Asignación Universal por Hijo para Protección Social. Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación. Formalidades y plazos. Deroga Res.494/10
ASIGNACIONES FAMILIARES
Resolución 738/2010
B.O. 13/09/10
Asignación Universal por Hijo para Protección Social. Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación. Formalidades y plazos. Modifícase la Resolución N° 132/10. Derógase la Resolución N° 494/10.
Bs. As., 1/9/2010
VISTO el Expediente Nº 024-99-81259444-0-790 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las Leyes Nº 24.714 y Nº 26.061 y los Decretos Nº 1245 del 1º de noviembre de 1996, Nº 1602 del 29 de octubre de 2009, las Resoluciones D.E.-N Nº 393 del 18 de noviembre de 2009, Nº 132 del 25 de febrero de 2010 y Nº 494 del 15 de junio de 2010; y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 1602/09 creó la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, incluyendo en el Régimen de Asignaciones Familiares instituido por la Ley Nº 24.714 a los niños, niñas y adolescentes que no tengan otra asignación familiar prevista en el mencionado régimen y pertenezcan a grupos familiares que se encuentren desocupados o se desempeñen en la economía informal.
Que la Ley Nº 24.714, en su artículo 14 ter, instituyó los requisitos que los titulares del beneficio deben reunir para acceder a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.
Que conforme lo establece el inciso k) del artículo 18º de la Ley Nº 24.714, el VEINTE POR CIENTO (20%) reservado de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social podrá cobrarse cuando el titular acredite los controles sanitarios y de educación correspondientes.
Que por el artículo 10º del Decreto Nº 1602 de fecha 29 de octubre de 2009, se facultó a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) a dictar las normas complementarias pertinentes para la implementación operativa, la supervisión, el control y el pago de las prestaciones.
Que la Resolución D.E.-N Nº 132/10 y la Resolución D.E.-N Nº 494/10 establecieron las formalidades y los plazos relacionados con la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación, como así también respecto de la presentación de la Declaración Jurada prevista en el inciso f) del artículo 14 ter de la Ley Nº 24.714.
Que la distribución de la libreta aludida en el párrafo que antecede, se vio dificultada por la falta de actualización de los datos referidos al domicilio de los adultos responsables a cargo de los niños, niñas y adolescentes.
Que esta Administración Nacional tiene como objetivo primario brindar la mejor calidad de servicio a sus beneficiarios facilitando la concreción de los trámites y las condiciones para su cumplimiento.
Que por las razones expuestas, resulta necesario establecer para el año en curso que la acreditación de la Declaración Jurada prevista en el inciso f) del artículo 14 ter de la Ley Nº 24.714 se tendrá por cumplida con la presentación por primera vez de la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación.
Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del organismo, sin objeciones que realizar al respecto.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades que otorga el Decreto Nº 1602/09.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º — Sustitúyese el último párrafo del artículo 4º de la Resolución D.E.-N Nº 132/10 por el siguiente:
“Los titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social que reciban la Libreta Nacional de la Seguridad Social, Salud y Educación por primera vez, deberán presentar la misma ante ANSES, dentro del plazo de 90 días contados a partir de la efectiva recepción de la misma. Las sucesivas presentaciones se realizarán conforme lo establecido en el primer párrafo del presente artículo.”
Art. 2º — Sustitúyese el último párrafo del artículo 12º de la Resolución D.E.-N Nº 132/10 por el siguiente:
“Establécese que para el año 2010 se tendrá por acreditada la Declaración Jurada establecida en el inciso f) del artículo 14 ter de la Ley Nº 24.714, incorporado por el Decreto Nº 1602 de fecha 29 de octubre de 2009, con la presentación, por primera vez, de la Libreta Nacional de la Seguridad Social, Salud y Educación conforme lo establecido en el último párrafo del artículo 4º de la presente y siempre que se encuentren debidamente cumplidos, y certificados en la misma, los controles de educación y sanitarios correspondientes.”
Art. 3º — Deróguese la Resolución D.E.-N Nº 494 de fecha 15 de junio de 2010.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Diego L. Bossio.
cuando pagan el plus para la asignacion familiar, ya que la presidenta anunci que habira un pago extra.
Hola Ignacio a mi solo me devolvieron el 30% de la asignacion de 3 meses no se suponia que era la devolucion de mitad de año,o sea,hasta julio? Si vos sabes a que se debe haz el favor explicamelo..gracias,,Saludos..
hola ignacio,queria saber si en el mes de diciembre se cobra aguinaldo por la asignacion universal por hijo??,desde ya muchas gracias,gise.
GRACIAS X TODO DON IGNACIO
HOLA IGNACIO CUANDO ANALISAN LA ESCUELA PRIBADA OJALA COBREMO EN EL 2011 YO PAGO 50 X MES SOY DE VILLA ANGELA CHACO ME LLAMO SOLE
hola ignacio, soy de catamarca yo ya llene la libreta pero falto la declaracion jurada. aun no tengo q llenarla y como es ese paso xq no lo entendi bien
hola ignacio. mi pregunta es si es verdad que se podra comprar eldoble del monto de 144 en los super por el mes de diciembre por aguinaldo navideño. gracias mi nombre es irina
la asignacion familiar para proteccion social no cobra aguinaldo? mar
Hola Teresea, se presenta todos los años
Hola Andrea, se cobra el 80% $176
Hola Marcela, 176 pesos
Hola "soy de jujuy" al ANSES
Hola Mirta, no.
Hola Pedro, consultá en el de Laferrere primero, si no, hacé el reclamo en la ANSES
Hola Lorena, hasta ahora no hay ningún plus
hola soy lorena quiero saber si el plus que dan es por hijo o solo por beneficiario tengo dos hijos cuanto cobro en diciembre muchas gracias
Hola mi nombre es pedro(pedrociganda1973@hotmail.com) en la consulta de la pagina de anses me dice que me tienen que pagar en el banco provincia de gonzales catan, pero en el banco me dijeron que no que me corresponde el de laferrere . . . que hago porque el papel dice gonzales catan, tengo miedo de ir y que me manden de nuevo a catan
hola soy mirta queria saber si el pago extra de 220 pesos que la presidenta anuncio para navidad tambien lo cobra la asignacion universal para la proteccion social, gracias. mirta
hola ignacio soy de jujuy queria saber que tengo q hacer porque no me entregaron la libreta donde tengo q dirigirme me llamo silvana y empese a cobrar este año en febrero y estan terminando las clases y como voy hacer para despues llenarlos por favor respondeme desde ya muchas gracias
Hola Ignacio, queria saber cuánto cobrará este mes la asignación? Hay aguinaldo por Navidad? Grcias. Mariela
tengo mi nene de 4 años y tiene una pension no contributiva porq no me pagan el salario universal . ¿porq si yo trabajara en blenca el salario me lo dan igual?