Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS
Resolución General 3332/12
Procedimiento. Títulos, acciones, cuotas y participaciones sociales. Régimen de información anual. Régimen de registración de operaciones. Régimen de actualización de autoridades societarias. Resolución General Nº 3293. Norma complementaria.
Bs. As., 14/5/2012
VISTO la Actuación SIGEA Nº 10462-49-2012 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO: Que la Resolución General Nº 3293 estableció tres regímenes de información —de información anual, de registración de operaciones y de actualización de autoridades societarias— a cargo de las personas físicas domiciliadas en el país, las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, los sujetos comprendidos en los incisos a) y b) del Artículo 49, las asociaciones civiles y fundaciones no comprendidas en el punto 3. del inciso a) del Artículo 69, ambos de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, y, en su caso, los fondos comunes de inversión no comprendidos en el punto 7. del inciso a) del citado Artículo 69. Que razones de índole operativa vinculadas al desarrollo de los servicios denominados “Registración de Transferencias de Participaciones Societarias” y “Actualización Autoridades Societarias” —ambos con “Clave Fiscal”—, aconsejan adecuar la puesta a disposición de los aludidos servicios en el sitio “web” institucional. Que es un objetivo general y permanente de este Organismo facilitar a los contribuyentes y/o responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Que en ese sentido, se estima conveniente disponer que la información correspondiente a los regímenes de registración de operaciones y de actualización de autoridades societarias, cuyo plazo para la presentación hubiera vencido o venza en el período comprendido entre la fecha de vigencia de la Resolución General Nº 3293 y el 15 de julio de 2012, inclusive, podrá suministrarse hasta el 31 de agosto de 2012, inclusive. Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Recaudación, y la Dirección General Impositiva. Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios. Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:Artículo 1° — Los servicios informáticos denominados “Registración de Transferencias de Participaciones Societarias” y “Actualización Autoridades Societarias”, previstos en los Títulos II y III —respectivamente— de la Resolución General Nº 3293, estarán disponibles en el sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar) a partir del día 1 de julio de 2012, inclusive.
Art. 2° — La información correspondiente a los regímenes de registración de operaciones y de actualización de autoridades societarias, cuyo plazo para la presentación hubiera vencido o venza en el período comprendido entre la fecha de vigencia de la Resolución General Nº 3293 y el 15 de julio de 2012, inclusive, podrá suministrarse hasta el 31 de agosto de 2012, inclusive.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.
Anónimo dice
Si se está habilitando un servicio en representación de otra persona se debe acceder por el ítem Administrador de Relaciones de Clave Fiscal y luego seleccionar el botón Nueva Relación, no el botón ADHERIR SERVICIO. Asimismo, tenga en cuenta que en la pantalla donde dispone de estas opciones están los detalles de cada botón explicando el uso de cada uno de ellos
Buenos días:
No puedo agregar el sistema Actualización de Autoridades Societarias" porque me dice que la persona no está habilitada para operar el servicio.
Traté de entrar como Subadministrador pero me dice lo mismo.
Que puedo hacer?? Porque tengo que agregar a una persona que a partir de Mayo de 2012 pasó a ser Gerente de la sociedad.
Quedo a la espera de una respuesta y ojalá alguien me pueda ayudar
Muchas gracias.
Saludos
Soy unipersonal, debo presentar? Gracias
Una pregunta, o sea que no se debe brindar más la información a través del Aplicativo de Siap, sino directamente por internet por medio de los servicios web nombrados?? Gracias, Claudia.