Se firmaron acuerdos salariales para los Convenios Colectivos de Trabajo 122/75 (Clínicas, Sanatorios y Hospitales) y 108/75 (Centros Médicos sin internación).
La Federación Argentina de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA), informa que se firmaron nuevos acuerdos salariales para el CCT 122/75, de Clínicas, Sanatorios y Hospitales, y el CCT 108/75 de Centros Médicos sin internación.
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Marcos Juncos dice
Queria consultar por los dias de vacaciones ya que antes tenia comercio y ahora tengo sanidad, trabajo de lunes a viernes y una antiguedad de 9 años reconocida.
CCT 108/75
Respecto al Acta Complementaria que prórroga hasta el 31-12-2017 la excepcionalidad parcial sobre las contribuciones patronales del Acuerdo 2016, no la contemplé al liquidar el sueldo de Julio. Por tanto, deberé ajustar el F931.
Entonces, el tramo de aumento pactado en el Ac 2016 (periodo 01-07-2016 al 30-06-2017 ) que era no remunerativo a efectos del resto de contribuciones del empleador, pasa a ser remunerativo salvo para las contribuciones a Ob Social (dado que se prorroga la excepcionalidad parcial) … Estoy en lo cierto?
En consecuencia, se debe calcular la diferencia entre el sueldo al 30-06-2016 (antes del aumento del año pasado) y el salario al 01-07-2017 mantenerla como no remunerativa a efectos de todas las contribuciones, salvo en lo que respecta a la contribución patronal a las Ob Soc. Pregunta: Cómo lo reflejo en el F931?