
$60.000, deberá abonarse el 15 de octubre de 2023.
Además:
9% en octubre, que no puede ser absorbido a cuenta del bono. Este porcentaje también se calculará sobre los salarios de marzo 2023.
Agostina dice
Ignacio tenes el número de acuerdo?, entiendo que tampoco se ha homologado?
Soledad dice
Buenos días `por favor podrias aclarar que `proporción de los sueldos sigue siendo no remunerativa para la jubilación ?? gracias.
Caro dice
X lo que leo es solo para el convenio 107/75 que corresponde al sector asistencial y no está homologado todavía. Puede ser?
Adriana dice
No entiendooooo.. buahhh!!!
Ejemplo con un recibo por favor!!!
Verónica dice
Hola Ignacio, buen día, Esto aplica a todos los convenios de sanidad?
Gracias!
Mari dice
En un post anterior dijo q sanidad no absorbía el bono…no se ponen de acuerdo me parece
Miguel dice
Por favor, Ignacio. Cuando hagas la publicación subiendo los acuerdos, ¿podrías mostrar un ejemplo de la absorción de estos incrementos con el bono? Gracias.
patricia dice
De que sirve ese bono??!!!! El aumento es absorvido y no lo vemos?!!??;!!!
Romina dice
El texto del acuerdo donde está? No lo encuentro
MARA AMERISE dice
esta publicado en la pagina de FATSA
andrea dice
hola, podrian dar un ejemplo como liquidar el sueldo de agosto de un enfermero .
Sofia dice
Hola! tenes el acuerdo? no lo estoy encontrando por ningun lado…
Florencia dice
Hola Ignacio,
Entiendo entonces que en sanidad no abría que liquidar ni abonar el bono porque se absorbería en estos tres meses?
Daniel dice
Hola Ignacio gracias por la informacion, en donde puedo encontrar la fuente? porque desde la web de FATSA no veo nada actualizado respecto del DNU
Hola! Estoy en la misma que vos. Encontré las nuevas escalas, pero nada acerca de este “punto nro 5”.
Buenas tardes, no encuentro el acuerdo para leerlo completo. Gracias
No entiendo el último párrafo del punto 5.
No es que el saldo del bono o asignaciones no podrá compensar el aumento de octubre?
Pero el acuerdo dice que se puede Absorver hasta octubre o posteriores