MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 980/2014
Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares. Otórgase personería gremial. con zona de actuación en la Provincia de MENDOZA y en la Ciudad de Mar del Plata, del Partido de General Pueyrredón, de la Provincia de BUENOS AIRES.
Bs. As., 22/9/2014
VISTO el Expediente Nº 1.581.361/2013 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, sus modificatorias por Ley Nº 25.674 y Ley 26.390 y Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente de referencia tramita la solicitud de ampliación de Personería Gremial a la Provincia de MENDOZA y la Ciudad de Mar del Plata, del Partido de General Pueyrredón, de la Provincia de BUENOS AIRES, formulada por la UNION PERSONAL AUXILIAR DE CASAS PARTICULARES, con domicilio en Deán Funes 576, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1284 de fecha 25 de octubre de 2011 la mencionada asociación obtuvo ampliación del ámbito de actuación con carácter de inscripción gremial a la Provincia de MENDOZA y la ciudad de Mar del Plata, del Partido de General Pueyrredón de la Provincia de BUENOS AIRES.
Que se tuvieron por cumplidos los requisitos establecidos en el artículo 25, inciso b) de la Ley 23.551.
Que el ámbito personal y territorial pretendido no colisiona con los de ninguna entidad con personería gremial preexistente.
Que obra dictamen favorable de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, aconsejando otorgar a la peticionante la personería gremial.
Que consecuentemente, y de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley 23.551 y el Decreto Reglamentario Nº 467/88, corresponde acordar la personería gremial a la peticionante, disponiendo su inscripción registral y la publicación en el Boletín Oficial.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7° de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto 438/92) y sus modificatorias y en atención a lo dispuesto por el Decreto Nº 355/02.
Por ello,
EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Otórgase a la UNION PERSONAL AUXILIAR DE CASAS PARTICULARES, con domicilio en Deán Funes 576, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ampliación de personería gremial, con carácter de asociación gremial de primer grado para agrupar a los trabajadores que presten servicios en relación de dependencia en el ámbito de la vida doméstica, que no importen para el empleador lucro o beneficio económico y que no ejerzan en dicho ámbito su actividad profesional, con zona de actuación en la Provincia de MENDOZA y en la Ciudad de Mar del Plata, del Partido de General Pueyrredón, de la Provincia de BUENOS AIRES.
ARTICULO 2° — Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo del estatuto de la entidad y de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en la forma indicada por la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
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